Cargo público

Foto de Excmo.  Sr. D. Manuel Miranda Medina

Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas

Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas

Consejero

Excmo. Sr. D. Manuel Miranda Medina

WEB:

https://www.gobiernodecanarias.org/politicaterritorial/

CORREO:

consejero.ptcta@gobiernodecanarias.org

Perfil
Competencias
Personal eventual
Contacto

Méritos académicos

- Licenciado en Filología Inglesa – Universidad La Laguna.

Trayectoria profesional

- Concejal en la oposición del grupo de Coalición Canaria. Ayuntamiento de Puerto del Rosario (mayo 2019 – junio 2023) - Director General de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información (ACIISI) (agosto 2015 - febrero 2019) - Consejero de Hacienda, Promoción Económica e Innovación y responsable del Área de Nuevas Tecnologías. Cabildo Insular de Fuerteventura (junio 2011 – julio 2015) - Portavoz del grupo de Coalición Canaria. Cabildo Insular de Fuerteventura (junio 2007 - junio 2015) - Consejero de Ordenación del Territorio e Infraestructuras. Cabildo Insular de Fuerteventura (junio 2007 -mayo 2011) - Consejero de Aguas y Residuos. Cabildo Insular de Fuerteventura (junio 2003 – mayo 2007) - Vicepresidente Primero y Consejero Delegado de Ordenación del Territorio, Medio Ambiente y Aguas. Cabildo Insular de Fuerteventura y Primer Teniente Alcalde. Ayuntamiento de Puerto del Rosario (julio 1999 – mayo 2003) - Concejal y Alcalde. Ayuntamiento de Puerto del Rosario (julio 1995 – mayo 1999) - Director. Escuela Oficial de Idiomas de Puerto del Rosario ( 1992 – 1996) - Director. Centro de Formación Profesional de Puerto del Rosario (1988 – 1989) - Funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria (1985 - 2021)

Compatibilidad actividades públicas-privadas

- Ninguna.

Retribución íntegra anual (Sin Seguridad Social ni Antigüedad)

