PROGRAMA OPERATIVO DE ASISTENCIA TÉCNICA.
El Reglamento 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, atribuye mucha importancia a las funciones de evaluación, seguimiento, control e información, como forma de mejorar la utilización de los recursos disponibles y lograr las condiciones adecuadas para llevar a cabo las actuaciones del Marco Estratégico Nacional de Referencia.
El objeto se este Programa es asegurar el desarrollo de estas funciones.
El Programa contempla las siguientes actuaciones, de las cuales, la 1, 2 y 4 están específicamente dirigidas a reforzar la capacidad administrativa de utilización de los Fondos:
1. Apoyo a las Autoridades de Gestión y de Certificación en las tareas de organización, control y coordinación derivadas de las obligaciones impuestas por el Reglamento a dichas autoridades. Asimismo, las tareas de equipamiento y formación del personal que forman parte de esta actuación.
2. Seguimiento: canalizando los flujos de información entre las autoridades del sistema, la Unión Europea y los promotores y ejecutores de las actuaciones aportando información cualitativa sobre el contenido y resultado de las actuaciones. Contribuyendo al funcionamiento y organización de los Comités de Seguimiento, facilitando la documentación y asistencia de especialistas que fuesen necesarias.
3. Participación en las funciones de control, mediante la colaboración en las misiones de fiscalización a cargo de los diversos órganos nacionales y comunitarios.
4. Reforzamiento del sistema informático, estableciendo dispositivos de recogida de datos financieros y estadísticos, líneas permanentes de intercambio de información y experiencias con la Comisión y con los Estados Miembros.
5. Actuación en información y publicidad, aspecto sobre el que la nueva reglamentación pone especial énfasis, concretando determinadas obligaciones de los Estados Miembros con los potenciales beneficiarios de los Fondos y con la opinión publica, en cuanto a las posibilidades ofrecidas por dichos Fondos e información de los resultados de las distintas intervenciones.
6. Realización de estudios relacionados con las actuaciones cofinanciadas en el conjunto del territorio, la defensa del medio-ambiente, la aplicación del principio de igualdad de oportunidades y con los otros sectores prioritarios definidos por la Comisión.
7. Apoyo a las actividades a realizar por las Redes Sectoriales previstas en el MENR, con la participación de los Ministerios y las Consejerías regionales correspondientes en cada caso, así como, con otros organismos implicados (Instituto de la Mujer, Federación de Municipios y Provincias, Red de Autoridades Ambientales, etc.).
8. Evaluación, la cual, según establece el art. 47 del Reglamento (CE) 1083/2006 será financiada con cargo al presupuesto de asistencia técnica.
El coste total programado asciende a 88,2 millones de euros, de los que la UE, a través del FEDER, aporta 63,9 millones. Canarias recibirá 24,3 millones de euros del FEDER.
(Millones de Euros)
PARTICIPACIÓN PÚBLICA | APORTACIÓN PRIVADA | COSTE TOTAL | |
AYUDA COMUNITARIA | PARTICIPACIÓN NACIONAL | ||
FEDER63,9 | Ad.Central24,3 | ||
FSE | Ad. Regional | ||
FEP | Ad. Local | ||
Otras | |||
TOTAL 63,9 | 24,3 | 88,2 |
Más información en: http://www.dgfc.sgpg.meh.es/