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Medidas contra los incendios forestales

Las medidas contra los incendios forestales se pueden clasificar en actuaciones de prevención y actuaciones de extinción. Lógicamente, cuanto mayores sean los esfuerzos en prevenir, menores serán los recursos necesarios para solucionar un problema que puede alcanzar dimensiones dramáticas por su afección a los ecosistemas, paisajes, bienes materiales y hasta a vidas humanas.

Las medidas preventivas en las masas forestales están orientadas a dificultar la ignición y la propagación del fuego así como a facilitar la actuación de los medios de extinción, contribuyendo con ello a mejorar su eficacia. Estas actuaciones consisten básicamente en labores selvícolas, tales como podas y aclareos, limpiezas de bordes de pistas, establecimiento y mantenimiento de áreas cortafuegos y de fajas auxiliares a lo largo de las pistas. También incluye otras operaciones tales como la instalación de hidrantes en cortafuegos, construcción de depósitos de agua o mejora de la red de pistas forestales.

En el actual marco competencial en materia de incendios forestales, corresponde al Gobierno de Canarias las tareas de coordinación, prevención y extinción de incendios. También debe decidir sobre la dotación de medios y personal adicional para la erradicación de incendios, atendiendo a las circunstancias y necesidades concretas, y la magnitud del problema. Por otra parte, corresponde a los Cabildos Insulares la prevención y lucha contra incendios forestales y la concesión de autorizaciones previstas en la Ley y Reglamento de Incendios. El Gobierno de Canarias y los Cabildos Insulares firman convenios anuales en los que se establecen ayudas económicas para la ejecución de labores de prevención de incendios.