Cargo público
Viceconsejería de Formación Profesional y Cualificaciones Profesionales
Viceconsejería de Formación Profesional y Cualificaciones Profesionales
Viceconsejero
Ilmo. Sr. D. Francisco Rodríguez Machado
WEB:
https://www.gobiernodecanarias.org/eucd/CORREO:
fp.educacion@gobiernodecanarias.orgNombramiento
Méritos académicos
- Diploma de Estudios Avanzados en Formación del Profesorado. Facultad de Formación del Profesorado, Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.
- Licenciado en Pedagogía. Facultad de Educación, Universidad Nacional de Educación a Distancia.
- Técnico Especialista en Informática de Gestión. Instituto de Formación Profesional Mesa y López.
- Técnico Especialista en Electrónica Industrial. Instituto de Formación Profesional Politécnico Las Palmas.
Trayectoria profesional
- Responsable de planificación. Viceconsejería de Educación de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias (septiembre 2017 - agosto 2019).
- Responsable de planificación y relaciones sindicales. Dirección General de Personal de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias (septiembre 2015 - agosto 2017).
- Profesor asociado a tiempo parcial. Facultad de Formación del Profesorado de la ULPGC (septiembre 2010 - agosto 2015).
- Funcionario de carrera del cuerpo de Inspectores de educación. Consejería Educación, Universidades y Sostenibilidad (septiembre 2013).
- Director. IES Politécnico Las Palmas ( julio 1997 - junio 2008).
- Secretario. IES Politécnico Las Palmas (septiembre 1991 - junio 1994).
- Funcionario de carrera del cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional en la especialidad de Equipos electrónicos. Consejería Educación, Cultura y Deportes (septiembre 1992).
Compatibilidad actividades públicas-privadas
- Ninguno.
Declaración de bienes
Retribución íntegra anual (Sin Seguridad Social ni Antigüedad)
73.388,64 €
Otras retribuciones y gastos
• Información de las indemnizaciones por razón del servicio (viajes, dietas, etc.)
Competencias
Corresponde a la Viceconsejería de Formación Profesional y Cualificaciones Profesionales, en el área material de competencias asignadas por el presente Reglamento, el desempeño de las funciones previstas en los artículos 11 y 20.1 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias.
Asimismo, y bajo la superior dirección de la persona titular de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, le corresponden las competencias de dirección, coordinación, estudio y resolución en materia de formación profesional y cualificaciones profesionales no atribuidas expresamente a otro órgano, y específicamente las siguientes:
- Ostentar la representación de la Consejería en los actos relacionados con la formación profesional y cualificaciones profesionales a los que no asista la persona titular del Departamento.
- Impulsar la ejecución de los planes sectoriales aprobados en las áreas de su competencia, en coordinación con el resto de las Administraciones Públicas implicadas en la planificación.
- Coordinar las actuaciones de las Direcciones Generales dependientes de este órgano y supervisar la gestión de los planes de actuación y objetivos estratégicos y específicos.
- Fomentar alternativas formativas y de perfeccionamiento del sector profesional de su ámbito competencial.
- Proponer criterios de planificación general de las enseñanzas de formación profesional y enseñanzas de régimen especial, así como analizar y proponer revisiones de la estructura de los distritos escolares y zonas educativas que permitan garantizar la dotación esencial que debe contener el Mapa Escolar de Canarias respecto de dichas enseñanzas.
- Efectuar la propuesta de proyectos de disposiciones, de conformidad con la política de actuación establecida.
- Ser el órgano de relación del Departamento, en las áreas de su competencia, con el resto de los departamentos; así como con los órganos de coordinación interdepartamental constituidos con relación a dicho ámbito material, salvo que dicha función esté atribuida a otros órganos.
- Planificar y coordinar las acciones encaminadas a la puesta en marcha del curso académico y el normal desarrollo de las actividades relativas a las enseñanzas de formación profesional y de régimen especial.
- Analizar, planificar y definir las necesidades de personal y recursos materiales en la formación profesional del sistema educativo y las enseñanzas de régimen especial, así como los planes de mejora y cualificación del profesorado.
- Planificar las actuaciones relativas a la ordenación académica y curricular, así como las de actualización, investigación, innovación y emprendimiento en el sistema de formación profesional y en las enseñanzas de régimen especial.
- Coordinar y llevar el seguimiento de los programas y acciones de la Unión Europea, relativos a las actividades del Departamento en el área de formación profesional y enseñanzas de régimen especial en el marco de su internacionalización, en coordinación con la Consejería competente en materia de relaciones con la Unión Europea; así como, en su caso, con los órganos competentes en materia de cooperación con otros países.
- Coordinar y realizar el seguimiento de los centros que participen en Programas de Cooperación Territorial definidos por el Ministerio o Ministerios con competencias en materia de formación profesional, cualificaciones profesionales y enseñanzas de régimen especial, así como impulsar la internacionalización de las enseñanzas de Formación Profesional y de Régimen Especial tanto mediante asociaciones estratégicas nacionales como en proyectos internacionales.
- Impulsar la elaboración de compromisos educativos que contribuyan a la mejora continua de los centros de formación profesional y de enseñanzas de régimen especial.
- Coordinar las becas y ayudas destinadas al alumnado de enseñanzas de régimen especial y de formación profesional, velando para que su gestión esté en consonancia con la finalidad para la que fueron creadas.
- Establecer criterios para la evaluación de la calidad de los centros, servicios y enseñanzas de su ámbito material de competencias, así como la introducción de propuestas de mejora.
- Declarar de interés educativo una actividad, proyecto, organización o asociación sin ánimo de lucro a propuesta del centro directivo competente.
- Proponer a la Agencia Canaria de Calidad Universitaria y Evaluación Educativa los criterios para la evaluación del sistema educativo.
- Aprobar y priorizar las propuestas de nuevas aplicaciones o cambios funcionales, realizadas por las Direcciones Generales dependientes de este órgano, en relación con los sistemas de información que dan soporte a los servicios digitales para la gestión educativa de su competencia.
- Estudio y análisis de las acciones formativas dirigidas a mejorar la cualificación profesional de las personas trabajadoras en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Publicación y difusión de estudios e informes sobre la formación profesional y enseñanzas de régimen especial, con especial atención a la perspectiva de género, edad, sectores de la actividad económica y cualificaciones profesionales.
- Promover la planificación integrada en Canarias de una oferta de formación profesional a lo largo de la vida, así como de la complementariedad de las redes de centros del Sistema de Formación Profesional y el uso compartido de sus instalaciones y recursos.
- Elevar a la persona titular de la Consejería la propuesta de aprobación del Plan Canario de Formación Profesional, previo informe preceptivo del Consejo Canario de Formación Profesional, y asumir su desarrollo y actualización adoptando las medidas que sean necesarias para su ejecución.
- Las restantes funciones que le vengan atribuidas por el ordenamiento jurídico.
Marco legal
Direcciones
Edf. Granadera Canaria 5ª Planta
35071 Las Palmas de Gran Canaria
Las Palmas
España
Teléfono: 928 45 54 00
Edf. Servicios Múltiples III (Edif. Tres de Mayo) 5ª Planta
38071 Santa Cruz de Tenerife
Santa Cruz de Tenerife
España
Teléfono: 922 42 35 00