A nivel general Se adscribe el organismos autónomo Instituto Canario de la Vivienda a la Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda
Artículo 20 (Competencias de la Dirección General de la Vivienda). Continuara vigente hasta la constitución del Instituto Canario de la Vivienda
Artículo 21 (Competencias de la Dirección General de la Vivienda). Continuara vigente hasta la constitución del Instituto Canario de la Vivienda