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Orden, 16 jul 2004, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, por la que se establece un periodo de veda para el marisqueo del mejillon canario en la costa de la isla de Fuerteventura

Publicado en:

Ley 17/2003, 10 abril, de Pesca de Canarias

Artículo 9 (apartado 2.a). Marisqueo del mejillon. Periodo de veda en Fuerteventura

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