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Ley 2/2004, 28 mayo, de Medidas Fiscales y Tributarias

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Ley 7/1984, 11 diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias

Artículo 22 (apartado 1). Modificado (art 12.1)
Artículo 54 Ter Añadido (art 12.2)

Ley 5/1986, 28 julio, del Impuesto especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo

Artículo 9 (Tipos impositivos). Modificado (art 6.1)
Artículo 13 Modificado (art 6.2)

Ley 2/1999, 4 febrero, de medidas urgentes económicas, de orden social y relativas al personal y a la organización administrativa de la Comunidad Autónoma de Canarias para el ejercicio de 1999

Artículo 5 (Por el que se añade un nuevo Capítulo, el IV, al Título V, que comprende el artículo 90.bis al Decreto-legislativo 1/1994). Derogado (DD Única.2)

Ley 10/1999, 13 mayo, de Modificación del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC 98, 10.8.84, corrección 67, 29.5.95)

Disposición Adicional  (Tasa por la prestación de servicios académicos universitarios). Derogada (DD Única.1)

Ley 10/2002, 21 noviembre, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en la Comunidad Autónoma de Canarias

Artículo 2 (apartado 5). Suprimido (art 1.1)
Artículo 4 Añadido (art 1.2)
Artículo 5 Añadido (art 1.3)
Artículo 6 Añadido (art 1.4)
Artículo 7 Añadido (art 1.5)

Ley 22/2003, 30 diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2004

Artículo 52 (Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo). Derogada (DD Única.3)

Decreto-legislativo 1/1994, 29 julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias

A nivel general  Título IV. Capítulo VII «Tasa por la expedición de autorización para la celebración de concursos y competiciones de pesca marítima recreativa» (artículo 76.quinquies). Añadido (art 8.3)
Título IV. Capítulo VIII «Tasa por la expedición de autorización para el ejercicio profesional del marisqueo a pie» (artículo 76.sexies). Añadido (art 8.3)
Título IV. Capítulo IXI «Tasa por la inscripción en el registro del Consejo Regulador de Agricultura Ecológica» (artículo 76.sexties). Añadido (art 8.3)
Título V. Capítulo IV «Tasas por servicios prestados en los Conservatorios Superiores de Música», artículo 90.bis. En la redacción dada por el artículo 5 de la Ley 2/1999). Derogado (DD Única.2)
Artículo 67 (tarifa 9. Tasa por prestación de servicios relativos a la realización de técnicas analíticas). Añadida (art 8.1)
Artículo 76 Bis (apartado 4). Modificado (art 8.2.1)
Artículo 76 Ter (apartado 4). Modificado (art 8.2.2)
Artículo 76 Quinquies (Tasa por la expedición de autorización para la celebración de concursos y competiciones de pesca marítima recreativa) Añadido (art 8.3)
Artículo 76 Sexies (Tasa por la expedición de autorización para el ejercicio profesional del marisqueo a pie). Añadido (art 8.3)
Artículo 76 Septies (Tasa por la inscripción en el registro del Consejo Regulador de Agricultura Ecológica). Añadido (art 8.3)
Artículo 90 Bis (En la redacción dada por el artículo 5 de la Ley 2/1999). Derogado (DD Única.2)
Disposición Adicional 7 Añadida (art 9)

Decreto-legislativo 1/2000, 8 mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias (BOC 157, 24.12.94, BOE 29, 3.2.95) y de Espacios Naturales de Canarias (BOC 61, 14.5.99 corrección 75, 11.6.99; BOE 140, 12.6.99, corrección 157, 2.7.99)

Disposición Transitoria 2 Modificada (DA 2)

A nivel general

Artículo 1

Artículo 2

Artículo 3

Artículo 4

Artículo 5

Artículo 7

Artículo 10

Artículo 11

Artículo 12

Artículo 13

Disposición Transitoria

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