TÍTULO O CERTIFICADO ACADÉMICO QUE APORTA | EQUIVALENCIA | EFECTOS | NORMATIVA | ¿CÓMO SE ACREDITA? | |
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GRADUADO ESCOLAR | 2.º de Educación Secundaria Obligatoria | Académicos | Anexo I del Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo (BOE n.º 151, de 25 de junio) | NO PRECISA TRÁMITE ALGUNO: El título de Graduado Escolar, junto con la mención a la normativa indicada, es suficiente acreditación de la equivalencia de los estudios, sin necesidad de otro trámite administrativo. |
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Título de Graduado o Graduada en Educación Secundaria Obligatoria | Profesionales | Disposición adicional trigésima primera.1, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE n.º 106, de 4 de mayo) |