A) Retribuciones del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de Canarias para el ejercicio 2023. Incluye el incremento retributivo operado tras la publicación de las leyes 7/2022, de 28 de diciembre, de PGCAC para 2023 y 31/2022, de 23 de diciembre, de PGE para el año 2023 donde se establece que, durante el año 2023, tanto las retribuciones del personal al servicio del sector público como la masa salarial del personal laboral no podrán experimentar un crecimiento global superior al 2,5 por ciento respecto de las vigentes a 31 de diciembre de 2022. Asimismo, en función de la evolución del IPCA y PIB, podrán aplicarse incrementos adicionales en los términos previstos en el art. 19.Dos.2 de la citada Ley 31/2022.
B) Retribuciones del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de Canarias para el ejercicio 2023. Incluye el incremento retributivo adicional del 0,5 por ciento operado tras la publicación de la Resolución de 5 de octubre de 2023, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, dependiente del Ministerio de Hacienda y Función Pública, por la que se dictan instrucciones sobre el pago al personal del Sector Público Estatal del incremento retributivo adicional del 0,5 por ciento vinculado a la evolución del IPCA previsto en el art. 19.Dos.2.a) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (BOE nº 239, de 6 de octubre).
C) Retribuciones del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de Canarias para el ejercicio 2023. Incluye el incremento retributivo adicional del 0,5 por ciento operado tras la publicación de la Resolución de 7 de febrero de 2024, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, dependiente del Ministerio de Hacienda, por la que se dictan instrucciones sobre el pago al personal del Sector Público Estatal del incremento retributivo complementario del 0,5 por ciento vinculado a la evolución del PIB previsto en el art. 19.Dos.2.a) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (BOE nº 34, de 6 de febrero de 2024).