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Contactar con el procedimiento (*): Becas Universitarias

Preguntas Frecuentes

1. ¿Cómo acceder a la información relativa a la convocatoria de becas universitarias del Gobierno de Canarias?

En el siguiente enlace puede acceder a toda la información relativa a la convocatoria de becas universitarias del Gobierno de Canarias para el curso 2023-2024:

https://www.gobiernodecanarias.org/universidades/becas_ayudas/becas-gobierno-canarias/estudios-universitarios/curso_2023-2024/


2. ¿Cuál es el plazo para la presentación de solicitudes de las becas universitarias del Gobierno de Canarias?

Se ha publicado en el Boletín Oficial de Canarias. (BOC Nº 193. Viernes 29 de septiembre de 2023) una ampliación del plazo hasta el día 10 de octubre de 2023  (inclusive).

3. ¿Quiénes son los destinatarios de las becas universitarias convocadas por el Gobierno de Canarias?

Estudiantes universitarios, matriculados en centros públicos y que no cumplan con los requisitos para ser beneficiarios de todas o algunas de las modalidades de beca universitarias convocadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.

4. ¿Qué requisitos generales se exigen para optar a las becas del Gobierno de Canarias?

Para obtener las becas y ayudas del Gobierno de Canarias, las personas solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos con carácter general:

1º) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o extranjero con permiso de residencia en España, tener vecindad administrativa y la renta familiar domiciliada en la Comunidad Autónoma de Canarias a 31 de diciembre del año anterior a la convocatoria que se concurre y estar cursando estudios oficiales universitarios en Centros universitarios públicos.

2º) No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca o ayuda.

3º) Cumplir una serie de parámetros académicos y económicos que se designan en cada convocatoria.

5. ¿Qué modalidades cubren las becas universitarias del Gobierno de Canarias?

Las becas se basan en dos tipos de cuantía: las de cuantía fija y las cuantías adicionales. Las becas de cuantía fija hacen referencia a tres modalidades: becas de matrícula (lo que cuestan las asignaturas matriculadas), ligadas a la renta familiar y ligadas a la residencia. Por su parte, las cuantías adicionales corresponden a ayudas al transporte (marítimo o aéreo) y por diversidad funcional (para aquellas personas que presenten algún grado de discapacidad).

Hay que tener en cuenta que para poder optar a las cuantías de residencia, transporte y ligada a la renta, se debe realizar una matrícula completa en el curso para el que se solicita la beca, o matricularse de los últimos créditos que quedan para finalizar los estudios, ya que si la matrícula es parcial (30-59 créditos NO finales) sólo podrá optar a la beca de matrícula si cumple los criterios de rendimiento establecidos en la convocatoria, así como los criterios económicos.

Por otra parte, hay que tener en cuenta que aquellos solicitantes que realicen estudios de forma no presencial (teleformación o a distancia) sólo podrán optar a la beca de matrícula, y sólo por el importe de las asignaturas matriculadas, independientemente que la matrícula sea parcial o completa.

6. ¿Qué importes me cubre la beca de matrícula del Gobierno de Canarias?

La beca de matrícula cubre los importes de los créditos de las asignaturas matriculadas. En este sentido, será hasta la 4ª matricula en las ramas de Ingeniería, Arquitectura y Ciencias Experimentales, y hasta la 3ª matrícula en el resto de ramas de estudio.

7. ¿Qué sistemas de identificación son los aceptados en la Sede Electrónica y cómo puedo obtener alguno de ellos para poder solicitar la beca?

Los medios de identificación reconocidos por la sede electrónica son: certificado digital, cl@ve y DNI electrónico.

CERTIFICADO DIGITAL.

Es un método electrónico que identifica a la persona física ante un organismo oficial para realizar cualquier trámite y firma electrónica de documentos. Se obtiene de forma On-line mediante una entidad de certificación (por ejemplo la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre), y siguiendo las instrucciones que se citan en el siguiente enlace: 

https://www.fnmt.es/ceres

Más información: https://sede.gobcan.es/eucd/la_sede/sistemas_firma

SISTEMA CL@VE.

Es otro método de identificación y firma de personas físicas ante organismos oficiales con el que puede presentar la solicitud de beca del Gobierno de Canarias y otros trámites totalmente ON -Line, cómodamente desde un ordenador con internet. Los trámites para la obtención de CL@VE son muy sencillos. Puede realizarlos siguiendo las instrucciones de la siguiente URL:

http://clave.gob.es/clave_Home/clave.html

DNI ELECTRÓNICO.

En el caso de que opte por el DNI-e (Documento Nacional de Identidad Electrónico) deberá disponer del mismo junto con el número PIN secreto que le fue entregado al serle expedido. Dicho PIN debe estar activo. Además debe descargarse en su ordenador los archivos necesarios según su sistema operativo y contar con un lector del DNI-e.

En los siguientes enlaces se explica cómo solicitarlo y cómo utilizarlo:

Para solicitarlo:

https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_400

Cómo utilizarlo:

https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_300&id_menu=15

8. ¿Dónde presento la solicitud?

En el siguiente enlace puede acceder al inicio del trámite de solicitud relativa a la convocatoria de becas universitarias del Gobierno de Canarias, así como a información referente a dicha convocatoria:

https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/3215

Una vez acceda al medio de presentación electrónico, se tendrá que validar con alguno de los medios de identificación reconocidos por la sede electrónica: certificado digital, cl@ve o DNI electrónico.

