Cargo público
Dirección General de Administración de Centros, Escolarización y Servicios Complementarios
Dirección General de Administración de Centros, Escolarización y Servicios Complementarios
Director General
Ilmo. Sr. D. David Crego Chaves
Perfil
Competencias
Contacto
Méritos académicos
- Grado en Maestro de Educación Primaria. UCAM Murcia
- Licenciatura en Psicopedagogía. ULL
- Diplomatura en Magisterio de Lengua Extranjera (Inglés). ULL
Trayectoria profesional
- Asesor técnico educativo. Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes (septiembre 2023 – septiembre 2024)
- Funcionario de carrera. Secretario CEIP Punta Larga (septiembre 2019 – agosto 2023)
- Funcionario interino. Maestro especialista en lengua extranjera (inglés) CEIP Valle San Lorenzo (septiembre 2014 - agosto 2019).
- Maestro especialista en lengua extranjera (inglés) CPEIPS Tacoronte (septiembre 2013 - agosto 2014).
- Maestro especialista en lengua extranjera (inglés) CPEIPS Echeyde II (septiembre 2012 - diciembre 2012).
Compatibilidad actividades públicas-privadas
- Ninguna.
Declaración de bienes
Retribución íntegra anual (Sin Seguridad Social ni Antigüedad)
73.617,88 €
Otras retribuciones y gastos
• Información de las indemnizaciones por razón del servicio (viajes, dietas, etc.)
Competencias
Competencias generales y específicas.
La Dirección General de Administración de Centros, Escolarización y Servicios Complementarios ejercerá, en su ámbito funcional, las competencias previstas en el artículo 19 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias.
Asimismo, le corresponden las competencias de dirección, coordinación, estudio y resolución en materia de administración de centros, escolarización y servicios complementarios no atribuidas específicamente a otro órgano, y en concreto las siguientes:
- En materia de administración de centros y escolarización:
• Gestionar y controlar el régimen administrativo y de gobierno de los centros educativos públicos no universitarios, así como, en coordinación con la Consejería competente en materia de hacienda, la gestión de su régimen económico presupuestario.
• Gestionar la distribución de fondos a los centros públicos de enseñanza no universitaria de su ámbito de actuación.
• Gestionar los registros de centros docentes y de títulos académicos y profesionales de la Comunidad Autónoma de Canarias en el ámbito de la enseñanza escolar, así como la gestión del Registro Centralizado de Expedientes Académicos.
• Elaborar la propuesta de creación, modificación y supresión de centros públicos no universitarios.
• Proponer la concesión de autorizaciones, el cese de actividad y las modificaciones de los centros privados de enseñanza no universitaria.
• Gestionar los procesos de escolarización, así como la regularización escolar del alumnado no universitario y la autorización para la flexibilización del alumnado de altas capacidades intelectuales.
• Establecer el calendario escolar y dictar instrucciones para la organización y desarrollo de las actividades de comienzo y finalización de cada curso escolar en los centros docentes no universitarios de Canarias.
• Elaborar propuestas de actualización del Mapa Escolar de Canarias, atendiendo a las modificaciones precisas en la estructura y diseño de los distritos escolares y zonas educativas, velando para que cada uno de ellos cuente con la dotación esencial fijada en el Mapa Escolar de Canarias.
• Tramitar los procedimientos de responsabilidad patrimonial, cuando los daños o las lesiones los sufra el alumnado, personal no docente y/o terceros en el ámbito educativo no universitario, sin perjuicio de las competencias reconocidas expresamente en esta materia a otros órganos.
• Proponer la elaboración de normas sobre organización y funcionamiento de los centros educativos públicos no universitario en el ámbito de su competencia.
• Las demás funciones que le vengan atribuidas por el ordenamiento jurídico.
- En materia de servicios complementarios (Promoción Educativa):
• Gestionar y desarrollar las distintas acciones específicas de compensación socioeducativa en los términos establecidos en las normas de rango legal, en el marco competencial de la Consejería.
• Ordenar y gestionar los servicios complementarios de transporte escolar, residencias escolares y comedores escolares, y demás servicios que se establezcan mediante convenios de cooperación.
• Ordenar y gestionar las actividades extraescolares y complementarias.
• Gestionar los Programas de Cooperación Territorial vinculados al ámbito de sus competencias.
• Desarrollar e impulsar actuaciones de promoción social y educativa dirigidas a la población escolar que vive en nuestra Comunidad Autónoma.
• Fomentar la participación, la colaboración y la formación de las Asociaciones, Federaciones y Confederaciones constituidas por el alumnado y por sus padres y madres, en las comunidades educativas.
• Mantener y gestionar el Registro de Asociaciones, Federaciones y Confederaciones constituidas por el alumnado y por sus padres y madres.
• Instruir los procedimientos para la formalización de conciertos educativos.
• Gestionar las ayudas complementarias destinadas al alumnado de enseñanzas no universitarias, y otras ayudas en materia de promoción educativa.
• Diseñar y fomentar la experimentación de nuevas acciones y programas dirigidos a la mejora de la convivencia y a la atención al alumnado en riesgo de abandono escolar.
• Fomentar la participación de los agentes sociales en la educación y, en particular, de los distintos colectivos de la comunidad educativa en la vida de los centros.
• Desarrollar la gestión del voluntariado en el ámbito de competencias de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes.
• Las demás funciones que le vengan atribuidas por el ordenamiento jurídico.