INFORMACIÓN IMPORTANTE SOBRE COOKIES

Este portal web utiliza cookies propias y de terceros para recopilar información que ayuda a optimizar su visita. Las cookies no se utilizan para recoger información de carácter personal. Usted puede permitir su uso o rechazarlo, también puede cambiar su configuración siempre que lo desee. Dispone de más información en nuestra Política de Cookies.

Certificado de Escolaridad

Equivalencia de títulos y estudios: Certificado de Escolaridad.

TÍTULO O CERTIFICADO ACADÉMICO QUE APORTA  EQUIVALENCIA    EFECTOS   NORMATIVA  ¿CÓMO SE ACREDITA?
CERTIFICADO DE ESCOLARIDAD (o CERTIFICADO SUSTITUTORIO) Título de Graduado Escolar Profesionales Artículos 2 y 3, respectivamente, de la Orden ECD/1417/2012, de 20 de junio, por la que se establece la equivalencia del Certificado de Escolaridad y de otros estudios con el título de Graduado Escolar  regulado en la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, a efectos laborales (BOE n.º 156, de 30 de junio) NO PRECISA TRÁMITE ALGUNO: El Certificado de Escolaridad o el Certificado sustitutorio, emitido por la Administración educativa, junto con la mención a la normativa indicada, es suficiente acreditación de la equivalencia de los estudios, sin necesidad de otro trámite administrativo.  Imprimir NOTA INFORMATIVA
Reunió condiciones para la obtención del CERTIFICADO DE ESCOLARIDAD o CERTIFICADO SUSTITUTORIO, pero no está en posesión Título de Graduado Escolar Profesionales Artículo 4 de la Orden ECD/1417/2012, de 20 de junio, por la que se establece la equivalencia del Certificado de Escolaridad y de otros estudios con el título de Graduado Escolar regulado en la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, a efectos laborales (BOE n.º 156, de 30 de junio) Mediante Resolución individualizada. (*)  Enlace a la solicitud:
https://sede.gobcan.es/sede/procedimientos_servicios/tramites/5862

 (*) Sólo precisa solicitud de equivalencia, aquellos supuestos en los que las disposiciones legales exigen la emisión de RESOLUCIÓN INDIVIDUALIZADA de equivalencia de estudios cursados.