9. Al intentar presentar la solicitud me genera "Error cl@ve de nivel bajo".

La presentación de la solicitud requiere de un nivel de seguridad medio-alto, por lo que, cuando se genera el “error cl@ve de nivel bajo” es necesario aumentar el nivel de seguridad de su Cl@ve. Deberá acreditar su identidad en una oficina de registro de la Administración del Estado, de la Administración autonómica o de la Administración local, siendo indispensable solicitar cita previa.

10. ¿Qué pasos hay que dar para solicitar la beca?

Para solicitar la beca universitaria del Gobierno de Canarias debe disponer de uno de los sistemas de identificación válidos para hacer el trámite. Estos sistemas son cl@ve, certificado digital o DNI electrónico.

Una vez acceda, inicie la solicitud. Hay que tener en cuenta que, normalmente, es el estudiante quien accede con su propio sistema de identificación y rellena la solicitud como persona interesada (DATOS PERSONALES DEL ESTUDIANTE), pero en caso de que quien acceda sea una persona que le represente y haya accedido con su sistema de identificación (el sistema de identificación de la persona representante), debe indicar que actúa como Representante, con lo cual los datos de esta persona que representa deben ir en el apartado "DATOS DEL REPRESENTANTE" y los del estudiante que solicita la beca en el apartado "DATOS PERSONALES DEL ESTUDIANTE". Si no se hiciera como se ha explicado, la beca estaría solicitada a nombre del representante y no a nombre del estudiante.

Una vez se ha rellenado la solicitud se puede editar, eliminar o firmarla para seguir el procedimiento. Para continuar, hay que firmarla antes, por lo que se da al botón "Firmar" que está a la derecha de la palabra "Solicitud". Cuando la solicitud se ha firmado, se le da al botón "Continuar".

El siguiente paso es la aportación de documentos, en caso de que se deba adjuntar a la solicitud un contrato de alquiler, por ejemplo, o certificados de notas, documentos de matrícula, etc. También se adjuntaría en este apartado cualquier otro documento que, sin ser obligatoria su aportación, el solicitante desee añadir a la solicitud.

Para ello, se sube cada documento de uno en uno. Se sube el primero y se escribe en el recuadro lo que es el documento (por ejemplo, "contrato de alquiler"), y se le da a "Aceptar". Se hace el mismo procedimiento con cada documento que se quiera subir. Cuando se han subido todos, hay que firmar cada uno de ellos (a la derecha tiene cada uno su correspondiente botón "Firmar").

Después de esto, y ya firmados la solicitud y los documentos que se hayan adjuntado, el último paso es presentarlo todo.

Se le da a "Continuar" y se comprueba que todos los datos que aparecen son correctos. Entonces, se le da al botón "Presentar". A continuación de esto, ya estarán presentados la solicitud de beca y los documentos que se hayan aportado, y el sistema generará un PDF con la solicitud, y al final del documento PDF deberá tener un Justificante de registro de entrada con los datos de la persona que accedió a la sede electrónica con su sistema de identificación (según fuera la propia persona solicitante o su representante) y un número de registro de entrada. De esta forma, ya estará la solicitud de beca presentada correctamente. Es conveniente que se conserve este documento PDF como prueba de la presentación de la solicitud.

En caso de no tener justificante de registro de entrada, querrá decir que la solicitud no ha sido presentada, y es como si no solicitara la beca, por lo que le sugerimos que, si es posible, recupere su solicitud (apartado RECUPERAR SOLICITUD que se encuentra al inicio del formulario de solicitud de beca) y siga todos los pasos anteriormente indicados, o que realice una nueva solicitud en el plazo que se da en la convocatoria.

11. ¿Cómo se puede saber si la solicitud de beca ha sido presentada correctamente?

En el procedimiento de solicitud de becas universitarias del Gobierno de Canarias, después de cumplimentar todos los datos y del paso de la presentación telemática, el sistema le genera un documento PDF con la solicitud y, en la última página, un justificante de registro de entrada con los datos de la persona que accedió a la sede electrónica con su sistema de identificación (según fuera la propia persona solicitante o su representante) y un número de registro de entrada. 

Sin ese justificante, se entiende que la beca no estaría oficialmente presentada.

12. ¿Puedo presentar una solicitud de beca una vez finalizado el plazo?

Podrán presentarse solicitudes, una vez finalizado el plazo indicado en la convocatoria, en los siguientes casos:

- En caso de que se haya concedido un plazo de matrícula anual con posterioridad a dicha fecha. En este caso, deberá presentar un escrito dirigido a la Dirección General de Universidades e Investigación en el plazo de 5 días a contar desde la fecha que aparece en su documento de matrícula. En el escrito debe solicitar que se le facilite un enlace a fin de solicitar la beca fuera de plazo. En él debe figurar su nombre, apellidos, NIF/NIE, teléfono y dirección de correo electrónico (a esta dirección se le enviaría el enlace). El escrito debe ir acompañado de una fotocopia del documento de matrícula.

- En caso de fallecimiento de la persona sustentadora principal de la familia, o por incapacidad absoluta de la misma. Quedan excluidos de este caso, las situaciones de jubilación, parcial, total o activa.

- En caso de estudiantes cuya situación económica familiar se viera gravemente afectada por causa justificada.

Todos los documentos que justifiquen cualquiera de estos casos deben presentarse a través de la sede electrónica.

Para presentar la documentación, acceda a su Área personal de la Sede electrónica a través del siguiente enlace y siga los pasos que se detallan a continuación:

https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/area_personal

1. Hacer clic en "Consulta de expedientes" y validarse con su sistema de identificación (cl@ve, certificado digital o DNI electrónico).

2. Seleccionar las siguientes opciones en los campos correspondientes (no es necesario desplegar los otros campos):

Departamento: Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes.

