De conformidad con lo dispuesto en el artículo 187 del Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales, y con lo regulado en el Real Decreto 287/2021, de 20 de abril, sobre formación y remisión de la información estadístico-contable de los distribuidores de seguros y reaseguros, se establece la obligación anual de los corredores de seguros y agentes de seguros vinculados, tanto personas físicas como jurídicas, que estén inscritos en el “Registro administrativo de distribuidores de seguros y reaseguros” de la Comunidad Autónoma de Canarias, adscrito a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, de remitir cumplimentados los modelos contenidos en los Anexos I (Documentación Estadístico-Contable Anual de los Corredores de Seguros y Reaseguros) y II (Documentación Contable y del Negocio Anual de los Agentes de Seguros Vinculados) del Real Decreto 764/2010, de 11 de junio, por el que se desarrolla la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados, en materia de información estadístico-contable y del negocio, y de competencia profesional, antes del 30 de abril de cada año, relativos al ejercicio anual terminado.
Por otra parte, en virtud de la Orden de 28 de marzo de 2019, de la Consejera de Hacienda, por la que se establece la obligatoriedad de la presentación por medios electrónicos de la información estadístico-contable anual que han de remitir los mediadores de seguros inscritos en el Registro administrativo especial de mediadores de seguros, corredores de reaseguros y de sus altos cargos, de la Comunidad Autónoma de Canarias, en vigor a partir del 12 de abril de 2019, la presentación de la referida Información Estadístico-Contable Anual, ante la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, ha de realizarse obligatoriamente POR MEDIOS ELECTRÓNICOS, resultando de aplicación esta obligación a los mediadores de seguros (corredores de seguros y agentes de seguros vinculados) tanto personas físicas como jurídicas.
Análogamente, de conformidad con la Resolución de 20 de noviembre de 2018, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se establecen los procedimientos administrativos de su competencia sujetos al sistema de notificación electrónica mediante comparecencia en sede electrónica, las notificaciones relacionadas con este procedimiento han de ser tramitadas preceptivamente por medios electrónicos (notificaciones electrónicas por comparecencia en sede).
Para poder operar por medios electrónicos, los mediadores de seguros, personas físicas, y los mediadores de seguros, personas jurídicas, o sus administradores, deberán estar en posesión de un certificado admitido en la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma.
Por tanto, la PRESENTACIÓN de la DEC ANUAL, una vez cumplimentada, deberá realizarse por los interesados POR MEDIOS ELECTRÓNICOS, preferentemente por la siguiente vía (1):
• A través del REGISTRO GENERAL ELECTRÓNICO DEL GOBIERNO DE CANARIAS, debiendo acompañar por esta vía el fichero de la DEC anual exportado en formato XML desde el programa utilizado para su cumplimentación, así como los recibos de abono de las primas del Seguro de Responsabilidad Civil y, en su caso, del Seguro de Caución del ejercicio correspondiente. Adicionalmente, si el presentador es persona distinta al mediador de seguros persona física, Declaración contenida en el modelo 0.1 /AV 0.1 firmada por el mediador escaneada. Si el presentador es persona distinta a la sociedad de mediación en seguros o al representante legal, Declaración contenida en el modelo 0.2 / AV 0.2 firmada por el representante legal de la sociedad escaneada. Para proceder a la firma y presentación definitiva de la solicitud se ha de seleccionar previamente, como órgano de destino, el Departamento Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, y como Centro Directivo, la Viceconsejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, y a continuación, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
Toda vez que la presentación de la DEC anual ha de ser cursada a través de la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias ante la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, tal como se ha señalado, consecuentemente NO SE DEBE ACCEDER AL APARTADO “PREPARAR ENVÍO” de los programas de la DEC, pues en ese caso la presentación se efectuaría ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, que no se corresponde con el órgano de supervisión de los mediadores de seguros inscritos en el mencionado “Registro administrativo de distribuidores de seguros y reaseguros” de la Comunidad Autónoma de Canarias, adscrito a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
Por otra parte, a efectos de tramitar, en su caso, NOTIFICACIONES electrónicas por comparecencia en Sede relacionadas con el referido procedimiento, el interesado deberá acceder a su Área Personal de la Sede Electrónica y añadir, en el apartado “gestión de datos personales” una dirección de correo electrónico en la que recibirá los pertinentes avisos de las actuaciones administrativas que se pongan a su disposición.
Para el cumplimiento de la obligación de la presentación, ANTES DEL 30 DE ABRIL DE 2024, de la Información estadístico-contable correspondiente al ejercicio 2023 (DEC ANUAL 2023), los interesados pueden consultar los siguientes documentos que contienen normas e instrucciones orientativas:
DEC 2023:
Circulares Informativas DEC 2023:
• Corredores de seguros (persona física/persona jurídica): CIRCULAR INFORMATIVA DEC 2023 CORREDORES.
• Agentes de seguros vinculados (persona física/persona jurídica): CIRCULAR INFORMATIVA DEC 2023 AGENTES VINCULADOS.
Guías prácticas DEC 2023:
• Corredores de seguros (persona física/persona jurídica): GUÍA PRÁCTICA DEC 2023 CORREDORES.
• Agentes de seguros vinculados (persona física/persona jurídica): GUÍA PRÁCTICA DEC 2023 AGENTES VINCULADOS.
MANTENIMIENTO DE VERSIÓN ANTERIOR DE CIRCULARES Y GUÍAS PRÁCTICAS (DEC 2022 y 2021):
A efectos informativos, las circulares y guías prácticas relativas a la DEC 2022 y 2021 son las siguientes:
DEC 2022:
Circulares Informativas DEC 2022:
• Corredores de seguros (persona física/persona jurídica): CIRCULAR INFORMATIVA DEC 2022 CORREDORES.
• Agentes de seguros vinculados (persona física/persona jurídica): CIRCULAR INFORMATIVA DEC 2022 AGENTES VINCULADOS.
Guías prácticas DEC 2022:
• Corredores de seguros (persona física/persona jurídica): GUÍA PRÁCTICA DEC 2022 CORREDORES.
• Agentes de seguros vinculados (persona física/persona jurídica): GUÍA PRÁCTICA DEC 2022 AGENTES VINCULADOS.
DEC 2021:
Circulares Informativas DEC 2021:
• Corredores de seguros (persona física/persona jurídica): CIRCULAR INFORMATIVA DEC 2021 CORREDORES.
• Agentes de seguros vinculados (persona física/persona jurídica): CIRCULAR INFORMATIVA DEC 2021 AGENTES VINCULADOS.
Guías prácticas DEC 2021:
• Corredores de seguros (persona física/persona jurídica): GUÍA PRÁCTICA DEC 2021 CORREDORES.
• Agentes de seguros vinculados (persona física/persona jurídica): GUÍA PRÁCTICA DEC 2021 AGENTES VINCULADOS.
Instrucciones de cumplimentación:
• Cartera de seguros intermedia. Distribución (Modelo 2.1.1 Corredores de Seguros / Modelo 2.1 Agentes de Seguros Vinculados).
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1) Alternativamente, se podrá presentar a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias, seleccionando el procedimiento 4487 - Remisión por los mediadores de seguros inscritos en el "Registro administrativo especial de mediadores de seguros, corredores de reaseguros y de sus altos cargos" de Canarias, de la documentación estadístico-contable anual, accediendo a la gestión telemática.