Preguntas Frecuentes de Ayudas al desplazamiento de estudiantes

Ayudas al desplazamiento de estudiantes

Preguntas Frecuentes

1. ¿Cúal es el objeto de estas ayudas?

El objeto de estas ayudas es cubrir los gastos de desplazamientos aéreos o marítimos, en clase turista, que el alumnado residente en cualquier isla de Canarias realice para cursar sus estudios universitarios en una isla distinta de la de residencia o en el resto del territorio español, por no existir oferta académica o por no haber obtenido plaza en los centros públicos en la isla de residencia, del curso 2022/2023. Solamente se sufragarán los desplazamientos efectuados con tal fin, en el periodo comprendido entre el 1 de agosto de 2022 y el 31 de julio de 2023. Los billetes podrán ser comprados con anterioridad a dichos periodos, siempre que los trayectos se realicen entre las fechas anteriormente mencionadas.















2. ¿A quién van destinadas estas ayudas?

Al estudiantado residente en Canarias para realizar estudios superiores universitarios de grado y máster en centros públicos en Canarias o en el resto de España, del curso 2022/2023.

3. ¿Tiene requisitos?

Sí. El requisito principal es tener residencia en las Islas Canarias y cursar estudios universitarios en centros públicos, en una isla distinta de la de residencia o en el resto del territorio español, por no existir oferta académica o por no haber obtenido plaza, en los centros públicos en la isla de residencia, en el curso 2022/2023.
 
4. ¿Cuál es la actividad que fundamenta las ayudas?

La actividad que fundamenta estas ayudas son los desplazamientos aéreos o marítimos, en clase turista, que el alumnado residente en cualquier isla de Canarias realice para cursar sus estudios universitarios en una isla distinta de la de residencia o en el resto del territorio español, por no existir oferta académica o por no haber obtenido plaza en los centros públicos en la isla de residencia, para el curso 2022/2023.

5. ¿Son compatibles con otras becas y ayudas?

Sí. Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualquier Administración, entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, y solo afectará al alumnado matriculado en centros públicos. Las presentes ayudas se consideran compatibles con la convocatoria general de becas universitarias que realice cada año la propia Comunidad Autónoma de Canarias.
6. ¿Me cubre esta ayuda al desplazamiento los viajes de Tenerife a Gran Canaria o viceversa?.

Sí, siempre que se cumpla el requisito de inexistencia de oferta formativa en la isla de residencia o de no haber obtenido plaza, obligando al desplazamiento fuera de la misma.

7. En caso de no poder cursar mis estudios en canarias por falta de oferta formativa o por no obtener plaza en los centros públicos ¿podré pedir la ayuda si tengo que desplazarme a centros públicos en la Península?.

Sí.
8. ¿Qué periodos de desplazamiento aéreo o marítimo se subvencionan?

El periodo subvencionable, o de realización de la actividad, entre el 1 de agosto de 2022 y el 31 de julio de 2023. Los billetes podrán ser comprados con anterioridad a dichos periodos siempre que los trayectos se realicen entre las fechas anteriormente mencionadas. 


9. ¿Qué importe tienen estas ayudas?

Alumnado que realiza sus estudios en Gran Canaria, en función de su isla de residencia o que resida en Gran Canaria y realice sus estudios en cada una de las siguientes islas: 

El Hierro: 180 euros 

La Palma: 180 euros 

Fuerteventura: 135 euros 

Lanzarote: 150 euros 

La Gomera: 150 euros 

Tenerife: 120 euros 

La Graciosa: 220 euros 

Alumnado que realiza sus estudios en Tenerife, en función de su isla de residencia o que resida en Tenerife y realice sus estudios en cada una de las siguientes islas: 

El Hierro: 135 euros 

La Palma: 120 euros 

Fuerteventura: 180 euros 

Lanzarote: 180 euros 

La Gomera: 135 euros 

Gran Canaria: 120 euros 

La Graciosa: 240 euros 

Alumnado con residencia en la Comunidad Autónoma de Canarias que deba realizar sus estudios en el resto de España:   360 euros.


10. ¿Dónde puedo encontrar el formulario de solicitud?

Las personas interesadas en acceder a las ayudas al desplazamiento, deberán cumplimentar el formulario de solicitud accesible por vía telemática y disponible en la sede electrónica del Gobierno de Canarias, en la dirección: 

https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/4427

11. ¿Tengo que presentar documentación acreditativa?

Las facturas originales o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa del pago de los billetes, así como las tarjetas de embarque o documento que acredite su utilización, quedarán en posesión de las personas beneficiarias a efectos de la comprobación de los requisitos con posterioridad.

En caso de cursar estudios fuera de Canarias, deberá adjuntar la matrícula.


12. ¿Cómo me abonan mi subvención?.

El pago de la subvención será abonado en pago único y se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente indicada por el beneficiario en su solicitud, de la que deberá ser titular o cotitular.
13. El formulario sólo me da la opción de poner los datos de dos trayectos, a pesar de que he hecho más de dos a lo largo del curso. ¿Qué debo hacer?
No es necesario detallar en la solicitud todos los trayectos que se hayan realizado, es suficiente un trayecto de ida y otro de vuelta, ya que la convocatoria establece un importe fijo, dependiendo de la isla de residencia y el lugar donde cursa sus estudios. 
14. ¿Qué debo hacer si al cumplimentar la solicitud, se indica "No se pudo verificar la residencia"?
No supone problema, ya que durante el período de revisiones de cada una de las becas se verificará ese aspecto.
© Gobierno de Canarias Aviso Legal | Sugerencias y Reclamaciones