Órgano: Dirección General de Universidades.

3. Hacer clic en el botón "Buscar". Aparecerán todos los expedientes relativos a Becas y ayudas para la realización de estudios universitarios que tiene usted en la Dirección General de Universidades e Investigación.

4. Localizar el procedimiento de Becas y ayudas para la realización de estudios universitarios correspondiente, para el que va a aportar la documentación. Una vez localizado el procedimiento correcto, hacer clic en su botón "Ver detalle" y en la imagen que aparece ir al “Menú Gestión”, que se encuentra en la parte superior derecha, y hacer clic en “Aportación de Documentos”.

5. Rellenar el formulario de aportación con sus datos y firmarlo con el sistema de identificación electrónico con el que accedió.

6. Subir cada documento solicitado de uno en uno. Una vez subido un documento, se escribe en el recuadro la explicación del tipo de documento y se hace clic en "Aceptar". Se hace el mismo procedimiento con cada documento que se quiera subir y posteriormente se firma cada uno con el sistema de identificación electrónico con el que accedió.

7. Hacer clic en el botón "Aportar y Registrar".  El sistema generará un documento PDF que le recomendamos que guarde (botón "Ver documento"), y al final del documento PDF deberá tener un Justificante de registro de entrada con los datos de la persona que accedió al sistema con su identificación electrónica y un número de registro de entrada. 


13. ¿Qué documentación debo adjuntar a la solicitud de beca?

Los solicitantes deberán aportar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de la convocatoria una vez le sea requerida por la Dirección General de Universidades e Investigación. NO es necesario presentarla con la solicitud ya que puede remitirla posteriormente escaneada y por vía también telemática.

No obstante, la sede electrónica permite subir la documentación necesaria (en formato PDF) junto a la solicitud, en el caso de disponer de ésta en el momento de la presentación.

La aportación de documentación relacionada dependerá de la situación concreta de cada solicitante de beca.

14. Presenté la solicitud de beca en su momento, pero me quedó documentación pendiente de adjuntar. Ahora tengo esa documentación y la quiero aportar. ¿Cómo puedo hacerlo?

Para presentar la documentación, acceda a su Área personal de la Sede electrónica a través del siguiente enlace y siga los pasos que se detallan a continuación:
https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/area_personal
1. Hacer clic en "Consulta de expedientes" y validarse con su sistema de identificación (cl@ve, certificado digital o DNI electrónico).
2. Seleccionar las siguientes opciones en los campos correspondientes (no es necesario desplegar los otros campos):
Departamento: Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes.
Órgano: Dirección General de Universidades.
3. Hacer clic en el botón "Buscar". Aparecerán todos los expedientes relativos a Becas y ayudas para la realización de estudios universitarios que tiene usted en la Dirección General de Universidades e Investigación.
4. Localizar el procedimiento de Becas y ayudas para la realización de estudios universitarios correspondiente, para el que va a aportar la documentación. Una vez localizado el procedimiento correcto, hacer clic en su botón "Ver detalle" y en la imagen que aparece ir al “Menú Gestión”, que se encuentra en la parte superior derecha, y hacer clic en “Aportación de Documentos”.
5. Rellenar el formulario de aportación con sus datos y firmarlo con el sistema de identificación electrónico con el que accedió.
6. Subir cada documento solicitado de uno en uno. Una vez subido un documento, se escribe en el recuadro la explicación del tipo de documento y se hace clic en "Aceptar". Se hace el mismo procedimiento con cada documento que se quiera subir y posteriormente se firma cada uno con el sistema de identificación electrónico con el que accedió.
7. Hacer clic en el botón "Aportar y Registrar".  El sistema generará un documento PDF que le recomendamos que guarde (botón "Ver documento"), y al final del documento PDF deberá tener un Justificante de registro de entrada con los datos de la persona que accedió al sistema con su identificación electrónica y un número de registro de entrada. 

15. Después de haber solicitado la beca, he cambiado el número de cuenta bancaria y quiero hacerlo constar para el ingreso de la beca. ¿Cómo debo notificar el cambio?

Debe presentar un documento expedido por su banco en el que figure el n.º IBAN de una cuenta de la que usted sea titular o cotitular. La presentación se hace a través de la sede electrónica.

Para presentar la documentación, acceda a su Área personal de la Sede electrónica a través del siguiente enlace y siga los pasos que se detallan a continuación:

https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/area_personal

1. Hacer clic en "Consulta de expedientes" y validarse con su sistema de identificación (cl@ve, certificado digital o DNI electrónico).

2. Seleccionar las siguientes opciones en los campos correspondientes (no es necesario desplegar los otros campos):

Departamento: Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes.

Órgano: Dirección General de Universidades.

3. Hacer clic en el botón "Buscar". Aparecerán todos los expedientes relativos a Becas y ayudas para la realización de estudios universitarios que tiene usted en la Dirección General de Universidades e Investigación.

4. Localizar el procedimiento de Becas y ayudas para la realización de estudios universitarios correspondiente, para el que va a aportar la documentación. Una vez localizado el procedimiento correcto, hacer clic en su botón "Ver detalle" y en la imagen que aparece ir al “Menú Gestión”, que se encuentra en la parte superior derecha, y hacer clic en “Aportación de Documentos”.

5. Rellenar el formulario de aportación con sus datos y firmarlo con el sistema de identificación electrónico con el que accedió.

6. Subir cada documento solicitado de uno en uno. Una vez subido un documento, se escribe en el recuadro la explicación del tipo de documento y se hace clic en "Aceptar". Se hace el mismo procedimiento con cada documento que se quiera subir y posteriormente se firma cada uno con el sistema de identificación electrónico con el que accedió.