70.994,82 €

Competencias

La Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas asume las competencias que en materia de planificación territorial y aguas tenía la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, salvo las competencias en materia de transición ecológica y lucha contra el cambio climático. La Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial es el Departamento de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias encargado de la propuesta y ejecución de las directrices y la política del Gobierno de Canarias en las materias de medio ambiente, energía, planificación territorial y aguas terrestres superficiales y subterráneas, así como de la gestión de los respectivos servicios y competencias sobre dichas materias. Con carácter general ejercerla las siguientes funciones: - Las que, en calidad de miembro del Gobierno, se le asignan la Ley 4/2023 de 23 de marzo, de la Presidencia y del Gobierno de Canarias, - Las que, en cuanto titular del Departamento, le atribuye el artículo 29 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias. - Actuar como superior órgano de dirección y coordinación en los ámbitos competenciales de la Consejería. - Ejercer la iniciativa, dirección e inspección de todos los servicios de la Consejería. - Dirigir las políticas públicas en las materias de la Consejería, y promover el análisis y el diagnóstico de situación en dichos ámbitos competenciales, en particular con el objeto de definir las políticas generales a desarrollar por el Gobierno de Canarias en esas áreas materiales. - Suscribir convenios de cooperación y aprobar cuantas medidas de fomento se consideren necesarias en las materias del Departamento. - La resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial extracontractual de la Consejería. - La resolución de los procedimientos de responsabilidad patrimonial negocial derivada de convenios administrativos suscritos por la Consejería. - La incoación y resolución de los procedimientos de revisión de oficio de actos y disposiciones del Departamento incursos en causa de nulidad, así como de los procedimientos de declaración de lesividad de actos anulables. - La incoación y resolución de los procedimientos de revisión de oficio de los actos preparatorios y de los actos de adjudicación de los contratos que celebren las entidades adscritas a la Consejería que tengan la condición de medio propio personificado de la Administración autonómica, de conformidad con la legislación sobre contratos del sector público. - Formalizar encomiendas de gestión, así como encargos a las entidades adscritas a la Consejería que tengan la condición de medio propio personificado de la Administración autonómica. - Aprobar las tarifas a aplicar en los encargos a las entidades adscritas a la Consejería que tengan la condición de medio propio personificado de la Administración autonómica. - Aprobar las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, acordar la convocatoria de las mismas, y dictar las correspondientes resoluciones de concesión, tanto en procedimientos de concurrencia competitiva como en los de concesión directa. - Aprobar el plan estratégico de subvenciones de la Consejería. - Resolver los requerimientos previos formulados por otras Administraciones Públicas contra las Órdenes Departamentales, así como contra las resoluciones de las Viceconsejerías del Departamento que no agoten la vía administrativa. - Resolver los recursos administrativos ordinarios contra los actos en materia de contratación de aquellas entidades adscritas a la Consejería que, no siendo Administraciones Públicas, tengan la condición de poder adjudicador, de conformidad con la legislación sobre contratos del sector público y exclusivamente en los casos en que no proceda recurso especial. - Aprobar la política de seguridad de la información de la Consejería. - Designar a la persona, unidad administrativa u órgano que desempeñará las funciones de Responsable de Seguridad en relación con la información y los servicios electrónicos del Departamento. - Cualquier otra que le atribuyan las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. Funciones en materia de medio ambiente. Con carácter general: - Dirigir la política ambiental en el ámbito de la Comunidad Autónoma, conforme a las directrices del Gobierno de Canarias. - Promover y proponer al Gobierno de Canarias el desarrollo legislativo y su ejecución en materia de medio ambiente. - La propuesta de adaptación de las políticas y actuaciones legislativas y reglamentarias estatales en materia de medio ambiente a las particularidades y condiciones específicas de Canarias, derivadas de su lejanía, insularidad y condición ultraperiférica. En materia de biodiversidad, le corresponde competencias relativas a: - Caza. - Red Natura 2000. - Parques Nacionales en Canarias. - Conservación del medio marino. - Montes, aprovechamientos y servicios forestales. - Contaminación acústica. - Calidad del aire y protección de la atmósfera. - Residuos. - Red Canaria de Senderos. - Evaluación de impacto ambiental de proyectos. - Prevención y control integrados de la contaminación. Funciones en materia de energía: - La propuesta al Gobierno de aprobación de la planificación energética de Canarias, sin perjuicio de las competencias de la Administración General del Estado en materia de planificación energética. - La propuesta de adaptación de las políticas y actuaciones legislativas y reglamentarias estatales en materia de energía a las particularidades y condiciones específicas de Canarias, derivadas de su lejanía, insularidad y condición ultraperiférica. - La emisión de informe sobre las iniciativas normativas estatales en materia energética. - La adopción, para un plazo determinado, de las medidas necesarias para garantizar el suministro de energía en los supuestos establecidos en la legislación básica del Estado. - La propuesta al Ministerio competente para la autorización de las repercusiones económicas derivadas de la adopción de medidas para la garantía del suministro, con carácter previo a su adopción. - La declaración de interés general de las obras necesarias para la modernización o el establecimiento de instalaciones de generación, transporte o distribución eléctrica, cuando razones justificadas de urgencia o excepcional interés aconsejen su ejecución. - La propuesta al Gobierno de autorización de la ejecución de las obras necesarias para la modernización o el establecimiento de instalaciones de generación, transporte o distribución eléctrica declaradas de interés general, cuando exista disconformidad con el planeamiento o en ausencia de este. - La propuesta al Gobierno de declaración en concreto de utilidad pública de instalaciones energéticas en caso de que se mantuviesen expresamente las oposiciones u objeciones sobre la declaración de utilidad pública por parte de las Administraciones u organismos públicos consultados, y esta Consejería discrepase