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Subvenciones por la contratación indefinida y para la adaptación del puesto de personas con discapacidad en la empresa ordinaria

OBJETO

Fomento de la contratación indefinida y de la adaptación del puesto de trabajo (incluidas las medidas de accesibilidad universal física, sensorial, cognitiva, de comunicación y las adecuadas en función de las necesidades de cada situación concreta, la dotación de equipos de protección personal para evitar riesgos laborales y eliminación de barreras u obstáculos que impidan o dificulten su trabajo) de las personas con discapacidad con el objeto del fomento de su inserciónen el mercado ordinario de trabajo.

 

A QUIÉN ESTÁ DIRIGIDO

Pymes, Grandes empresas, personas empresarias Autónomas, Cooperativas y Sociedades Laborales.

INICIO DEL TRÁMITE

Persona interesada,

PERSONA BENEFICIARIA

Pymes, Grandes empresas, personas empresarias Autónomas, Cooperativas y Sociedades Laborales.

GRADO DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

Nivel 4: Tramitación electrónica completa.

SE PUBLICA EN LA VENTANILLA ÚNICA EUROPEA

No.

 

REQUISITOS PREVIOS

Subvención por la contratación indefinida de personas con discapacidad

Las empresas, personas empresarias autónomas, cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales habrán de estar en alta en el Impuesto de Actividades Económicas y tener asignado Código Cuenta Cotización. No serán objeto de subvención:
a) Contrataciones realizadas con personas trabajadoras que, en los 24 meses anteriores a la fecha de la contratación, hubiesen prestado servicios en la misma empresa o grupo de empresas mediante un contrato por tiempo indefinido. Lo dispuesto en el párrafo precedente será también de aplicación en el supuesto de vinculación laboral anterior de la persona trabajadora con empresas a las que la solicitante de los beneficios haya sucedido en virtud de lo establecido en el artículo 44 de la Ley del Estatuto de las personas Trabajadoras.
b) Contrataciones realizadas con personas trabajadoras que hayan finalizado su relación laboral de carácter indefinido en un plazo de tres meses previos a la formalización del contrato.
Cada contratación indefinida incentivada debe suponer un incremento neto de la plantilla fija de la entidad beneficiaria, no computándose las variaciones en plantilla como consecuencia de renuncia voluntaria, reconocimiento de discapacidad o incapacidad laboral permanente total o parcial, jubilación, defunción o modificación por reducción voluntaria de tiempo de trabajo o por despido disciplinario procedente, así como, en el caso de subrogaciones.

  Subvención para la adaptación del puesto de trabajo de personas con discapacidad

Las entidades solicitantes habrán de estar en alta en el Impuesto de Actividades Económicas y tener asignado Código Cuenta Cotización.

Contratos indefinidos o temporales de fomento del empleo para personas con discapacidad o siempre que su duración sea igual o superior a 12 meses, contratos en prácticas o para la formación.

CUANTÍA

Subvención por contratación indefinida de personas con discapacidad

5.500 euros (6.000 euros si la persona contratada es mujer o mayor de 45 años) por cada contratación indefinida inicial o transformación de contrato temporal en indefinido a tiempo completo.


7.000 euros (7.500 euros si es mujer o mayor de 45 años) cuando la contratación indefinida a tiempo completo se celebre con personas con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo, es decir, personas con parálisis cerebral, con trastorno de la salud mental, del espectro del autismo o con discapacidad intelectual con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento, así como las personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por ciento.


Las cuantías de estas subvenciones se podrán incrementar hasta en 2.000 euros cuando la contratación se realice por una persona empresaria autónoma o por una cooperativa o sociedad laboral que contrate a su primera persona empleada, o bien cuando la persona trabajadora contratada proceda de algún Enclaves Laboral (regulados por RD 290/2004, de 20 de febrero).


2.000 euros por cada contrato laboral indefinido celebrado a tiempo completo con personas con al menos un 20% de discapacidad intelectual que no alcancen el 33% (Art. 4 del RD 368/2021, de 25 de mayo, que modifica el RD 1451/1983, de 11 de mayo).


Cuando el contrato se concierte a tiempo parcial, la subvención que corresponda se reducirá proporcionalmente en función de la jornada realizada, sin que esta pueda ser inferior al 30% de la jornada a tiempo completo. Este límite mínimo no se aplica a las contrataciones de personas con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo arriba señaladas.

  Subvención para la adaptación del puesto de trabajo de personas con discapacidad

  1.800 euros por persona trabajadora contratada con discapacidad compatibles con la anterior subvención.

 

CRITERIOS DE VALORACIÓN Y BAREMACIÓN

Se atienden todas las solicitudes con sujeción a la disponibilidad presupuestaria.

 

ABONO

Pagos justificados.

 

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