7. Hacer clic en el botón "Aportar y Registrar".  El sistema generará un documento PDF que le recomendamos que guarde (botón "Ver documento"), y al final del documento PDF deberá tener un Justificante de registro de entrada con los datos de la persona que accedió al sistema con su identificación electrónica y un número de registro de entrada. 


16. ¿Hay alguna forma de saber cómo va el trámite de mi solicitud de beca?

Para el seguimiento de su expediente deberá consultar la sede electrónica del Gobierno de Canarias, luego al Área Personal y acceder a Consulta de expedientes.

El Gobierno de Canarias publica sus listados de becas concedidas y denegadas en el Boletín Oficial de Canarias.


17. ¿Estoy obligado a presentar la solicitud de beca ante el Ministerio de Educación y Formación Profesional cuando cumpla con los requisitos de la convocatoria estatal para ser beneficiario de la beca del Gobierno de Canarias?

No existe obligación de presentar la solicitud de la beca del Ministerio, pero sí se recomienda hacerlo. Hay que tener en cuenta que las becas del Gobierno de Canarias se han establecido para aquellas personas que no cumplan con los requisitos para ser beneficiarias de todas o algunas de las modalidades de beca universitaria convocadas por el Ministerio. Esto quiere decir que, si se cumplen los requisitos académicos y económicos del Ministerio para obtener todas o algunas de las modalidades, el Gobierno de Canarias denegaría la beca. No obstante, dada la complejidad del cálculo del cumplimiento de los requisitos académicos y económicos, que dificulta conocer con exactitud si se cumple o no con los requisitos, se recomienda presentar la solicitud de ambas administraciones.

En el caso de que una solicitud de beca se deniegue porque el solicitante cumple con los requisitos para ser beneficiario de la convocatoria de becas del Ministerio, y luego sea denegada también por el Ministerio por el incumplimiento de los requisitos de la convocatoria estatal, el solicitante deberá comunicarlo a la Dirección General de Universidades e Investigación en el plazo de 1 mes desde la denegación, al objeto de revisar su solicitud.

18. ¿Qué se considera matrícula completa o total a la hora de solicitar una beca?

Se considera “matrícula completa” la cantidad que sale como resultado de dividir el número total de créditos de la titulación entre el número total de cursos que dura. La mayor parte de las titulaciones de Grado tienen 240 créditos en total y duran 4 años, por lo que la matrícula completa sería a partir de 60 créditos matriculados. También se considera matrícula completa una matrícula de menos de 60 créditos finales (últimos créditos para terminar la carrera).

Conviene tener en cuenta que hay algunos Grados y Dobles Grados que tienen un número mayor de créditos totales en la titulación, por lo que, a veces, el mínimo de créditos que un estudiante debe matricular para tener matrícula completa será mayor a 60. Por ejemplo, si un Grado o Doble Grado tiene 420 créditos en total y una duración de 6 años, su matrícula completa sería a partir de 70 créditos matriculados (420 : 6 = 70), ya que, si se matriculara de menos de esta cantidad, se consideraría una matrícula parcial.

19. ¿Qué se considera matrícula parcial a la hora de solicitar una beca?

Por lo general, se considera “matrícula parcial” una matrícula de entre 30 y 59 créditos NO finales.

20. Me he matriculado de más créditos que el mínimo exigido. ¿Se tienen en cuenta para los requisitos académicos?

Sí. Se valoran todos ellos, incluidos los de libre elección.

21. ¿Qué rendimiento académico se exige para obtener beca?

Las personas solicitantes de beca de primer curso de carrera, que no tengan currículum universitario previo, y que cumplan con los requisitos académicos y económicos establecidos en la convocatoria de becas universitarias del Ministerio de Educación y Formación Profesional, no serán becados por el Gobierno de Canarias.

No obstante, las personas que accedieron por primera vez a estudios universitarios en el curso anterior y ahora cambian de estudios, sólo podrán obtener beca, siempre y cuando cumplan el rendimiento exigido por el Gobierno de Canarias con respecto a la rama de estudios de la titulación anterior.

CONTINUIDAD DE LOS ESTUDIOS:

Haber superado como mínimo en el curso anterior, o último realizado, los siguientes créditos:

  • Rama de Ingeniería, Arquitectura y Ciencias Experimentales: haber superado como mínimo el 50% de los créditos sobre el número mínimo exigido de matriculación, ó 30 créditos.

  • Rama de Ciencias de la Salud: haber superado como mínimo el 60% de los créditos sobre el número mínimo exigido de matriculación, ó 36 créditos.

  • Ramas de Artes y Humanidades y de Ciencias Sociales y Jurídicas: haber superado como mínimo el 70% de los créditos sobre el número mínimo exigido de matriculación, ó 42 créditos.

MATRÍCULA PARCIAL:

Las personas que en un curso anterior hicieron una matrícula parcial podrán obtener beca de matrícula, exclusivamente, si han superado los porcentajes siguientes:

  • 50% en las enseñanzas de Ingeniería, Arquitectura y Ciencias Experimentales.

  • 60% en las enseñanzas de Ciencias de la Salud.

  • 70% en el resto de las enseñanzas.

MÁSTERS:

Las personas que accedan a estudios de máster por primera vez cumplirán académicamente con el Ministerio, ya que su requisito académico es tener una nota de acceso al máster de 5 puntos o superior.

Las personas solicitantes de beca para el segundo año de máster podrán obtener la beca del Gobierno de Canarias si han superado, en el curso académico anterior, el mismo porcentaje o número de créditos que se exigen para los estudios de grado, dependiendo de la rama de enseñanza.

