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Ley 19/2019, 30 diciembre, de Presidencia del Gobierno, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2020.
Ficha
Disposiciones Afectadas
Referencias Posteriores
Materias
Publicado en:
BOLETIN OFICIAL DE CANARIAS
(
núm. 252, 31/12/2019
)
http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2019/252/001.html
Corrección de errores
BOLETIN OFICIAL DE CANARIAS
(
núm. 27, 10/02/2020
)
http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2020/027/001.html
BOLETIN OFICIAL DE CANARIAS
(
núm. 136, 07/07/2020
)
http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2020/136/001.html
LEYES Y REGLAMENTOS DE LA C.A.C.
/libroazul/pdf/78307.pdf
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Disposición Final 2
Disposiciones
Observaciones
LEY 7/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2023.
Décima. Modificación de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2020.
1. La disposición final segunda de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2020, queda redactada en los siguientes términos:
«Disposición final segunda. Gratificación del personal docente no universitario por el desempeño de funciones de coordinación para el bienestar y la protección del alumnado, en prevención de riesgos laborales o en tecnologías de la información y la comunicación.
Se crea un concepto retributivo que retribuirá al personal docente no universitario por el desempeño efectivo de funciones de coordinación para el bienestar y la protección del alumnado, en prevención de riesgos laborales o en tecnologías de la información y la comunicación (TIC), durante el periodo de actividades propiamente lectivas y de acuerdo con los requisitos que se establezcan por la consejería competente en materia de educación».
2. Todas las referencias a la gratificación por el desempeño de funciones de coordinación en convivencia, en prevención de riesgos laborales o en tecnologías de la información y la comunicación, contenidas en la normativa vigente, se entenderán hechas a la gratificación por el desempeño de funciones de coordinación para el bienestar y la protección del alumnado, en prevención de riesgos laborales o en tecnologías de la información y la comunicación.
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