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Subvención del coste salarial de las personas con discapacidad que trabajan en Centros Especiales de Empleo

OBJETO

Subvención del coste salarial de las personas con discapacidad que trabajan en Centros Especiales de Empleo (CEE), vinculadas a la creación y al mantenimiento continuado de los puestos de trabajo por los que fue calificado el centro, bien por continuidad de las personas inicialmente contratadas o por su sustitución por otras o para cubrir nuevos puestos de trabajo.

A QUIÉN ESTÁ DIRIGIDO

Entidades titulares de los Centros Especiales de Empleo y dichos Centros, cuando tengan personalidad jurídica propia.

 

INICIO DEL TRÁMITE

Persona interesada.

 

BENEFICIARIOS

Entidades titulares de los Centros Especiales de Empleo inscritos en el Registro correspondiente del Servicio Canario de Empleo y dichos Centros cuando tengan personalidad jurídica propia.

 

GRADO DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

Nivel 4: Tramitación electrónica completa.

 

SE PUBLICA EN LA VENTANILLA ÚNICA EUROPEA

No.

 

REQUISITOS PREVIOS

La persona contratada debe tener una discapacidad legalmente reconocida de al menos el 33% o equivalente. Los CEE deben figurar inscritos en el registro que gestiona el SCE y su número de personas trabajadoras con discapacidad debe ser igual o superior al 70% del total de la plantilla. A estos efectos, no se contemplará el personal sin discapacidad dedicado a la prestación de servicios de ajuste personal y social.

 

TASAS

No se exigen.

 

CUANTÍA

En el caso de personas con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo, es decir, personas con parálisis cerebral, discapacidad intelectual, trastorno de salud mental o del espectro del autismo con grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%, así como personas con discapacidad física o sensorial con grado de discapacidad igual o superior al 65%:

- Subvención por importe del 55% del vigente Salario Mínimo Interprofesional (SMI) (60% si es mujer o mayor de 45 años) por cada persona trabajadora con contrato indefinido.

- Subvención por importe del 50% del SMI si es con contrato temporal de duración mínima de 6 meses

 

Cuando se trate de personas trabajadoras con discapacidad física o sensorial con grado inferior al 65%:

- Subvención por importe del 50% del SMI vigente, con contrato indefinido.

- Subvención por importe del 40% del SMI con contrato temporal de duración mínima de 6 meses.

 

CRITERIOS DE VALORACIÓN Y BAREMACIÓN

Se atienden todas las solicitudes con sujeción a la disponibilidad presupuestaria.

 

ABONO

Concesión directa.

 

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