22. Dejé de estudiar un año académico. ¿Qué datos académicos se tendrán en cuenta para valorar la solicitud?

Se valorarán los correspondientes al último curso universitario realizado.

23. Tengo asignaturas o créditos convalidados. ¿Se tienen en cuenta para los requisitos académicos?

Los créditos convalidados o reconocidos no se tienen en cuenta para la beca, ni como créditos matriculados ni superados. En ocasiones se da el caso que, al estudiante que le convalidan alguna asignatura durante el curso, se le solicita que devuelva ciertas modalidades de beca concedidas en su momento por pasar de una matrícula completa a una matrícula parcial y no tener derecho, por tanto, sino a la beca de matrícula.

24. ¿Quiénes se consideran miembros computables de la Unidad Familiar a efectos de solicitar las becas del Gobierno de Canarias?

-El Solicitante.

-El Padre y la Madre del solicitante, o el/la Tutor/a o persona encargada de su guarda y protección.

-Los Hermanos/as o hijos/as solteros/as menores de 25 años que convivieran con el solicitante a 31 de diciembre de 2022, es decir, no entran en la convocatoria los hermanos nacidos en el año 1997 o antes.

-Los Hermanos/as o hijos/as mayores de 25 años que estén afectados de una discapacidad física, psíquica o sensorial.

-Los Ascendientes de los padres que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores a 31 de diciembre de 2022 con el certificado municipal correspondiente.

-En caso de divorcio, separación legal o de hecho, no es miembro computable el excónyuge que no conviva en el mismo domicilio. Sin embargo, sí se considera miembro computable, en su caso, el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación.

-En caso de custodia compartida, son miembros computables, el padre y la madre de la persona solicitante de la beca, sus descendientes comunes en primer grado de consanguinidad y las personas ascendientes del padre y de la madre que justifiquen la residencia en el mismo domicilio que los anteriores con el certificado municipal correspondiente.

25. Dependo económicamente de personas distintas a mis progenitores. ¿Qué documentos debo presentar para justificar esa dependencia?

Si se depende económicamente de otras personas distintas a los progenitores, hay que presentar un informe judicial o documento de los servicios sociales que justifiquen esa dependencia, porque en ese caso la persona solicitante puede estar incluida en la declaración de la renta de esas personas de las cuales depende.

26. Soy una persona independiente económicamente. ¿A qué modalidades tendría derecho y qué debería presentar?

Tal como se recoge en las bases de la convocatoria, un solicitante independiente familiar y económicamente es sustentador principal propio y no tiene derecho a la concesión de la cuantía fija ligada a la residencia ni a la cuantía adicional por transporte aéreo y marítimo. Sólo podría optar a las modalidades de matrícula, cuantía ligada a la renta y, si fuera el caso, la cuantía por diversidad funcional.

La persona solicitante se apuntaría sola en su solicitud de beca y tendría que presentar documentación que acredite que se obtienen rendimientos o se disponen de capitales propios con los que puede vivir independientemente (nómina, cobro de paro o de otro tipo, etc.), y documentación relativa a la titularidad o el alquiler de un domicilio propio.

Además, en el caso de que se le solicitara por parte de la Dirección General de Universidades e Investigación, presentaría su declaración de la renta o, de no haber efectuado declaración de la renta, aportaría certificado de imputaciones de la Agencia Tributaria, o un documento expedido por dicha Agencia que indique que tiene domicilio fiscal en Canarias y no ha presentado la renta. 

 

27. Tengo una diversidad funcional reconocida. ¿Qué ayuda contempla esta convocatoria para mi?

La convocatoria fija las cuantías de la ayuda por diversidad funcional:

a) Grado de discapacidad superior o igual al 33 % e inferior o igual al 49 %: 600 euros.

b) Grado de discapacidad superior o igual al 50 % e inferior o igual al 65 %: 900 euros

c) Grado de discapacidad superior al 65 %: 1.500 euros.

d) Grado de discapacidad superior al 65% y nivel de dependencia grado III, nivel 2: 3.000 euros.


28. Tengo la condición de persona víctima de violencia de género. ¿Puedo obtener alguna ayuda en esta convocatoria?

Las personas solicitantes de la convocatoria general de becas y ayudas al estudio correspondiente al curso académico 2023-2024 que acrediten la condición de víctimas de violencia de género, y/o sus hijos e hijas menores de veinticinco años que soliciten dichas becas y ayudas al estudio, podrán obtener, siempre que cumplan todas las demás condiciones previstas en la normativa vigente, las modalidades de beca que correspondan, sin que les sean de aplicación los requisitos establecidos en relación con la carga lectiva superada en el curso anterior ni el límite del número de años con condición de beneficiario/a de becas.

29. ¿Que documentación tengo que aportar por mi condición de víctima de violencia de género?

a) Acreditar que en el curso 2022/2023 se ha producido un menor rendimiento académico con causa directa en dicha condición, declarada por sentencia condenatoria, orden de protección, resolución judicial que acuerde medidas cautelares para la protección de la víctima o, excepcionalmente, informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de orden de protección. Esta acreditación se hará, presentando certificado emitido por el Secretario de la Facultad donde estudie.

b) Matrícula del curso 2023/2024 con un mínimo de 30 créditos.

30. ¿Qué supone que mi solicitud de beca esté concedida en el listado provisional y junto a mi nombre aparezca un asterisco (*)?

Significa que deberá aportar algún documento necesario para que se le conceda la beca. Tendrá que buscar en el Anexo correspondiente de la Resolución la documentación que se le requiere para subsanar su solicitud. 

