A nivel general Derogado excepto los artículos 3.c y 35, que serán de aplicación a las pensiones existentes
Artículo 3 (apartado c). Mantiene su vigencia en cuanto se refiere a las pensiones existentes
Artículo 35 Mantiene su vigencia en cuanto se refiere a las pensiones existentes
A nivel general Derogado excepto los anexos I y II, que serán de aplicación únicamente a los apartamentos clasificados en 1 y 2 llaves y a las villas de 4 y 5 llaves existentes
Anexo 1 Mantiene su vigencia en cuanto se refiere a los apartamentos clasificados en 1 y 2 llaves y a las villas de 4 y 5 llaves existentes
Anexo 2 Mantiene su vigencia en cuanto se refiere a los apartamentos clasificados en 1 y 2 llaves y a las villas de 4 y 5 llaves existentes
A nivel general Derogada excepto el artículo 1 y el anexo I, que serán de aplicación a las pensiones existentes
Artículo 1 Mantiene su vigencia en cuanto se refiere a las pensiones existentes
Anexo 1 Mantiene su vigencia en cuanto se refiere a las pensiones existentes