de sus propuestas. - La propuesta al Gobierno de resolución de discrepancias sustanciales con otras Consejerías de la Administración autonómica, en relación con las autorizaciones administrativas de construcción, ampliación, traslado y modificación sustancial de instalaciones eléctricas, o con las autorizaciones de parques eólicos. - La resolución de las discrepancias sustanciales con el Cabildo afectado, en relación con las autorizaciones administrativas de construcción, ampliación, traslado y modificación sustancial de instalaciones eléctricas, o con las autorizaciones de parques eólicos. - El establecimiento de los requisitos y garantías adicionales que deberán cumplir las entidades que soliciten su habilitación para extender visados de conformidad y calidad en los proyectos de instalaciones eléctricas. - El establecimiento de requerimientos técnicos y niveles mínimos de potencia y eficiencia energética que deberán alcanzar los parques eólicos y los aerogeneradores que los componen, al objeto de maximizar la potencia eólica por unidad de superficie de ocupación. - La propuesta al Gobierno de imposición de sanciones por infracciones graves y muy graves en materia de sector eléctrico. - La imposición de sanciones por infracciones leves en materia de sector eléctrico. - La imposición de sanciones por infracciones muy graves en materia de sector de hidrocarburos. Funciones en materia de planificación territorial: - La dirección de las políticas públicas de carácter general en relación con la ordenación territorial y de los recursos naturales del conjunto del archipiélago, en el marco de las directrices del Gobierno de Canarias. - En materia de normativa sobre ordenación territorial, de los recursos naturales y urbanística, le corresponde ejercitar las siguientes funciones: • Proponer al Gobierno la aprobación del reglamento que fije las condiciones urbanísticas de los diferentes usos y actividades en suelo rústico, así como de sus construcciones e instalaciones, definiendo los requisitos sustantivos y documentales que deberán cumplir, en cada caso, los proyectos técnicos y los estudios que sean exigibles para su viabilidad. • Proponer al Gobierno la modificación de la relación de actuaciones sujetas a licencia y a comunicación previa, así como la modificación de la relación de actuaciones exoneradas de licencia y de actuaciones exentas de título o requisito habilitante. • Proponer al Gobierno la aprobación del Reglamento en el que se establezcan las normas, los criterios y la metodología a utilizar por el órgano ambiental en el ejercicio de su función, asegurando la unidad y coherencia de la evaluación ambiental estratégica de los instrumentos de ordenación de los recursos naturales, ambiental, territorial y urbanística. - En materia de planeamiento, le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones: • En relación con las Directrices de Ordenación: *Proponer al Gobierno de Canarias la adopción de la iniciativa para la formulación de las Directrices de Ordenación General. *Proponer al Gobierno de Canarias la adopción de la iniciativa para la formulación de las Directrices de Ordenación Sectorial cuya tramitación corresponda a esta Consejería, bien por versar sobre las materias de competencia específica de este Departamento, o bien por afectar a la competencia de dos o más Consejerías. *Aprobar provisionalmente las Directrices de Ordenación General y las Directrices de Ordenación Sectorial cuya tramitación corresponda a esta Consejería, y elevar el documento de aprobación provisional al Gobierno para que éste acuerde su remisión al Parlamento de Canarias. *Adoptar la propuesta final de las Directrices de Ordenación General y de las Directrices de Ordenación Sectorial cuya tramitación corresponda a esta Consejería, para su remisión al órgano ambiental a los efectos de que se emita la Declaración Ambiental Estratégica. *Proponer al Gobierno la resolución de las discrepancias con el órgano ambiental, en relación con la Declaración Ambiental Estratégica de las Directrices de Ordenación General y de las Directrices de Ordenación Sectorial cuya tramitación corresponda a esta Consejería. *Proponer al Gobierno de Canarias la aprobación definitiva de las Directrices de Ordenación General y de las Directrices de Ordenación Sectorial cuya tramitación corresponda a esta Consejería. • En relación con los instrumentos de ordenación urbanística: *Proponer al Gobierno la aprobación de las Normas Técnicas del Planeamiento Urbanístico. *Proponer al Gobierno la resolución de las discrepancias con el órgano ambiental, en relación con la Declaración Ambiental Estratégica de los Planes Generales de Ordenación, cuando el órgano ambiental sea autonómico. *Proponer al Gobierno la adopción o la aceptación de la iniciativa para la formulación de los Planes de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad Turística. *Proponer al Gobierno la aprobación de los Planes de Modernización, Mejora e Incremento de la Competitividad Turística. • En relación con los Proyectos de Interés Insular o Autonómico: *Proponer al Gobierno la adopción o la aceptación de la iniciativa pública para la elaboración de los Proyectos de Interés Autonómico, previo informe de la Consejería o Consejerías afectadas por razón de la materia. *Proponer al Gobierno de Canarias la declaración del interés autonómico de los Proyectos de Interés Autonómico de iniciativa privada, previo informe de la Consejería o Consejerías afectadas por razón de la materia. *Proponer al Gobierno de Canarias la aprobación de los Proyectos de Interés Autonómico. *Proponer al Gobierno la aprobación de Proyectos de Interés Insular en atención al interés público prevalente, cuando los municipios en cuyo territorio haya de asentarse la infraestructura o instalación manifiesten su disconformidad. • Facultades de subrogación en materia de planeamiento: *Proponer al Gobierno el requerimiento a los Cabildos para que procedan a la elaboración de los instrumentos de ordenación de los Espacios Naturales Protegidos en caso de inacción o retraso injustificado, así como, en su caso, proponer al Gobierno de Canarias la subrogación en la competencia insular para formular dichos instrumentos. *Proponer al Gobierno el requerimiento a Ayuntamientos y Cabildos para que procedan a la inmediata adaptación de los instrumentos de ordenación urbanística a los instrumentos de ordenación de los recursos naturales y del territorio aprobados con posterioridad, o bien de los instrumentos insulares a los instrumentos autonómicos, cuando concurran razones de urgencia o de excepcional interés público. • Otras funciones en materia de planeamiento: *Proponer al Gobierno la suspensión de la vigencia de cualquier instrumento de ordenación, cuando concurran razones justificadas de interés público, social o económico relevante. *Proponer al Gobierno las medidas legales y presupuestarias necesarias para garantizar la suficiencia