Es importante tener en cuenta que la efectiva concesión de la beca en la Resolución definitiva está condicionada a que se cumpla con el requerimiento de subsanación y se presenten los documentos acreditativos de los datos declarados en la solicitud.

31. ¿Qué pasa en caso de que no subsanase la solicitud?

En aplicación de los arts. 68 y 73 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el caso de que no se aporte la documentación solicitada, existen dos opciones:

a) Que la documentación que se les ha requerido sea esencial (como puede ser la aportación de alguna firma de los miembros de la unidad familiar o la indicación de la cuenta bancaria correcta para realizar el ingreso de la beca): en ese caso su solicitud se tendrá por desistida y quedará fuera del proceso de valoración. Al quedar fuera del proceso no podrá presentar recurso alguno contra la Resolución definitiva.

b) Que la documentación que se le ha requerido no sea esencial (como puede ser el contrato de alquiler para tener derecho a la cuantía fija ligada a la residencia): en este caso se le declarará decaído en el derecho en el trámite, es decir, ya no podrá aportar la documentación requerida en un momento posterior, y perderá definitivamente el derecho a recibir las modalidades o a gozar de los beneficios que requerían la presentación de la documentación solicitada.

32. No aparezco en el listado provisional que estoy consultando. ¿Qué significa?

Hay que tener en cuenta que el Gobierno de Canarias no publica una resolución única con todos los solicitantes, sino que se dictan varias resoluciones según se van valorando las solicitudes de beca. Por tanto, habrá muchos solicitantes que aparezcan en la primera resolución provisional y el resto lo haga en una segunda resolución provisional.

33. En la resolución se deniega la beca del Gobierno de Canarias por cumplir con los requisitos académicos para ser beneficiario de la beca del Ministerio de Educación y Formación Profesional. En caso de que luego el Ministerio no conceda la beca, ¿los solicitantes podrán presentar alegaciones ante la Dirección General de Universidades e Investigación?

Sí, podrán presentarlas. En caso de denegarle la beca del Gobierno de Canarias por "cumplir los requisitos académicos del Ministerio" y posteriormente el Ministerio se la deniegue por algún motivo académico, el solicitante deberá comunicarlo a la Dirección General de Universidades e Investigación en el plazo de 1 mes desde la denegación, al objeto de revisar su solicitud.

34. ¿Desde qué fecha de publicación comienza a contar el plazo de 10 días que se concede para presentar alegaciones?

Todas las relaciones provisionales de concesión de becas y ayudas con la expresión de las concedidas y denegadas, se publicarán en el Boletín Oficial de Canarias, además se publicarán en la web de la Dirección General de Universidades e Investigación, a fin de que, en el plazo de diez días, las personas interesadas presenten las alegaciones que estimen oportunas, acompañadas de los documentos en que se fundamenten las mismas.

El plazo de 10 días comienza a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

35. Presenté una alegación en tiempo y forma, pero no he recibido respuesta. ¿Cómo puedo saber si ha sido estimada o desestimada?

Una vez resueltas las alegaciones, se publica la resolución definitiva. En esa resolución no hay un apartado específico de alegaciones estimadas o desestimadas, sino que la persona solicitante debe mirar en qué listado se encuentra. Si está en la lista de solicitudes concedidas y ve que se le han concedido las modalidades que reclamó en la alegación, querrá decir que ésta fue estimada. Si al verse en el listado, ve que no se le concedieron las modalidades que pedía en su alegación, o aparece en la lista de solicitudes denegadas, querrá decir que su alegación fue desestimada.

No obstante, siempre tiene posibilidad de presentar un recurso a partir del día siguiente de la publicación de la resolución definitiva en el Boletín Oficial de Canarias.

36. ¿Cuánto tiempo hay de plazo para presentar un recurso a una resolución definitiva de becas universitarias?

Se puede presentar un recurso dirigido a la Dirección General de Universidades e Investigación, de forma telemática, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución definitiva en el Boletín Oficial de Canarias. Se hace a través de la sede electrónica, en el apartado habilitado para ello.

37. ¿Cómo se abonan las becas concedidas?

Las becas de matrícula concedidas a estudiantes de universidades canarias se abonan a las propias universidades. Las becas de matrícula concedidas a estudiantes de universidades NO canarias o de la UNED se abonan por trasferencia bancaria. También se abonan por transferencia bancaria el resto de modalidades de beca que puedan corresponder.

Por ello, es de vital importancia la consignación correcta en la solicitud de los datos de su cuenta bancaria (la persona beneficiaria de la beca debe ser titular o cotitular de dicha cuenta).

38. Estudio en una universidad pública canaria y me han concedido la modalidad de matrícula de la beca del Gobierno de Canarias. No obstante, mi universidad me pide que yo pague los importes que me ha concedido el Gobierno. ¿Cómo puedo demostrar que me han concedido la beca?

Lo publicado en el Boletín Oficial de Canarias se considera un documento oficial. Para demostrar que se ha concedido la beca de matrícula, se puede presentar a la Universidad el documento de Resolución Definitiva, sólo con la página de portada y la página en la que la persona solicitante se encuentra como beneficiaria de la beca.

39. Estudio en una universidad pública NO canaria. ¿Debo pagar las tasas de matrícula a mi universidad, aunque el Gobierno de Canarias me haya concedido la beca por esa modalidad?

