Equipos multidisciplinares con funciones de apoyo para que la persona trabajadora con discapacidad pueda desarrollar su actividad laboral en los Centros Especiales de Empleo (CEE), a partir de la valoración de sus capacidades, el análisis del puesto de trabajo, el establecimiento de las relaciones precisas con el entorno familiar y social y el desarrollo de cuantos programas de formación sean necesarios para la adaptación al puesto, a las nuevas tecnologías y a los procesos productivos.
Con el establecimiento de apoyos individualizados se persigue la autonomía e independencia de la persona trabajadora en su puesto de trabajo, su integración en el Centro y la asistencia en su proceso de incorporación a los Enclaves Laborales y al mercado ordinario de trabajo,
El Real Decreto 469/2006, de 21 de abril, regula las Unidades de Apoyo a la actividad profesional (UAAP), en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los CEE, y establece las subvenciones destinadas a financiar los costes laborales y de seguridad social derivados de la contratación indefinida de las personas componentes de las Unidades de Apoyo.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las entidades titulares de CEE y dichos Centros, cuando tengan personalidad jurídica propia, que figuren inscritos como tales en el Registro de CEE del Servicio Canario de Empleo e integren en su plantilla a personas trabajadoras con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo, es decir, personas con parálisis cerebral, con discapacidad intelectual o con trastorno de la salud mental o del espectro del autismo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento, y personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por ciento.
El importe de las subvenciones será de hasta 1.440 euros anuales por cada persona trabajadora del Centro con el tipo y grado de discapacidad indicada, que presenta mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo, destinataria final del programa, contratada mediante contrato indefinido o contrato temporal de duración igual o superior a seis meses, importe que se reducirá proporcionalmente en función de la duración del contrato y de la duración de la jornada mantenida, en el supuesto de que el contrato sea a tiempo parcial.
El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos con el mismo objeto, supere los costes laborales y Seguridad Social derivados de la contratación indefinida de las personas trabajadoras componentes de las Unidades de Apoyo.
Las subvenciones se conceden, sujetas a Convocatoria, en el plazo indicado en la misma, en régimen de concurrencia competitiva, por el periodo máximo de un 1 año, previa solicitud del CEE.
Para acceder a estas subvenciones, las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional estarán compuestas por:
a) 1 persona técnica de Grado Medio o Superior, al menos al 20% de jornada, y 1 persona encargada de apoyo a la producción, a tiempo completo, o las que correspondan proporcionalmente si la contratación se realiza a tiempo parcial, cuando el Centro cuente con hasta 15 personas trabajadoras con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo.
b) 1 persona técnica de Grado Medio o Superior, al menos al 80% de su jornada, y 2 personas encargadas de apoyo a la producción a tiempo completo, cuando el centro cuente con 16 a 30 personas trabajadoras con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo.
c) 2 personas técnicas de Grado Medio o Superior, una a tiempo completo y otra al menos al 50% de su jornada, y 3 personas encargadas de apoyo a la producción a tiempo completo, cuando el centro cuente con 31 a 45 personas trabajadoras con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo.
d) 2 personas técnicas de Grado Medio o Superior, a tiempo completo, 4 personas encargadas de apoyo a la producción a tiempo completo, cuando el centro cuente con 46 a 60 personas trabajadoras con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo.
e) 3 personas técnicas de Grado Medio o Superior, dos a tiempo completo y la otra al menos al 50% de su jornada, y 5 personas encargadas de apoyo a la producción a tiempo completo, cuando el centro cuente con 61 a 75 personas trabajadoras con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo.
f) Para más de 75 personas trabajadoras, se establecerá la plantilla de la Unidad de Apoyo a la Actividad Profesional proporcionalmente, según los criterios anteriormente expresados.
Cuando por causas justificadas se produzcan vacantes del personal que integra estas Unidades, deberán ser cubiertas a fin de mantener la proporcionalidad establecida.
Trámite electrónico de Solicitud de subvención a las Unidades de Apoyo:
https://sede.gobcan.es/empleo/procedimientos_servicios/tramites/4130