La administración pública competente en cada caso fijará los períodos de veda para las distintas modalidades de pesca y marisqueo, las tallas mínimas de las permitidas y, en su caso, el volumen máximo de capturas de éstas, las especies prohibidas, las modalidades, artes y condiciones de la pesca profesional y de recreo, el acotamiento de zonas de extracción, estableciendo sus normas específicas, el procedimiento, condiciones y vigencia para la obtención de licencias, y las medidas y recursos de vigilancia y control.
› Ministerio de Medio Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Sección Pesca.