Cargo público

Foto de Ilmo. Sr. D. Alberto Hernández Suárez

Dirección General de Energía

Director General

Ilmo. Sr. D. Alberto Hernández Suárez

Icono para ver la agenda Icono para ver la agenda Agenda

Dirección General de Energía

Director General

Ilmo. Sr. D. Alberto Hernández Suárez

WEB:

https://www.gobiernodecanarias.org/energia/

CORREO:

energia@gobiernodecanarias.org

Perfil
Competencias
Contacto

Méritos académicos

- Máster Universitario en Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos por la Universidad Alfonso X El Sabio. - Máster en Tecnología y Gestión del Agua por la Universidad Politécnica de Cataluña. - Graduado en Ingeniería Civil por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.

Trayectoria profesional

- Director Técnico. Comunidad de Aguas La Lumbre (marzo - agosto 2023) - Jefe de Servicio. Canaragua Concesiones, S.A., Grupo Veolia (mayo 2022 - febrero 2023) - Desarrollo de Negocio. Canaragua Concesiones, S.A., Grupo Suez (junio 2017 - abril 2022)

Compatibilidad actividades públicas-privadas

- Ninguna.

Retribución íntegra anual (Sin Seguridad Social ni Antigüedad)

67.002,27 €

Competencias

- Con carácter general, corresponde a la Dirección General de Energía el ejercicio de las funciones establecidas en el artículo 19 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias, y además, las siguientes: - Ejercer la iniciativa e instruir los procedimientos para la formalización de encargos a entidades que tengan la consideración de medio propio personificado de la Administración autonómica, así como dictar los actos administrativos derivados de dichos encargos que sean necesarios para la ejecución y seguimiento de los mismos. - Instruir los expedientes relacionados con el área de actividad de la Dirección General, salvo en los casos en que se atribuya esta función a otros órganos de la Consejería. - Impulsar las actuaciones que procedan en el marco de los procedimientos de infracción por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, en las materias de la competencia de la Dirección General, sin perjuicio de las competencias de otros órganos de la Administración autonómica en materia de asuntos europeos. - Ejercer las facultades de contratación administrativa hasta el límite de 300.001 euros. - La iniciación e instrucción de los procedimientos de expropiación en las materias de la Dirección General, comprendiendo todas las funciones inherentes al ejercicio de dicha atribución. - La emisión de informe sobre las reclamaciones por responsabilidad patrimonial extracontractual en materia de energía. - La incoación e instrucción de los procedimientos de responsabilidad patrimonial negocial derivada de convenios administrativos suscritos por la Consejería en materia de energía. - En materia de personal, le corresponde la concesión de vacaciones anuales, permisos y licencias retribuidas por causas justificadas al personal funcionario y laboral adscrito a la Dirección General. - La relación con los órdenes jurisdiccionales correspondientes en los asuntos referidos a procedimientos y competencias propias y específicas de la Dirección General, incluyendo la remisión de expedientes, la práctica de emplazamientos, la emisión de informes, y demás actuaciones requeridas por los órganos judiciales, por el Ministerio Fiscal o por el Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias. - Elaborar la información, instruir y resolver los procedimientos relativos al derecho de acceso a la información pública, cuando la solicitud se refiera a materias, funciones o expedientes propios de la Dirección General. - El impulso, tramitación y propuesta de los convenios relativos a las materias que sean de competencia específica de la Dirección General. - La incoación e instrucción de los procedimientos de aprobación de las bases reguladoras y convocatorias de subvenciones en las materias de competencia específica de la Dirección General, así como de los procedimientos de concesión de las mismas, ya sean de concurrencia competitiva o de concesión directa. - La instrucción de los procedimientos de aprobación de iniciativas reglamentarias en las materias específicas de la Dirección General, sin perjuicio de las competencias de la Secretaría General Técnica. - La elaboración de proyectos de iniciativas normativas de rango legal y reglamentario en las materias propias de la Dirección General. - La gestión del registro de actividades de tratamiento de datos de carácter personal de la Dirección General. Funciones en materia de energía: - La ordenación general del sector energético, en los términos de la legislación vigente. - El seguimiento, actualización y ejecución de la planificación energética en el ámbito competencial de la Comunidad Autónoma de Canarias. - El desarrollo de planes de ahorro y eficiencia energética en los diferentes sectores, incluyendo el impulso de las energías renovables, así como el impulso de la movilidad sostenible en Canarias, sin perjuicio de las competencias de los correspondientes órganos autonómicos en sus respectivas áreas materiales. - La propuesta de medidas de mejora de la calidad del suministro energético y de reducción del impacto social o ambiental de las infraestructuras energéticas. - La elaboración de iniciativas normativas y su seguimiento en las materias de combustibles, energía eléctrica, energías renovables, uso racional de la energía y eficiencia