Ficha de la unidad
Director General
Ilmo. Sr. D. Manuel Ramírez Sánchez
Nombramiento: Decreto 76/2020, de 16 de julio (BOC nº 145 de 20.07.2020)
Web: https://www.gobiernodecanarias.org/eucd/
Correo electrónico: dg.universidades@gobiernodecanarias.org
Competencias
La Dirección General de Universidades ejercerá, en su ámbito funcional, las competencias previstas en el artículo 19 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias.
Asimismo, le corresponden las competencias de dirección, coordinación, estudio y resolución en materia de universidades no atribuidas específicamente a otro órgano, y en concreto, las siguientes:
- Ejercer la coordinación del Departamento con las Universidades de la Comunidad Autónoma canaria, sin perjuicio de las funciones atribuidas al Consejo de Universidades previstas en las disposiciones legales vigentes, y de las competencias de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos.
- Informar sobre los proyectos de los Estatutos elaborados por las Universidades.
- Elaborar estudios y propuestas para la creación, modificación y supresión de las escuelas, facultades, departamentos, institutos universitarios de investigación y escuelas de doctorado; y en su caso para la adscripción y revocación de la adscripción a Universidades Públicas, como institutos universitarios de investigación, instituciones, centros de investigación de carácter público o privado y centros de enseñanza universitaria.
- Elaborar estudios e informes sobre cuestiones relativas al presupuesto y financiación de las Universidades Canarias.
- Elaborar la propuesta de los costes de plantilla del personal docente y no docente de las Universidades, que deberá ser autorizada por el Gobierno, previo informe de la Consejería competente en materia de hacienda. Esta autorización deberá ser anterior a la aprobación de los Presupuestos de las Universidades.
- Elaborar estudios económicos previos dirigidos a la fijación de precios públicos en los términos establecidos en la legislación específica.
- Elaborar y gestionar programas de becas y ayudas a estudios universitarios, y complementar las ofertadas con el mismo fin por otras administraciones públicas.
- Gestionar el modelo de financiación de las Universidades Públicas Canarias.
- Las demás funciones que le vengan atribuidas por el ordenamiento jurídico.
Marco Legal
- Corrección de errores del Decreto 203/2019, de 1 de agosto (BOC nº 149, de 5.8.19), por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias (BOC nº 167 de 30.08.2019).
- Decreto 203/2019, de 1 de agosto (BOC nº 149 de 05.08.2019) por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.
- Decreto 119/2019, de 16 de julio, del Presidente (BOC nº 136, de 17.07.2019), por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías.
- Decreto 135/2016, de 10 de octubre (BOC nº 203, de 19.10.2016), por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación y Universidades.
- Orden de 19 de enero de 2007 (BOC nº 21, de 29.01.2007), por la que se determina el régimen jurídico, funcionamiento y atribuciones de las Direcciones Insulares de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes
Oficinas de registro
S.G.T. de Educación, Universidades, Cultura y Deportes
Avda. Buenos Aires, 5
Edf. Tres de Mayo Planta 1ª
38071 Santa Cruz de Tenerife
Horario de atención al público:
- Lunes a viernes: de 9 a 14 horas
- Julio, agosto y septiembre: de 9 a 13 horas
- Cerrado: festivos, sábados, 24 y 31 de diciembre
S.G.T. de Educación, Universidades, Cultura y Deportes
C/ Alcalde Díaz Saavedra Navarro, 42
Edf. Granadera Canaria Planta Baja
35071 Las Palmas de Gran Canaria
Horario de atención al público:
- Lunes a viernes: de 9 a 14 horas
- Julio, agosto, septiembre: de 9 a 13 horas
- Cerrado: festivos, sábados, 24 y 31 de diciembre.