El Gobierno de Canarias, a través del Proyecto Interreg III-B BIONATURA, desarrolló una base de datos de especies introducidas, que tenía la finalidad de recopilar y centralizar la información sobre las especies exóticas presentes en Canarias (fechas de llegada, distribución, interacciones con las especies autóctonas, acciones de contención, control o erradicación a las que han sido sometidas, etc.) con la intención de que se convirtiera en una herramienta útil para poder asesorar en los procesos decisorios de las políticas y actuaciones relativas a la conservación de la biodiversidad.
Por otra parte, la Ley 42/2007, de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, creó, en su artículo 64, el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, en el que se han incluido todas aquellas especies y subespecies exóticas invasoras que constituyen, de hecho, o puedan llegar a constituir una amenaza grave para las especies autóctonas, los hábitats o los ecosistemas, la agronomía, o para los recursos económicos asociados al uso del patrimonio natural. En este Catálogo se incluyen todos los táxones exóticos invasores que constituyen una amenaza grave para las especies autóctonas, los hábitats o los ecosistemas, la agronomía o para los recursos económicos asociados al uso del patrimonio natural.
La primera modificación del Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras ha tenido lugar a través del Real Decreto 216/2019, de 29 de marzo, por el que se aprueba la lista de especies exóticas invasoras preocupantes para la región ultraperiférica de las islas Canarias y por el que se modifica el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras. Dicha norma ha modificado el Real Decreto 630/2013 mediante su disposición final primera. De este modo, se han incluido cuatro nuevas especies de fauna y se ha ampliado el ámbito de aplicación de dos taxones vegetales a Canarias.
Por otra parte, en relación a animales de compañía, animales de compañía exóticos o domésticos y animales silvestres en parques zoológicos, se ha modificado la disposición transitoria cuarta del Real Decreto 630/2013 para ampliar, a dos años, el plazo en el que se deberá informar sobre la posesión de ejemplares de especies incluidas en el catálogo a las autoridades competentes. El nuevo plazo -hasta el 1 de enero de 2022- posibilitará a los poseedores de ejemplares catalogados adquiridos con anterioridad a su incorporación en el catálogo (es decir, antes del 2 de agosto de 2013 o del 29 de marzo de 2019, según la especie) para que puedan declarar su posesión a las comunidades autónomas competentes, en caso de que deseen conservarlos.
Derivado REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1141 por el que se adopta una lista de especies exóticas invasoras preocupantes para la Unión de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 1143/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, La Comunidad Autónoma de Canarias cuenta con legislación exclusiva sobre especies exóticas invasoras, el denominado Listado de especies exóticas invasoras preocupantes para la región ultraperiférica de las Islas Canarias que incluye especies o táxones de la flora y de la fauna reguladas legalmente de cara a su introducción, tenencia, comercio, uso o fomento en el archipiélago Canario.