energética, en el marco de las competencias de la Comunidad Autónoma de Canarias. - La propuesta a la Administración General del Estado para el desarrollo de la red de transporte de energía eléctrica y de gas natural en Canarias, así como para la inclusión en dicha red de nuevas instalaciones no previstas en la planificación energética. - La concesión de autorizaciones y la tramitación de comunicaciones previas y declaraciones responsables en materia energética, ejerciendo exclusivamente sobre las mismas las atribuciones sectoriales en materia de energía. - La propuesta de declaración de interés general de las obras necesarias para la modernización o el establecimiento de instalaciones de generación, transporte o distribución eléctrica, cuando razones justificadas de urgencia o excepcional interés aconsejen su ejecución. - La declaración en concreto de utilidad pública de las instalaciones energéticas a efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento, de la urgente ocupación de los mismos, y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso, salvo la que esté reservada al Gobierno por aplicación del artículo 7.8 del Reglamento Orgánico vigente. - La propuesta de convocatoria y resolución de concursos relacionados con instalaciones energéticas que pudieran ser sometidas a un procedimiento de concurrencia competitiva. - La propuesta técnica de adopción, para un plazo determinado, de las medidas necesarias para garantizar el suministro de energía en los supuestos establecidos en la legislación básica del Estado. - La propuesta técnica en orden a proponer al Ministerio competente la autorización de las repercusiones económicas derivadas de la adopción de medidas para la garantía del suministro, con carácter previo a su adopción. - La resolución de discrepancias que se susciten en relación con el otorgamiento o denegación de los permisos de conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, previo informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. - La gestión de los registros administrativos en materia de energía que correspondan a la Comunidad Autónoma de Canarias, de acuerdo con la normativa vigente. - La emisión de informes sobre los planes de inversiones anuales y plurianuales presentados por las empresas de transporte y distribución de energía eléctrica que operan en Canarias. - La emisión de informes que procedan en los procedimientos de concurrencia competitiva llevados a cabo por la Administración General del Estado, de acuerdo con la normativa aplicable. - La dirección, coordinación y resolución del control y vigilancia del cumplimiento de las condiciones establecidas para el servicio público de abastecimiento de energía eléctrica y, en concreto, resolver las discrepancias entre personas usuarias y entidades suministradoras de energía eléctrica, salvo aquellas materias que estén incluidas en el ámbito competencial de consumo. - El establecimiento de variaciones en los costes de comercialización de los gases licuados del petróleo, en el marco de la normativa estatal. - La promoción e impulso de actividades tendentes a la diversificación y ahorro energético, incluyendo la certificación energética de edificios. - La ejecución de inversiones propias y cualesquiera otras medidas tendentes a fomentar el ahorro y la conservación de la energía y ayudas al desarrollo y utilización de energías renovables. - La ejecución de las funciones de control y vigilancia del cumplimiento de las condiciones reglamentarias establecidas para el servicio de gas e hidrocarburos y, en concreto, resolver las discrepancias entre usuarios y entidades suministradoras de gas e hidrocarburos de acuerdo con la normativa vigente. - El asesoramiento e informe acerca de los programas, políticas y asuntos de la Unión Europea de interés para Canarias, en sus aspectos energéticos. - La autorización de exenciones a la revisión periódica de tanques de almacenamiento de productos petrolíferos líquidos. - La incoación, instrucción y propuesta de resolución de los procedimientos sancionadores por infracciones en materia energética. - La imposición de sanciones por infracciones leves en materia de sector de hidrocarburos, debiendo encomendarse la instrucción a una persona distinta de la persona titular de la Dirección General. - La realización de estudios en materia energética. - El ejercicio de las atribuciones sobre instalaciones térmicas en los edificios, en el ámbito energético y en los términos del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios. - El ejercicio de aquellas competencias autonómicas de dirección, coordinación, estudio y resolución en materia de energía no atribuidas específicamente a otro órgano, sin perjuicio de las competencias concurrentes de otros órganos y la necesaria coordinación con los mismos. - Adoptar las medidas necesarias para controlar, mediante muestreos, las especificaciones técnicas de gasolinas, gasóleos, combustibles para uso marítimo y fuelóleos, y comunicar al Ministerio competente los resultados de los muestreos realizados.

Direcciones

C/ León y Castillo, n.200 Icono de un mapa

Edf. Servicios Múltiples III Planta 4

35071 Las Palmas de Gran Canaria

Las Palmas

España

Teléfono: 928115365

Avda. Francisco La Roche, n.35 Icono de un mapa

Edf. Servicios Múltiples I Planta 5ª

38071 Santa Cruz de Tenerife

Santa Cruz de Tenerife

España

Teléfono: 928115365

Destacados