Cargo público
Secretaría General Técnica de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud
Secretaria General Técnica
Ilma. Sra. Dña. Marlene Santana Rodríguez
Secretaría General Técnica de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud
Secretaria General Técnica
Ilma. Sra. Dña. Marlene Santana Rodríguez
WEB:
https://www.gobiernodecanarias.org/dsidj/CORREO:
sgt.dsidj@gobiernodecanarias.org
Perfil
Competencias
Contacto
Méritos académicos
- Licenciada en Derecho. Universidad de La Laguna.
- Máster Universitario en Liderazgo y Dirección Pública. Universidad Internacional Menéndez Pelayo
Trayectoria profesional
- En la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, ha desempeñado los siguientes puestos:
* Puesto Singularizado, Viceconsejería de Sector Primario. (marzo 2017- julio 2019)
* Jefa de Servicio de Asuntos Europeos y Auditoría Interna, Viceconsejería de Sector Primario. (septiembre 2016 – marzo 2017)
* Jefa de Servicio de Patrimonio y Parque Móvil, Dirección General de Patrimonio y Contratación. (marzo 2013- septiembre 2016)
* Jefa de Sección de Contratación, Servicio de Contratación y Junta Consultiva. (febrero 2009- febrero 2013)
- Técnico de Administración General. Servicios Sociales, Recursos Humanos y Gestión Tributaria. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife. (noviembre 2002- noviembre 2008)
- Técnico de Administración General. Área de Recursos Hidráulicos. Consejo Insular de Aguas de Tenerife. Cabildo Insular de Tenerife. (noviembre 2001- noviembre 2002)
Compatibilidad actividades públicas-privadas
- Ninguna.
Declaración de bienes
Retribución íntegra anual (Sin Seguridad Social ni Antigüedad)
65.053,77 €
Otras retribuciones y gastos
• Información de las indemnizaciones por razón del servicio (viajes, dietas, etc.)
Competencias
Corresponden a la Secretaría General Técnica las competencias previstas en el artículo 15 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, elevándose a trescientos mil (300.000) euros el límite para el ejercicio de las facultades inherentes como órgano de contratación.
Además de las previstas en el apartado anterior, le corresponden las competencias siguientes:
- La gestión y coordinación administrativa en materia de selección y nombramiento de personal funcionario y de contratación de personal laboral para el Departamento, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos superiores por el Decreto 212/1991, de 11 de septiembre.
- La asistencia técnica y jurídica al Consejero o a la Consejera, sin perjuicio de las competencias de la Viceconsejería de los Servicios Jurídicos.
- La selección y contratación de personal laboral temporal de la Consejería.
- El informe de las disposiciones generales que deba dictar o proponer la Consejería, y, en su caso, la preparación y elaboración de las mismas, a iniciativa y con la colaboración de los demás órganos del Departamento.
- La dirección de la gestión de las tasas y precios públicos de la Consejería, sin perjuicio de las competencias que sobre dicha gestión le corresponda a otros órganos por razón del hecho imponible.
- La coordinación administrativa de los distintos órganos de la Consejería y el régimen interior.
- La programación y ejecución de cursos de perfeccionamiento para el personal de la Consejería, sin perjuicio de las competencias de formación que tienen atribuidas el Instituto Canario de Administración Pública, la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias y el centro directivo competente en materia de inspección y calidad de los servicios públicos.
- La tramitación de las propuestas de los expedientes que deban someterse a la aprobación del Gobierno, una vez instruidos por el órgano de la Consejería que tenga atribuida la competencia en la materia.
- Las propuestas de aprobación de las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, y, en su caso, de las convocatorias públicas de subvenciones de la Consejería.
- La coordinación de los registros administrativos de la Consejería y la gestión en su caso.
- La gestión y supervisión del archivo central de la Consejería y la coordinación de los archivos cuya gestión corresponda a los restantes órganos de la misma.
- El estudio y propuesta de la estructura orgánica y funcional de la Consejería.
- La gestión de nóminas y seguros sociales, la autorización y disposición de los gastos de personal de la Consejería, así como el reconocimiento de las obligaciones y las propuestas de pago en materia de personal.
- Las atribuidas al Consejero o la Consejera por la normativa de indemnizaciones por razón del servicio.
- La propuesta al Consejero o la Consejera de la designación, revocación y suplencia de personas para la habilitación de pagos, así como del establecimiento, modificación y supresión de la modalidad de anticipos de caja fija, de acuerdo con lo que se establece en su normativa reguladora.
- La gestión del Registro General Electrónico de Convenios prevista en la normativa reguladora de la actividad convencional de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- La gestión del Registro de Órdenes departamentales y de resoluciones del Centro Directivo.
- La adopción de medidas necesarias en aplicación de la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales.
- La coordinación de las políticas de publicaciones del Departamento, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Consejería competente en materia de publicaciones oficiales de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- La tramitación y propuesta de resolución de los expedientes de responsabilidad patrimonial que deba resolver el Consejero o la Consejera, derivados del funcionamiento de los órganos superiores y directivos del Departamento.
- La gestión e impulso del servicio público de información y atención a la ciudadanía del Departamento, en coordinación con los servicios gestores de la información.
- La coordinación y supervisión del sistema de sugerencias y reclamaciones en el ámbito de la Consejería.
- La gestión, impulso y coordinación en materia patrimonial y presupuestaria.
En materia de modernización, calidad de los servicios y tecnologías de la información y la comunicación, le corresponden las competencias siguientes:
- La dirección y coordinación de los servicios informáticos del Departamento.
- La dirección y gestión de las actuaciones del Departamento en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones.
- La elaboración, desarrollo y ejecución de la estrategia tecnológica global del Departamento, sin perjuicio de las competencias que correspondan a los órganos competentes en materia de modernización y calidad de los servicios, así como, de telecomunicaciones y nuevas tecnologías.
- El impulso, gestión y coordinación de la Administración electrónica en todas las unidades de la Consejería.
- La implantación, ejecución y seguimiento del Marco para la Innovación y Mejora de los servicios públicos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias en el ámbito del Departamento: innovación y calidad de los servicios públicos, simplificación administrativa y reducción de cargas administrativas, Administración electrónica, gestión del conocimiento, gestión por objetivos, capital humano, ética pública y buen gobierno.
- La presidencia, soporte y coordinación de la Unidad de Mejora Continua e Innovación (UMCI) del Departamento.
- La gestión y mantenimiento de la Sede y registro electrónico del Departamento.
- La propuesta al Consejero o Consejera de la designación de la persona o unidad orgánica que actúe como Delegado de Protección de Datos para el ámbito funcional del Departamento.
- La supervisión del cumplimiento y aplicación de la normativa en materia de protección de datos de carácter personal por parte de los centros directivos del Departamento, sin perjuicio de las competencias de los centros directivos horizontales con competencias en inspección de los servicios y tecnologías de la información.
- El registro de actividades de tratamiento de los datos de carácter personal relacionados con los procedimientos gestionados por el Centro Directivo.
- La creación y aprobación de los sellos electrónicos de los órganos de la Consejería.
En materia de coordinación de los distintos servicios y estudios, a la Secretaría General Técnica le corresponden:
- La coordinación de la transparencia y del derecho de acceso a la información del Departamento y de los organismos autónomos que le estén adscritos, actuando como Unidad Responsable de la Información Pública, sin perjuicio de las competencias específicas de otros órganos.
- La propuesta de la reforma encaminada a la mejora de la eficacia y rendimiento de los servicios de los distintos centros y dependencias de la Consejería, especialmente la relativa a organización y métodos de trabajo, atendiendo principalmente a los costes y grado de rendimiento.
- La aprobación de las directrices e instrucciones que afecten al funcionamiento de los servicios.
- La coordinación de la actividad estadística acerca de las materias propias o de interés del Departamento, en colaboración con el Instituto Canario de Estadística.
- La coordinación, estudio y propuesta para la cumplimentación de los asuntos derivados de las relaciones institucionales en las materias propias del Departamento, así como cualesquiera otros asuntos y consultas que se le formulen por otros órganos de las Administraciones Públicas.
- El establecimiento de la apertura al público de los registros de entrada y salida de documentos de los órganos del Departamento para días determinados, así como horarios especiales de funcionamiento al público de dichos registros, así como de las oficinas de atención e información presencial dependientes del Departamento.
- Las actuaciones que conciernen al régimen interno de los servicios generales del Departamento y la resolución de los respectivos expedientes, cuando no sea facultad privativa del Consejero o la Consejera o de las personas titulares de las Direcciones Generales.
- La elaboración y emisión, de oficio o a solicitud de los Centros Directivos, de informes facultativos de carácter jurídico, técnico o presupuestario en relación a materias de las áreas funcionales del Departamento, y que no estén atribuidos específicamente a otros órganos de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
En materia de gestión documental y archivos ejercerá las siguientes funciones específicas:
- La gestión y organización del archivo central del Departamento, bajo la coordinación y teniendo en cuenta las normas técnicas emanadas por la Dirección General de Modernización y Calidad de los Servicios de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- La gestión de la documentación administrativa disponible al público, de acuerdo con lo que disponga la legislación de transparencia y de acceso a la información pública.
- La prestación de apoyo y asesoramiento técnicos necesarios a los archivos de oficina, aprobando las instrucciones técnicas para su funcionamiento.
- La publicación periódica de la relación de los documentos obrantes en poder del Departamento sujetos a un régimen de especial publicidad por afectar a la colectividad en su conjunto y cuantos otros puedan ser objeto de consulta por los particulares.
- La gestión y supervisión en el seno del Departamento de los procedimientos y actuaciones del Sistema de Información de Actuaciones Administrativas de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC), sin perjuicio de las funciones de coordinación del centro directivo competente en materia de información y atención ciudadana, administración electrónica y procedimientos administrativos del Gobierno de Canarias.