financiera de las Administraciones Públicas canarias en materia de planeamiento urbanístico y de ordenación territorial y medioambiental. *Proponer al Gobierno la autorización para suscribir los convenios preparatorios de las modificaciones de los instrumentos de ordenación que deban ser aprobadas por el Gobierno de Canarias, así como la autorización para suscribir los convenios urbanísticos que hayan sido aprobados inicialmente por cualesquiera órganos de la Administración autonómica. *Proponer al Gobierno, en caso de oposición del Ayuntamiento al proyecto, la resolución motivada de las discrepancias respecto a aquellos actos de construcción, edificación y usos del suelo promovidos por la Administración autonómica, sujetos a procedimiento de cooperación. - En materia de declaración de Espacios Naturales Protegidos: • Proponer al Gobierno la aprobación del Proyecto de Ley de declaración de Parques Naturales, Parques Rurales, Reservas Naturales Integrales y Reservas Naturales Especiales, o de ampliación de sus ámbitos territoriales. • Proponer al Gobierno la declaración de Monumentos Naturales, Paisajes Protegidos y Sitios de Interés Científico, y la ampliación de sus ámbitos territoriales. • Proponer al Gobierno las iniciativas legales o reglamentarias para la descalificación de zonas que formen parte de los Espacios Naturales Protegidos, en los supuestos legalmente establecidos. • Proponer al Gobierno, a iniciativa de los Cabildos, las iniciativas legales o reglamentarias precisas para revisar la categoría de protección de un espacio natural protegido o incorporar cualquier suelo a una determinada categoría de espacio, cuando con ocasión de la elaboración o modificación sustancial del Plan Insular de Ordenación se detecte dicha necesidad. - En materia de información geográfica y territorial, ejerce las siguientes funciones: • Formular y coordinar con otros departamentos y con el resto de las Administraciones Públicas la política del Gobierno en materia de información geográfica y cartografía. • Proponer al Gobierno la aprobación de planes o programas de producción, difusión y uso de cartografía o de información geográfica en el marco del Sistema Cartográfico Nacional. - En materia de ordenación del litoral, desempeña las siguientes atribuciones: • Designar a los representantes de la Consejería en la Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y la Administración autonómica de Canarias para la gestión integral y sostenible del litoral. • Establecer el censo informativo de edificaciones que, ubicadas en el dominio público marítimo-terrestre y en sus zonas de servidumbre de tránsito y protección, tengan un valor etnográfico, arquitectónico o pintoresco, al objeto de su consideración en el otorgamiento de concesiones y autorizaciones al amparo del derecho transitorio de la legislación en materia de costas. Funciones en materia de aguas: - La aprobación del Plan Hidrológico de Canarias. - La aprobación de programas de obras de interés autonómico y la elevación al Gobierno de la Nación de propuestas de obras de interés general. - El establecimiento de las condiciones básicas que habrán de tenerse en cuenta en los Planes Hidrológicos Insulares para la reutilización directa de las aguas, en función de los procedimientos de depuración, calidad y usos previstos. - La aprobación definitiva de los Planes Hidrológicos Insulares, Parciales y Especiales. - La instauración de Planes Hidrológicos Especiales por razones de urgencia, previo informe del Consejo Insular de Aguas respectivo. - El ejercicio de las facultades de la alta inspección de la actividad de los Consejos Insulares de Aguas. - La revocación de las autorizaciones de vertidos al dominio público hidráulico, a propuesta del correspondiente Consejo Insular de Aguas. - La clausura de las instalaciones de los vertidos al dominio público hidráulico contaminantes y no susceptibles de corrección. - El establecimiento y modificación de las relaciones de sustancias prohibidas y restringidas en todo tipo de efluentes y vertidos. - La prohibición, previa audiencia del Consejo Insular de Aguas respectivo, en zonas concretas, de actividades y procesos cuyos efluentes puedan constituir riesgo de contaminación grave para las aguas. - La definición de la unidad de contaminación a efectos del canon de vertidos, y la asignación de los valores mínimos y máximos aplicables en todo el archipiélago. - La declaración de los casos constitutivos de desabastecimiento de agua, a los efectos de la adopción de requisas. - El establecimiento de los criterios aplicables para la fijación de precios del agua y su transporte, conforme al régimen de precios autorizados y a las disposiciones vigentes en materia de aguas. - La autorización al respectivo Consejo Insular de Aguas para la determinación de precios máximos o de vigilancia especial para las transacciones de agua que se celebren en su isla y para el transporte de agua entre diversos puntos de su territorio. - La creación de órganos consultivos o de investigación de nivel autonómico en materia de aguas. - El ejercicio de las funciones inherentes a la condición de autoridad coordinadora competente de las demarcaciones hidrográficas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias, a los efectos de la aplicación de las Directivas de la Unión Europea. - La imposición de las sanciones derivadas de la comisión de infracciones muy graves en materia de aguas. - El establecimiento, mediante Decreto, de limitaciones en el uso de las zonas anegables para garantizar la seguridad de personas y bienes. - La regulación de los requisitos mínimos de calidad de las nuevas instalaciones de producción industrial de aguas, así como la regulación de las garantías de suministro. - La aprobación de las normas técnicas sobre plantas de desalación de agua del mar y de desalinización de aguas salobres, previa audiencia de los Consejos Insulares de Aguas. - La aprobación de las instrucciones sobre reutilización de aguas residuales depuradas, previa audiencia de los Consejos Insulares de Aguas. - Imponer las sanciones derivadas de la comisión de infracciones graves en materia de aguas. - Conceder auxilios o subvenciones para la realización de obras hidráulicas de iniciativa pública. - Modificar o concretar, mediante Orden Departamental, los contenidos de la inscripción de inmatriculación en el Registro de Aguas de cada isla, y los contenidos de las anotaciones en el Catálogo de Aguas de cada isla, en los términos previstos en el Reglamento de Dominio Público Hidráulico aprobado por Decreto 86/2002, de 2 de julio, o norma que lo sustituya. - Aprobar directrices en materia hidráulica que afecten exclusivamente a las competencias de la Consejería. - Aprobar conjuntamente con la Consejería competente en materia de Agricultura los programas de actuación de zonas vulnerables, con objeto de prevenir y reducir la contaminación causada por los nitratos de origen agrario.

