Cargo público

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Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa

Directora General

Ilma. Sra. Dña. María Candelaria González Morales

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Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa

Directora General

Ilma. Sra. Dña. María Candelaria González Morales

WEB:

https://www.gobiernodecanarias.org/eucd/

CORREO:

mpengon@gobiernodecanarias.org

Perfil
Competencias
Contacto

Méritos académicos

- Habilitación universitaria en Formación de Adultos. Universidad Nacional de Educación a Distancia. - Licenciada en Magisterio. Universidad de La Laguna.

Trayectoria profesional

- Funcionaria de carrera del Cuerpo de Maestros (1991-2019) - Concejala de Educación, Personal y Régimen Interno del Ayuntamiento de Güímar (2011-2013) - Presidenta del Consejo Escolar Municipal de Güímar (2008-2013) - Concejala de Educación, Cultura y Patrimonio Histórico del Ayuntamiento de Güímar (2007-2011) - Docente de Educación Concertada (1988-1990)

Compatibilidad actividades públicas-privadas

- Ninguna.

Retribución íntegra anual (Sin Seguridad Social ni Antigüedad)

65.053,77 €

Competencias

La Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa ejercerá, en su ámbito funcional, las competencias previstas en el artículo 19 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias. Asimismo, le corresponden las competencias de dirección, coordinación, estudio y resolución en materia de centros educativos e infraestructuras educativas no atribuidas específicamente a otro órgano, y en concreto, las siguientes: - Gestionar y controlar el régimen administrativo y de gobierno de los centros educativos públicos no universitarios, así como, en coordinación con la Consejería competente en materia de hacienda, la gestión de su régimen económico presupuestario. - Gestionar los registros de centros docentes y de títulos académicos y profesionales de la Comunidad Autónoma de Canarias en el ámbito de la enseñanza escolar, así como la gestión del Registro Centralizado de Expedientes Académicos. - Elaborar la propuesta de autorización, modificación y transformación de centros públicos de niveles no universitarios, así como proponer la normativa relativa a la organización y funcionamiento de dichos centros. - Proponer la concesión de autorizaciones, ceses de actividades y modificaciones de centros privados de enseñanza. - Gestionar los procesos de escolarización, así como la regularización escolar del alumnado no universitario y la flexibilización de los de altas capacidades. - Elaborar propuestas de actualización del Mapa Escolar de Canarias, así como la localización y características de los distritos educativos, velando para que cada uno de ellos cuente con la dotación esencial fijada en el Mapa Escolar de Canarias. - Gestionar dotaciones en infraestructura para el adecuado funcionamiento del sistema educativo. - Determinar las necesidades y gestionar la dotación de todo el equipamiento e infraestructuras, incluidas las relacionadas con las TIC, necesarias para la puesta en funcionamiento, ampliaciones y reformas de los centros públicos de enseñanzas no universitarias. - Programar las necesidades de mobiliario, equipamiento escolar y material didáctico así como su reposición, de los centros públicos de enseñanzas no universitarias en el ámbito de sus competencias. - Gestionar el inventario del mobiliario y material escolar de los centros públicos de enseñanzas no universitarias. - Velar por el cumplimiento de los requisitos mínimos de infraestructura -incluyendo infraestructuras de telecomunicaciones- que han de reunir los centros escolares públicos y privados, así como proponer las mejoras que serán de aplicación en la red de centros escolares públicos. - Tramitar y ejecutar la contratación de obras y suministros, incluidas las infraestructuras de telecomunicaciones, necesarios para la puesta en funcionamiento de los centros docentes públicos no universitarios. - Tramitar los procedimientos de responsabilidad patrimonial, cuando los daños o las lesiones los sufra el alumnado o terceros en el ámbito educativo, sin perjuicio de las competencias reconocidas expresamente en esta materia a otros órganos. - Tramitar las cesiones y puestas a disposición de terrenos aptos para la construcción de centros escolares. - Ejercer la supervisión de todos los proyectos para la construcción, ampliación y reforma de los centros públicos de enseñanza no universitaria, así como hacer el seguimiento del estado de conservación y mantenimiento de los edificios propiedad de la Comunidad Autónoma destinados a centros escolares. - Ejercer el establecimiento de las medidas orientadas a garantizar la seguridad de los centros educativos. - Ejercer las competencias que, en materia de afectaciones y desafectaciones de terrenos y edificios municipales destinados al servicio público educativo, se atribuye por la legislación vigente a los Departamentos. - Las demás funciones que le vengan atribuidas por el ordenamiento jurídico. En materia de promoción educativa: - Gestionar y desarrollar las distintas acciones específicas de compensación socioeducativa en los términos establecidos en las normas de rango legal, en el marco competencial de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes. - Ordenar y gestionar los servicios complementarios de transporte escolar, residencias escolares y comedores escolares, y demás servicios que se establezcan mediante convenios de cooperación. - Ordenar y gestionar las actividades extraescolares y complementarias. - Gestionar los Programas de Cooperación Territorial vinculados al ámbito de sus competencias. - Desarrollar e impulsar actuaciones de promoción social y educativa dirigidas a la población escolar que vive en nuestra Comunidad. - Fomentar la participación, la colaboración y la formación de las Asociaciones, Federaciones y Confederaciones constituidas por el alumnado y por sus padres y madres, en las comunidades educativas. - Mantener y gestionar el registro de Asociaciones, Federaciones y Confederaciones constituidas por el alumnado y por sus padres y madres. - Instruir los procedimientos para la formalización de conciertos educativos, convenios y otorgamiento de subvenciones a las actividades que sean competencia del Departamento, sin perjuicio de la competencia de otros órganos. - Gestionar las ayudas complementarias destinadas al alumnado de enseñanzas no universitarias, y otras ayudas en materia de promoción educativa. - Proponer la elaboración de normas sobre organización y funcionamiento de los centros escolares en el ámbito de su competencia. - Diseñar y propiciar la experimentación de nuevas acciones y programas dirigidos a la mejora de la convivencia y a la atención al alumnado en riesgo de abandono escolar. - Fomentar la participación de los agentes sociales en la educación y, en particular, de los distintos colectivos de la comunidad educativa en la vida de los centros. - Desarrollar la gestión del voluntariado en el ámbito de competencias de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes. - Las demás funciones que le vengan atribuidas por el ordenamiento jurídico.

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