a) Transporte público (urbano e interurbano): Se otorgarán ayudas por la utilización de la red de transportes públicos, urbanos e interurbanos y, como excepción, también ayudas por utilización de transporte de vehículo propio cuando no exista medio de transporte público o éste no tenga un horario regular que permita compatibilizarlo con la acción formativa. La cuantía de la ayuda para transporte público interurbano es de 1,50 € por día de asistencia; las cuantías de la ayuda para transporte público urbano e interurbano vendrán determinadas en función del lugar donde se imparte la acción formativa y el lugar de residencia.
NOTA IMPORTANTE
Desde el 01/01/2023 hasta el 31/12/2023 se establece la GRATUIDAD para este tipo de transporte si la persona participante en el curso, FCT ó PNL:
Supuesto A: No recibirá ayuda de transporte público por ya estar subvencionada.
- Posee Bono Residente Canario (BRC) y sus distintas modalidades.
- Asiste un mínimo de 8 días o más al mes.
Supuesto B: Recibirá ayuda de transporte público por los días de asistencia que correspondan al alumnado ( - 8 días)
Para el caso que el alumnado asistiera menos de 8 días al mes, se le abonarían los días efectivos de asistencia al curso,FCT ó PNL.
b) Transporte en vehículo propio: cuando no exista medio de transporte público entre el domicilio del alumno o alumna y el del centro o este transporte no tenga un horario regular que permita compatibilizarlo con el curso o práctica no laboral deberá acreditarse para ser valorado por la Subdirección de Formación. Cuantía: 0,19 €/km (límite máximo 3.000 €). Esta ayuda es incompatible con otra igual concedida a otro miembro de la unidad familiar para el mismo trayecto y/o horario.