Regulación de las actividades recreativas en el medio marino

Avistamiento de cetáceos:

El problema medioambiental de las actividades relacionadas con el avistamiento de cetáceos surge como consecuencia de la excesiva presencia de embarcaciones en su hábitat, y la falta de consideración y respeto hacia las comunidades. Por este motivo se ha establecido una normativa básica que regula el modo de evitar la afección sobre estas especies protegidas mediante una conducta adecuada y respetuosa en aquellos lugares del litoral español donde se encuentren. Estas normas de conducta están contempladas en el Real Decreto 1727/2007, de 21 de diciembre, por el que se establecen medidas de protección de los cetáceos.

Por otra parte, en Canarias también se contemplan en el Decreto 178/2000, de 6 de septiembre, por el que se regulan las actividades de observación de los cetáceos.

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Regulación de la pesca recreativa:

La regulación de la pesca recreativa, según se realice en aguas interiores o exteriores, es competencia del Gobierno de Canarias o el Gobierno del Estado.

En cualquiera de los dos casos, es preceptivo disponer de un permiso de actividad expedido por la administración competente, además de cumplir con toda una serie de requisitos sobre capturas, información y licencias de embarcación.

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