Preguntas Frecuentes de Ayudas al desplazamiento de estudiantes

Ayudas al desplazamiento de estudiantes

Preguntas Frecuentes

1. ¿Cúal es el objeto de estas ayudas?

Sufragar los gastos del desplazamiento del estudiantado residente en Canarias que deba trasladarse a centros públicos fuera de su isla de residencia habitual, ya sea a Canarias o al resto de España, para realizar estudios superiores, tanto universitarios como de formación profesional o de enseñanzas artísticas, en el caso de que no exista oferta en su isla de residencia o de que, aún existiendo, no haya obtenido plaza.















2. ¿A quién van destinadas estas ayudas?

Al alumnado con residencia en las Islas Canarias que curse estudios superiores que abarquen la enseñanza universitaria, las enseñanzas artísticas superiores, la formación profesional de grado superior, las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior y las enseñanzas deportivas de grado superior en centros públicos, en una isla distinta a la de residencia o en el resto del territorio español, por no existir oferta académica o por no haber obtenido plaza en los centros públicos en la isla de residencia, para el curso 2021/2022

3. ¿Tiene requisitos?

Sí. El requisito principal es tener que trasladarse a otra isla o a la península por ausencia de oferta formativa pública superior en su lugar de residencia.
 
4. ¿Cuál es la actividad que fundamenta las ayudas?

La actividad que fundamenta estas ayudas son los desplazamientos aéreos o marítimos, en clase turista, que el alumnado residente en cualquier isla de Canarias realice para cursar sus estudios superiores en una isla distinta de la de residencia o en el resto del territorio español.

5. ¿Son compatibles con otras becas y ayudas?

Sí. Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualquier Administración, entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
6. ¿Me cubre esta ayuda al desplazamiento los viajes de Tenerife a Gran Canaria o viceversa?.

Sí, siempre que se cumpla el requisito de inexistencia de oferta formativa en la isla  de residencia o de no haber obtenido plaza para realizar estudios superiores oficiales en la isla de residencia, en centros públicos, obligando al desplazamiento fuera de la misma.

7. En caso de no poder cursar mis estudios en canarias por falta de oferta formativa o por no obtener plaza en los centros públicos ¿podré pedir la ayuda si tengo que desplazarme a centros públicos en la Península?.

Sí.
8. ¿Qué periodos de desplazamiento aéreo o marítimo se subvencionan?

El periodo subvencionable, o de realización de la actividad, se fija entre el 1 de agosto de 2021 y el 31 de julio de 2022. Los billetes podrán ser comprados con anterioridad a dicho periodo siempre que los trayectos se realicen entre las fechas anteriormente mencionadas.


9. ¿Qué importe tienen estas ayudas?

Alumnado que realiza sus estudios en Gran Canaria, en función de su isla de residencia o que resida en Gran Canaria y realice sus estudios en cada una de las siguientes islas:

El Hierro: 180 euros

Fuerteventura: 135 euros

La Gomera: 150 euros

La Graciosa: 220 euros

La Palma: 180 euros

Lanzarote: 150 euros

Tenerife: 120 euros

Alumnado que realiza sus estudios en Tenerife, en función de su isla de residencia o que resida en Tenerife y realice sus estudios en cada una de las siguientes islas:

El Hierro: 135 euros

Fuerteventura: 180 euros

Gran Canaria: 120 euros

La Gomera: 135 euros

La Graciosa: 240 euros

La Palma: 120 euros

Lanzarote: 180 euros

Alumnado con residencia en la Comunidad Autónoma de Canarias que deba realizar sus estudios en el resto de España: 360 euros.

10. ¿Dónde puedo encontrar el formulario de solicitud?

Las personas interesadas en acceder a las ayudas al desplazamiento, deberán cumplimentar el formulario de solicitud disponible en la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias, Ayudas al desplazamiento del estudiantado residente en Canarias que curse estudios superiores fuera de su isla de residencia. https://sede.gobiernodecanarias.org.

11. ¿Tengo que presentar documentación acreditativa?

No, no obstante, los billetes señalados en la cuenta justificativa incluida en la solicitud, y las tarjetas de embarque o documento que acredite su utilización, quedarán en posesión de los solicitantes a efectos de la justificación de la ayuda, si es requerido por la Administración en cualquier momento del proceso.
La presentación de la cuenta justificativa simplificada es una declaración de hechos y de trayectos realizados y abonados.
En caso de cursar estudios fuera de Canarias, deberá adjuntar la matrícula.


12. ¿Cómo me abonan mi subvención?.

El pago de la subvención se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente indicada por el beneficiario en su solicitud, de la que deberá ser titular o cotitular.
13. El formulario sólo me da la opción de poner los datos de dos trayectos, a pesar de que he hecho más de dos a lo largo del curso. ¿Qué debo hacer?
No es necesario poner todos los trayectos que se hayan realizado. Normalmente, se pone un trayecto de ida y otro de vuelta,  independientemente del número de desplazamientos que la persona solicitante haya hecho en realidad, ya que la convocatoria establece un importe fijo dependiendo de la isla de residencia y el lugar donde cursa sus estudios. 
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