Marco legal

• Ley 4/2023, de 23 de marzo, de la Presidencia y del Gobierno de Canarias

• DECRETO 329/2023, de 1 de agosto, (BOC nº 152 de 2 de agosto), que modifica y corrige errores del Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.

• Decreto 123/2023, de 17 de julio (BOC nº 140 de 18.07.2023) , por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.

• Decreto 47/2023, de 17 de julio (BOC nº140 de 18.07.2023), del Presidente, por el que se modifica el Decreto 41/2023, de 14 de julio, del Presidente, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías, y se determina la estructura orgánica de la Presidencia del Gobierno.

• Decreto 41/2023, de 14 de julio (BOC nº 138 de 15.07.2023), del Presidente, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías.

• Decreto 54/2021, de 27 de mayo (BOC nº 117 de 08.06.2021), por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial.

• Decreto 26/2019, de 25 de marzo (BOC nº 68, de 08.04.2019), por el que se crea la Oficina de Consulta Jurídica sobre Ordenación del Territorio y Urbanismo de Canarias, y se aprueba su Reglamento de Organización y Funcionamiento.

Asesora

Omayra Alonso Saavedra

Nombramiento

• Orden de 7 de agosto de 2023, del Consejero de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas

Méritos académicos

- Licenciada en Biología. Universidad de la Laguna

Trayectoria profesional

- Funcionaria de carrera. Técnica de Administración Especial de Corporaciones Locales, desempeñando el puesto de Técnico Superior Control Medio Ambiental (Bióloga) en el Servicio de Urbanismo y Medio Ambiente. Ayuntamiento del Puerto del Rosario (enero 2007 - julio 2023) - Presidenta de la Comisión Insular de Evaluación Ambiental Estratégica. Cabildo Insular de Fuerteventura (abril 2018 - febrero 2019)

Compatibilidad actividades públicas-privadas

- Ninguna.

Retribución íntegra anual (Sin Seguridad Social ni Antigüedad)

Descargar ficha personal eventual

Asesor

Carlos Lite Acero

Nombramiento

• Orden de 6 de septiembre de 2023, del Consejero de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas

Méritos académicos

- Licenciado en Ciencias de la Información. Universidad de Navarra.

