Cargo público
Dirección General de Universidades e Investigación
Dirección General de Universidades e Investigación
Director General
Ilmo. Sr. D. Jafeth Alonso Estupiñán
WEB:
https://www.gobiernodecanarias.org/universidades/CORREO:
dg.universidades@gobiernodecanarias.org
Perfil
Competencias
Contacto
Nombramiento
Declaración de bienes
Otras retribuciones y gastos
• Información de las indemnizaciones por razón del servicio (viajes, dietas, etc.)
Competencias
Se suprime la Dirección General de Universidades, cuyas competencias se atribuyen a la Dirección General de Universidades e Investigación.
La Dirección General de Universidades ejercerá, en su ámbito funcional, las competencias previstas en el artículo 19 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias.
Asimismo, le corresponden las competencias de dirección, coordinación, estudio y resolución en materia de universidades no atribuidas específicamente a otro órgano, y en concreto, las siguientes:
- Ejercer la coordinación del Departamento con las Universidades de la Comunidad Autónoma de Canarias, sin perjuicio de las funciones atribuidas al Consejo de Universidades previstas en las disposiciones legales vigentes, y de las competencias de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos.
- Informar sobre los proyectos de los Estatutos elaborados por las Universidades.
- Elaborar estudios y propuestas para la creación, modificación y supresión de las escuelas, facultades, departamentos, institutos universitarios de investigación y escuelas de doctorado; y en su caso para la adscripción y revocación de la adscripción a Universidades Públicas, como institutos universitarios de investigación, instituciones, centros de investigación de carácter público o privado y centros de enseñanza universitaria.
- Elaborar estudios e informes sobre cuestiones relativas al presupuesto y financiación de las Universidades Canarias.
- Elaborar la propuesta de los costes de plantilla del personal docente y no docente de las Universidades, que deberá ser autorizada por el Gobierno, previo informe de la Consejería competente en materia de hacienda. Esta autorización deberá ser anterior a la aprobación de los Presupuestos de las Universidades.
- Elaborar estudios económicos previos dirigidos a la fijación de precios públicos en los términos establecidos en la legislación específica.
- Elaborar y gestionar programas de becas y ayudas a estudios universitarios, y complementar las ofertadas con el mismo fin por otras administraciones públicas.
- Gestionar el modelo de financiación de las Universidades Públicas Canarias.
- Las demás funciones que le vengan atribuidas por el ordenamiento jurídico.
Marco legal
Direcciones
Edf. Servicios Múltiples III (Edif. Tres de Mayo) Planta 5ª
38071 Santa Cruz de Tenerife
Santa Cruz de Tenerife
España
Teléfono: 922 42 35 00 —
Edf. Granadera Canaria Planta 3ª
35071 Las Palmas de Gran Canaria
Las Palmas
España
Teléfono: 928 45 54 00