Equipos multidisciplinares con funciones de apoyo para que la persona trabajadora con discapacidad pueda desarrollar su actividad laboral en los Centros Especiales de Empleo (CEE), a partir de la valoración de sus capacidades, el análisis del puesto de trabajo, el establecimiento de las relaciones precisas con el entorno familiar y social y el desarrollo de cuantos programas de formación sean necesarios para la adaptación al puesto, a las nuevas tecnologías y a los procesos productivos.
Con el establecimiento de apoyos individualizados se persigue la autonomía e independencia de la persona trabajadora en su puesto de trabajo, su integración en el Centro y la asistencia en su proceso de incorporación a los Enclaves Laborales y al mercado ordinario de trabajo
El Real Decreto 469/2006, de 21 de abril, regula las Unidades de Apoyo a la actividad profesional (UAAP), en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los CEE, y establece las subvenciones destinadas a financiar los costes laborales y de seguridad social derivados de la contratación indefinida de las personas componentes de las Unidades de Apoyo.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las entidades titulares de CEE y dichos Centros, cuando tengan personalidad jurídica propia, que figuren inscritos como tales en el Registro de CEE del Servicio Canario de Empleo e integren en su plantilla a personas trabajadoras con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo, es decir, personas con parálisis cerebral, con discapacidad intelectual o con trastorno de la salud mental o del espectro del autismo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento, y/o personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por ciento.
El importe de las subvenciones será de hasta 1.440 euros anuales por cada persona trabajadora del Centro con la discapacidad inicada, que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo, destinataria final del programa, contratada mediante contrato indefinido o contrato temporal de duración igual o superior a seis meses, importe que se reducirá proporcionalmente en función de la duración del contrato y de la duración de la jornada mantenida, en el supuesto de que el contrato sea a tiempo parcial.
El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere los costes laborales y Seguridad Social derivados de la contratación indefinida de las personas trabajadoras componentes de las Unidades de Apoyo.
Las subvenciones se conceden, sujetas a Convocatoria, en el plazo indicado en la misma, en régimen de concurrencia competitiva, por periodo máximo de un 1 año, previa solicitud del CEE.
Para acceder a estas subvenciones, las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional estarán compuestas por:
a) 1 persona técnica de Grado Medio o Superior, al menos al 20% de jornada, y 1 persona encargada de apoyo a la producción, a tiempo completo, o las que correspondan proporcionalmente si la contratación se realiza a tiempo parcial, cuando el Centro cuente con hasta 15 personas trabajadoras con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo.
b) 1 persona técnica de Grado Medio o Superior, al menos al 80% de su jornada, y 2 personas encargadas de apoyo a la producción a tiempo completo, cuando el centro cuente con 16 a 30 personas trabajadoras con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo.
c) 2 personas técnicas de Grado Medio o Superior, una a tiempo completo y otra al menos al 50% de su jornada, y 3 personas encargadas de apoyo a la producción a tiempo completo, cuando el centro cuente con 31 a 45 personas trabajadoras con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo.
d) 2 personas técnicas de Grado Medio o Superior, a tiempo completo, 4 personas encargadas de apoyo a la producción a tiempo completo, cuando el centro cuente con 46 a 60 personas trabajadoras con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo.
e) 3 personas técnicas de Grado Medio o Superior, dos a tiempo completo y la otra al menos al 50% de su jornada, y 5 personas encargadas de apoyo a la producción a tiempo completo, cuando el centro cuente con 61 a 75 personas trabajadoras con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo.
f) Para más de 75 personas trabajadoras, se establecerá la plantilla de la Unidad de Apoyo a la Actividad Profesional proporcionalmente, según los criterios anteriormente expresados.
Cuando por causas justificadas se produzcan vacantes del personal que integra estas Unidades, deberán ser cubiertas a fin de mantener la proporcionalidad establecida.
Trámite electrónico de Solicitud de subvención a las Unidades de Apoyo:
https://sede.gobcan.es/empleo/procedimientos_servicios/tramites/4130