Sí, en este caso la persona solicitante debe pagar a la universidad con el dinero que le ha ingresado el Gobierno de Canarias a su cuenta particular. El motivo es que el Gobierno de Canarias no tiene convenios con las universidades de Península, de Baleares ni con la UNED para abonarles directamente a ellas el importe de matrícula de los becarios (como sí puede hacer el Ministerio). Los estudiantes de universidades NO canarias que hayan sido becados por el Gobierno de Canarias por la modalidad de beca de matrícula deben siempre pagar a las universidades en el plazo que le dé la universidad, ya que el dinero concedido por el Gobierno de Canarias a estos estudiantes nunca se ingresa a las universidades, sino a las cuentas bancarias de los propios estudiantes para que ellos le hagan el pago.

40. Para no devolver la beca que me concedieron en un curso anterior, debo justificar que aprobé en ese curso el porcentaje establecido para ello. ¿Cómo puedo justificarlo?

Las justificaciones se tienen que demostrar a través de un certificado de notas o documento expedido por su universidad en el que se indique el rendimiento que obtuvo en el curso a justificar. Ese rendimiento debe cumplir el porcentaje que se establece en su rama de estudios para no tener que devolver la beca.
Sería haber aprobado el 50% de los créditos matriculados, en todas las ramas de estudio, salvo en Arquitectura, Ingeniería y Ciencias Experimentales, que será el 40%.
Los documentos se presentan a través de la sede electrónica.

Para presentar la documentación, acceda a su Área personal de la Sede electrónica a través del siguiente enlace y siga los pasos que se detallan a continuación:

https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/area_personal

1. Hacer clic en "Consulta de expedientes" y validarse con su sistema de identificación (cl@ve, certificado digital o DNI electrónico).

2. Seleccionar las siguientes opciones en los campos correspondientes (no es necesario desplegar los otros campos):

Departamento: Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes.

Órgano: Dirección General de Universidades.

3. Hacer clic en el botón "Buscar". Aparecerán todos los expedientes relativos a Becas y ayudas para la realización de estudios universitarios que tiene usted en la Dirección General de Universidades e Investigación.

4. Localizar el procedimiento de Becas y ayudas para la realización de estudios universitarios correspondiente, para el que va a aportar la documentación. Una vez localizado el procedimiento correcto, hacer clic en su botón "Ver detalle" y en la imagen que aparece ir al “Menú Gestión”, que se encuentra en la parte superior derecha, y hacer clic en “Aportación de Documentos”.

5. Rellenar el formulario de aportación con sus datos y firmarlo con el sistema de identificación electrónico con el que accedió.

6. Subir cada documento solicitado de uno en uno. Una vez subido un documento, se escribe en el recuadro la explicación del tipo de documento y se hace clic en "Aceptar". Se hace el mismo procedimiento con cada documento que se quiera subir y posteriormente se firma cada uno con el sistema de identificación electrónico con el que accedió.

7. Hacer clic en el botón "Aportar y Registrar".  El sistema generará un documento PDF que le recomendamos que guarde (botón "Ver documento"), y al final del documento PDF deberá tener un Justificante de registro de entrada con los datos de la persona que accedió al sistema con su identificación electrónica y un número de registro de entrada.


41. Casos en los que reintegrar las becas concedidas.

a) Cuando un solicitante anula la matrícula deberá devolver todos los importes de la beca recibida.

b) Deberán reintegrar las cuantías recibidas los beneficiarios de beca que no superen un 50 % de los créditos matriculados. Los solicitantes de las ramas de Ciencias Experimentales, Ingeniería y Arquitectura deberán superar, como mínimo, el 40 % de ellos.

c) Si hubiera solicitantes a los que el Gobierno de Canarias les hubiese concedido, por error, las mismas modalidades de beca que el Ministerio de Educación y Formación Profesional, están obligados a comunicarlo a la Dirección General de Universidades e Investigación en el plazo de 1 mes desde su concesión. Tras la comprobación de las modalidades y cuantías concedidas por el Ministerio, se dictará la correspondiente resolución de reintegro por el órgano concedente. El reintegro por el importe de la beca concedida por el Gobierno de Canarias se realizará utilizando el modelo 800 de la Agencia Tributaria Canaria a través del siguiente enlace, indicando en el concepto "Reintegro becas universitarias", y haciendo constar los datos identificativos del beneficiario de la beca y de la Resolución por la que se le concedió:

https://sede.gobiernodecanarias.org/tributos/jsf/publico/presentacion/formularios/mod800/formulario.jsp

42. ¿Cómo puedo hacer la devolución de la beca que me han concedido en el curso vigente?

La devolución de la beca concedida por el Gobierno de Canarias debe hacerla a través del Modelo 800 de la Agencia Tributaria Canaria. Se puede acceder a él a través del siguiente enlace:

https://sede.gobiernodecanarias.org/tributos/jsf/publico/presentacion/formularios/mod800/formulario.jsp

Debe rellenar sus datos personales, y en la casilla “CONCEPTO” marcar el 360 (Reintegro becas universitarias pagado ejercicio corriente). En las “Observaciones” ponga el motivo por el que devuelve la beca, y en “Importe a ingresar” la cantidad a devolver, que corresponde a todos los componentes de la beca, con excepción de la beca de matrícula, indicando también el modo de pago; si es efectivo o con adeudo en cuenta, le tiene que generar un documento PDF de tres copias, con los datos que ha rellenado. Esas tres copias las tiene que imprimir, firmarlas y llevarlas a su banco para hacer el reintegro, entregándole una copia sellada como justificante. Si en la forma de pago selecciona “Pago Telemático”, podrá realizar el pago con su tarjeta de crédito/débito o con cargo en cuenta bancaria, poniendo los datos de su cuenta corriente, sin necesidad de desplazarse a su entidad bancaria. En este último caso, y una vez realizado el proceso, se generará un documento PDF que tendrá que descargar.


