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Sentencia 205/1996, 14 marzo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, recaída en el recurso c-a 1546/94 interpuesto contra los Decretos 186/1994, 12 septiembre (BOC 119, 28.9.94), por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Trabajo y Función Pública; Decreto 187/1994, 12 septiembre (BOC 121, 3.10.94), por el que se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Obras Públicas, Viviendas y Agua y Decreto 193/1994, 30 septiembre (BOC 130, 24.10.94), por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Presidencia y Turismo

Decreto 186/1994, 12 septiembre, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Trabajo y Función Publica

A nivel general  Recurso c-a 1546/94. Estimando parcialmente el recurso se anula del mismo, por ser contrario a Derecho, la forma de provisión de los puestos de trabajo de las Jefaturas de Servicios, Puestos Singularizados, Jefaturas de Sección y Jefaturas de Negociado reseñadas y numeradas en el apartado A) del hecho segundo de la demanda; así como lo relativo a la inclusión en los requisitos para el desempeño de los puestos de trabajo que se indican en el apartado B) del hecho segundo de la demanda, de la Titulación y Experiencia que ha de incluirse en el apartado de méritos preferentes

Decreto 187/1994, 12 septiembre, por el que se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Agua

A nivel general  Recurso c-a 1546/94. Estimando parcialmente el recurso se anula del mismo, por ser contrario a Derecho, la forma de provisión de los puestos de trabajo de las Jefaturas de Servicios, Puestos Singularizados, Jefaturas de Sección y Jefaturas de Negociado reseñadas y enumeradas en el apartado A) del hecho segundo de la demanda

Decreto 193/1994, 30 septiembre por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Presidencia y Turismo

A nivel general  Recurso c-a 1546/94. Estimando parcialmente el recurso se anula del mismo, por ser contrario a Derecho, la forma de provisión de los puestos de trabajo de las Jefaturas de Servicios, Puestos Singularizados, Jefaturas de Sección y Jefaturas de Negociado reseñadas y enumeradas en el apartado A) del hecho segundo de la demanda
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