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Actos inscribibles

A. Calificación e inscripción de Sociedades Laborales de nueva constitución o de las sociedades preexistentes que se conviertan en Sociedades Laborales.
B. Modificación de los Estatutos que afecten a:

  • Su denominación.
  • La composición del capital social o régimen de transmisiones de acciones y participaciones.
  • Baja y descalificación de oficio cuando concurran algunas de las causas legales de pérdida como sociedad laboral establecidas en el artículo 15 de la Ley.

Documentación: Se presentará en el Registro de Sociedades Laborales, junto a la Solicitud de inscripción de dichos actos, la siguiente documentación:

  • Copia autorizada y copia simple de la escritura de constitución o de elevación a público de acuerdos sociales correspondiente.
  • Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados ante la Consejería de Economía y Hacienda, según proceda.

Abono de Tasas (Modelo 700)
La solicitud de Inscripción deberá ir acompañada de copia del comprobante del abono de las correspondientes Tasas.
En “Enlaces” puede acceder al Modelo 700 de abono de tasas por servicios administrativos, que deberá cumplimentar en los términos indicados en el siguiente cuadro de ayuda:

Tasa por Inscripción en Registro:    

 

 

En el caso de las Sociedades preexistentes tendrán además que presentar:

  • Certificación literal del Registro Mercantil sobre los asiento vigentes relativos de la sociedad.
  • Certificación de la titularidad del capital social resultante del Libro de Registro de acciones nominativas o de socios correspondiente.

NOTA: Para la inscripción de dichos actos en el Registro Mercantil será necesario aportar certificación del Registro de Sociedades Laborales en el que conste que ha sido calificada o que no afecta a su calificación como laboral o de la baja por descalificación.

 


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