Serán objeto de convalidación los módulos profesionales de los Ciclos Formativos de Formación Profesional que estén regulados en los reales decretos por los que se establecen los Títulos de Formación Profesional del Sistema Educativo. Asimismo, pueden ser convalidados los módulos profesionales establecidos en el desarrollo curricular de nuestra Comunidad Autónoma.
Los requisitos generales para solicitar una convalidación son:
La actual normativa de referencia para las convalidaciones de las enseñanzas de formación profesional es el Real Decreto 1085/2020, de 9 de diciembre, por el que se establecen convalidaciones de módulos profesionales de los títulos de Formación Profesional del sistema educativo español y las medidas para su aplicación, y se modifica el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
Si se dispone de una titulación de técnico superior de formación profesional y se quiere realizar un grado universitario, las convalidaciones las resuelve la universidad en concreto donde se cursen los estudios universitarios en los términos que establece el Real Decreto 1618/2011, de 14 de noviembre, sobre reconocimiento de estudios en el ámbito de la Educación Superior.
Aquellas personas que estén matriculadas en un ciclo formativo y cuenten con, al menos, un año trabajado a tiempo completo en ocupaciones directamente relacionadas con los estudios que cursan, tienen derecho a solicitar la exención del módulo de Formación en Centros de Trabajo. Si obtienen esta exención, se considera que el módulo de Formación en Centros de Trabajo es apto y no deben realizarlo.
1. La justificación de la experiencia laboral se hará con los siguientes documentos:
a) Para trabajadores o trabajadoras asalariados:
b) Para trabajadores o trabajadoras autónomos o por cuenta propia:
c) Para trabajadores o trabajadoras voluntarios o becarios:
2. El período de solicitud será:
a) Si el alumno realiza el módulo profesional de FCT en el periodo establecido con carácter general, la solicitud de exención se presentará al menos un mes antes del inicio de las actividades programadas para dicho módulo profesional.
b) Cuando se trate de un alumno que se matricule solo del módulo profesional de FCT y, si procede, el de proyecto, esta solicitud se entregará en el momento de formalizar la matrícula.