ORDEN de 31 de marzo de 2015, por la que se establecen determinadas condiciones en las autorizaciones de uso temporal a favor de entidades jurídicas públicas o privadas sin ánimo de lucro de dispositivos en materia de seguridad pública, protección civil y atención de emergencias cuya gestión le corresponde a la Dirección General Emergencias y se delega en la persona titular de este Centro Directivo la competencia para la autorización.
Las solicitudes deben ser realizadas con un plazo de al menos 15 días hábiles antes del comienzo del evento.