Trayectoria profesional

- Jefe de prensa. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife (julio 2020 - septiembre 2023) - Jefe de prensa. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas del Gobierno de Canarias (abril 2017- julio 2019) - Jefe de prensa. Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna (julio 2003 - marzo 2017) - Redactor del gabinete de prensa. Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna (noviembre 2001 - julio 2003) - Jefe de prensa. Ayuntamiento de Arona (noviembre 2000 - noviembre 2001) - Redactor y Jefe de sección. Diario de Avisos (julio 1996 - noviembre 2000)

Compatibilidad actividades públicas-privadas

- Ninguna.

Retribución íntegra anual (Sin Seguridad Social ni Antigüedad)

Descargar ficha personal eventual

Jefe de la Oficina de Relaciones con los Medios de Comunicación

César Toledo Hernández

Nombramiento

• Orden de 7 de agosto de 2023, del Consejero de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas

Méritos académicos

- Máster en Comportamiento No Verbal. Universidad Camilo José Cela. - Experto Universitario en Comportamiento No Verbal. Universidad Camilo José Cela.

Trayectoria profesional

- Periodista desempeñando los siguientes puestos de trabajo: * Asistencia Grupos Políticos Ayuntamiento Santa Cruz de Tenerife (2023) * GPP Parlamento de Canarias (2012 - 2015 ) y (2016 - 2021) * Gabinete de Prensa O.A. Cultura Santa Cruz de Tenerife (2010 - 2011) * Copy y Jefe de Autopromos en Televisión Canaria (1999 - 2007) * Gerente Fundación Hospitales Cabildo de Tenerife (1997 - 1998) * Jefe de Prensa en Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife (octubre 1988 – junio 1995) * Redactor en Televisión Española (marzo - julio 1988) * Jefe de Prensa Carnaval de Santa Cruz de Tenerife (1987) * Redactor en Diario de Avisos (1985 - 1990) * Redactor en Radio Club Tenerife – Cadena SER (1985 - 1987)

Compatibilidad actividades públicas-privadas

- Ninguna.

Retribución íntegra anual (Sin Seguridad Social ni Antigüedad)

Descargar ficha personal eventual

Ayudante de la Oficina de Relaciones con los Medios de Comunicación

Pablo Peñate Ojeda

Nombramiento

• Orden de 21 de agosto de 2023, del Consejero de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas (C.E. Orden de 25 de agosto de 2023)

Méritos académicos

- Graduado en Periodismo. Universidad de La Laguna - Postgrado Experto en periodismo digital. Esneca Business School

Trayectoria profesional

- Periodista del Gabinete de prensa del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife (marzo 2020 – mayo 2023) - Trabajador autónomo en el sector de la comunicación digital (marzo 2020 – agosto 2023) - Gesplan, responsable de comunicación y redes sociales del Banco de Datos de Biodiversidad de Canarias (BIOTA) (septiembre 2019 – enero 2021) - Redactor en Editorial Prensa Ibérica S.A.; en particular, en los periódicos La Provincia/Diario de Las Palmas y La Opinión de Tenerife, secciones de política y economía y web (marzo 2016 – septiembre 2019)

Compatibilidad actividades públicas-privadas

- Ninguna.

Retribución íntegra anual (Sin Seguridad Social ni Antigüedad)

Descargar ficha personal eventual

Secretaria de Consejero

Briseida García Castillo

Nombramiento

• Orden de 8 de agosto de 2023, del Consejero de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas

Méritos académicos

- Técnica superior de Administración y Finanzas. CIFP Majada Marcial

Trayectoria profesional

- Técnica superior en administración y finanzas. Fimax Asesores y Asociados S.L. (julio 2018 – agosto 2023)

Compatibilidad actividades públicas-privadas

- Ninguno.

Retribución íntegra anual (Sin Seguridad Social ni Antigüedad)

Descargar ficha personal eventual

Direcciones

Plaza de los Derechos Humanos, n.22 Icono de un mapa

Edf. Servicios Múltiples I Planta 8ª

35071 Las Palmas de Gran Canaria

Las Palmas

España

Teléfono: 928 11 52 25 — Fax: 928 30 65 89

Avda. Francisco La Roche, n.35 Icono de un mapa

Edf. Servicios Múltiples I Planta 5ª

38071 Santa Cruz de Tenerife

Santa Cruz de Tenerife

España

Teléfono: 928 11 52 25

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