1. Subdirección General de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas. Certificación negativa de denominación.
Una de las personas promotoras de una Sociedad cooperativa deberá solicitar certificación que acredite la no existencia de otra Sociedad con idéntica denominación en la que se incluirá la expresión “Sociedad Cooperativa” o su abreviatura “S.COOP.”. Dicha certificación tendrá una vigencia de seis meses, renovables.
Contacto: Subdirección General de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas. Registro de Sociedades Cooperativas.
C/. Agustin de Bethencourt, nº 4. (28071) Madrid
Tfno. (91) 3631800 Fax (91)3630888
2. Registro de Cooperativas .Calificación previa de los Estatutos.
Antes de la constitución de la cooperativa, los promotores de la misma voluntariamente podrán solicitar al Registro de Cooperativas la calificación previa de los Estatutos - aconsejable para evitar gasto innecesario de notario-. Para ello tendrán que presentar en el Registro de Cooperativas, Solicitud de Calificación Previa de Estatutos de Sociedades Cooperativas junto a la siguiente documentación:
- Original y copia de Certificación negativa de denominación.
- Por duplicado, texto íntegro del proyecto de los Estatutos por los que se va a regir la cooperativa.
3. Notaría. Escritura pública de constitución.
Todos los promotores sociales otorgarán la escritura pública de constitución en la que expresarán todos los extremos previstos en el art. 10 de la Ley de Cooperativas, incorporando al documento certificado bancario acreditativo del desembolso por los otorgantes de la aportación obligatoria mínima, certificación negativa de denominación y texto de los Estatutos.
4. Consejería de Hacienda. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos documentados.
Liquidar el Modelo 600 en el plazo de 30 días desde el otorgamiento de la escritura pública de constitución.
5. Delegación de la Agencia Tributaria Estatal. Código de Identificación Fiscal (CIF).
Solicitar el CIF de la Sociedad Cooperativa, para lo que deberá aportar copia de la escritura pública de constitución.
6. Registro de Cooperativas. Inscripción de la Cooperativa.
Se presentará en el Registro de Cooperativas, Solicitud de Inscripción de Constitución de Sociedades Cooperativas junto a la siguiente documentación:
- Copia autorizada y copia simple de la escritura de constitución.
- Acreditación de la autoliquidación del Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
- Original y copia de la Tarjeta del CIF.
Las Sociedades cooperativas adquirirán personalidad jurídica con la Inscripción de la escritura pública de constitución en el Registro de Sociedades Cooperativas.
Abono de Tasas (Modelo 700)
La solicitud de Inscripción deberá ir acompañada de copia del comprobante del abono de las correspondientes Tasas.
En “Enlaces” puede acceder al Modelo 700 de abono de tasas por servicios administrativos, que deberá cumplimentar en los términos indicados en el siguiente cuadro de ayuda:
Tasa por Inscripción en Registro: