Archivo cronológico

Todo productor o gestor de residuos deberá disponer de un archivo cronológico donde se recoja por orden cronológico la cantidad, naturaleza, origen, destino y método de tratamiento de los residuos; cuando proceda se inscribirá también, el medio de transporte y la frecuencia de recogida.

En el archivo cronológico se incorporará la información contenida en la acreditación documental de las operaciones de producción y gestión de residuos.

Este archivo cronológico puede ser físico o telemático y se guardará la documentación archivada en él durante, al menos, tres años.