El objeto de estas ayudas es cubrir los gastos de desplazamientos aéreos o marítimos,
en clase turista, que el alumnado residente en cualquier isla de Canarias realice para cursar
sus estudios universitarios en una isla distinta de la de residencia o en el resto del territorio
español, por no existir oferta académica o por no haber obtenido plaza en los centros
públicos en la isla de residencia, del curso 2022/2023.
Solamente se sufragarán los desplazamientos efectuados con tal fin, en el periodo comprendido
entre el 1 de agosto de 2022 y el 31 de julio de 2023. Los billetes podrán ser comprados
con anterioridad a dichos periodos, siempre que los trayectos se realicen entre las fechas
anteriormente mencionadas.
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Al estudiantado
residente en Canarias para realizar estudios superiores universitarios de grado y
máster en centros públicos en Canarias o en el resto de España, del curso 2022/2023.
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Sí.
El requisito principal es tener residencia en las Islas Canarias y cursar estudios universitarios en centros
públicos, en una isla distinta de la de residencia o en el resto del territorio español, por no existir oferta académica o por no haber obtenido plaza, en los centros públicos en la isla de
residencia, en el curso 2022/2023.
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La actividad que fundamenta estas ayudas son los desplazamientos aéreos o marítimos,
en clase turista, que el alumnado residente en cualquier isla de Canarias realice para cursar
sus estudios universitarios en una isla distinta de la de residencia o en el resto del territorio
español, por no existir oferta académica o por no haber obtenido plaza en los centros
públicos en la isla de residencia, para el curso 2022/2023.
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Sí. Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para
la misma finalidad procedentes de cualquier Administración, entes públicos o privados,
nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, y solo afectará al
alumnado matriculado en centros públicos.
Las presentes ayudas se consideran compatibles con la convocatoria general de becas
universitarias que realice cada año la propia Comunidad Autónoma de Canarias.
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Sí, siempre que se cumpla el requisito de inexistencia de oferta formativa en la
isla de residencia o de no haber obtenido plaza, obligando al desplazamiento fuera de la misma.
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El periodo subvencionable, o de realización de la actividad, entre el 1 de
agosto de 2022 y el 31 de julio de 2023. Los billetes podrán ser comprados con anterioridad
a dichos periodos siempre que los trayectos se realicen entre las fechas anteriormente
mencionadas.
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Alumnado que realiza sus estudios en Gran Canaria, en función de su isla de residencia
o que resida en Gran Canaria y realice sus estudios en cada una de las siguientes islas: El Hierro: 180 euros La Palma: 180 euros Fuerteventura: 135 euros Lanzarote: 150 euros La Gomera: 150 euros Tenerife: 120 euros La Graciosa: 220 euros Alumnado que realiza sus estudios en Tenerife, en función de su isla de residencia o
que resida en Tenerife y realice sus estudios en cada una de las siguientes islas: El Hierro: 135 euros La Palma: 120 euros Fuerteventura: 180 euros Lanzarote: 180 euros La Gomera: 135 euros Gran Canaria: 120 euros La Graciosa: 240 euros Alumnado con residencia en la Comunidad Autónoma de Canarias que deba realizar
sus estudios en el resto de España: 360 euros.
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Las personas interesadas en acceder a las ayudas al desplazamiento, deberán
cumplimentar el formulario de solicitud accesible por vía telemática y disponible en la
sede electrónica del Gobierno de Canarias, en la dirección: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/4427
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- Las facturas originales o documentos de valor probatorio equivalente en el
tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa del pago de los billetes, así como
las tarjetas de embarque o documento que acredite su utilización, quedarán en posesión de
las personas beneficiarias a efectos de la comprobación de los requisitos con posterioridad.
- En caso de cursar estudios fuera de Canarias, deberá adjuntar la matrícula.
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El
pago de la subvención será abonado en pago único y se realizará mediante transferencia bancaria
a la cuenta corriente indicada por el beneficiario en su solicitud,
de la que deberá ser titular o cotitular.
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No es necesario detallar en la solicitud todos los trayectos que se hayan realizado, es suficiente un trayecto de ida y otro de vuelta, ya que la convocatoria establece un importe fijo, dependiendo de la isla de residencia y el lugar donde cursa sus estudios.
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No supone problema, ya que durante el período de revisiones de cada una de las becas se verificará ese aspecto.
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