El último paso es presentar esas copias a la Consejería.

Para presentar la documentación, acceda a su Área personal de la Sede electrónica a través del siguiente enlace y siga los pasos que se detallan a continuación:

https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/area_personal

1. Hacer clic en "Consulta de expedientes" y validarse con su sistema de identificación (cl@ve, certificado digital o DNI electrónico).

2. Seleccionar las siguientes opciones en los campos correspondientes (no es necesario desplegar los otros campos):

Departamento: Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes.

Órgano: Dirección General de Universidades.

3. Hacer clic en el botón "Buscar". Aparecerán todos los expedientes relativos a Becas y ayudas para la realización de estudios universitarios que tiene usted en la Dirección General de Universidades e Investigación.

4. Localizar el procedimiento de Becas y ayudas para la realización de estudios universitarios correspondiente, para el que va a aportar la documentación. Una vez localizado el procedimiento correcto, hacer clic en su botón "Ver detalle" y en la imagen que aparece ir al “Menú Gestión”, que se encuentra en la parte superior derecha, y hacer clic en “Aportación de Documentos”.

5. Rellenar el formulario de aportación con sus datos y firmarlo con el sistema de identificación electrónico con el que accedió.

6. Subir cada documento solicitado de uno en uno. Una vez subido un documento, se escribe en el recuadro la explicación del tipo de documento y se hace clic en "Aceptar". Se hace el mismo procedimiento con cada documento que se quiera subir y posteriormente se firma cada uno con el sistema de identificación electrónico con el que accedió.

7. Hacer clic en el botón "Aportar y Registrar".  El sistema generará un documento PDF que le recomendamos que guarde (botón "Ver documento"), y al final del documento PDF deberá tener un Justificante de registro de entrada con los datos de la persona que accedió al sistema con su identificación electrónica y un número de registro de entrada.


43. ¿Cómo puedo hacer la devolución de una beca que me concedieron en un curso anterior?

La devolución de la beca concedida por el Gobierno de Canarias debe hacerla a través del Modelo 800 de la Agencia Tributaria Canaria. Se puede acceder a él a través del siguiente enlace:

https://sede.gobiernodecanarias.org/tributos/jsf/publico/presentacion/formularios/mod800/formulario.jsp

Debe rellenar sus datos personales, y en la casilla “CONCEPTO” marcar el 350 (Reintegro becas universitarias pagado ejercicio cerrado). En las “Observaciones” ponga el motivo por el que devuelve la beca, y en “Importe a ingresar” la cantidad a devolver, que corresponde a todos los componentes de la beca, con excepción de la beca de matrícula, indicando también el modo de pago; si es efectivo o con adeudo en cuenta, le tiene que generar un documento PDF de tres copias, con los datos que ha rellenado. Esas tres copias las tiene que imprimir, firmarlas y llevarlas a su banco para hacer el reintegro, entregándole una copia sellada como justificante. Si en la forma de pago selecciona “Pago Telemático”, podrá realizar el pago con su tarjeta de crédito/débito o con cargo en cuenta bancaria, poniendo los datos de su cuenta corriente, sin necesidad de desplazarse a su entidad bancaria. En este último caso, y una vez realizado el proceso, se generará un documento PDF que tendrá que descargar.
El último paso es presentar esas copias en la Consejería.
Para presentar la documentación, acceda a su Área personal de la Sede electrónica a través del siguiente enlace y siga los pasos que se detallan a continuación:

https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/area_personal

1. Hacer clic en "Consulta de expedientes" y validarse con su sistema de identificación (cl@ve, certificado digital o DNI electrónico).

2. Seleccionar las siguientes opciones en los campos correspondientes (no es necesario desplegar los otros campos):

Departamento: Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes.

Órgano: Dirección General de Universidades.

3. Hacer clic en el botón "Buscar". Aparecerán todos los expedientes relativos a Becas y ayudas para la realización de estudios universitarios que tiene usted en la Dirección General de Universidades e Investigación.

4. Localizar el procedimiento de Becas y ayudas para la realización de estudios universitarios correspondiente, para el que va a aportar la documentación. Una vez localizado el procedimiento correcto, hacer clic en su botón "Ver detalle" y en la imagen que aparece ir al “Menú Gestión”, que se encuentra en la parte superior derecha, y hacer clic en “Aportación de Documentos”.

5. Rellenar el formulario de aportación con sus datos y firmarlo con el sistema de identificación electrónico con el que accedió.

6. Subir cada documento solicitado de uno en uno. Una vez subido un documento, se escribe en el recuadro la explicación del tipo de documento y se hace clic en "Aceptar". Se hace el mismo procedimiento con cada documento que se quiera subir y posteriormente se firma cada uno con el sistema de identificación electrónico con el que accedió.

7. Hacer clic en el botón "Aportar y Registrar".  El sistema generará un documento PDF que le recomendamos que guarde (botón "Ver documento"), y al final del documento PDF deberá tener un Justificante de registro de entrada con los datos de la persona que accedió al sistema con su identificación electrónica y un número de registro de entrada.

Una vez presentado el modelo 800 ante la Dirección General de Universidades e Investigación, ésta procederá a liquidar los intereses de demora correspondientes, para que proceda a su ingreso.

Téngase en cuenta que los intereses de demora se devengaran desde el momento del pago de la beca hasta la fecha en que se realice el ingreso por el deudor.
CONTACTAR con los responsables del procedimiento. Las preguntas frecuentes no han resuelto mi duda.
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