Comunicado a los operadores

AVISO ACTUALIZACION PLATAFORMA TECNOLOGICA PARA LA SOLICITUD DE CERTIFICADOS DE AYUDA REA DEL GOBIERNO DE CANARIAS

Con motivo de la realización de trabajos de actualización de la plataforma tecnológica en los procedimientos de “Certificados de Importación-Exportación de productos agrarios y alimenticios (AGRIM/AGREX y REA)”, en el período comprendido entre el miércoles 28 de febrero (aproximadamente a las 13:00 horas) y el jueves 29 de febrero (aproximadamente a la 09:30 horas), no estarán operativos dichos procedimientos en la sede electrónica. Disculpen las molestias.

A partir de las 9.30 del 29 de febrero las solicitudes de CERTIFICADOS DE AYUDA REA se realizarán accediendo a la sede electrónica AGROWEB en el siguiente link:

https://comercio.serviciosmin.gob.es/Agro.Formulario/menuAcceso/opcion=3

Puede consultar manual de instrucciones para la solicitud de certificados de ayuda REA accediendo a este link:

Manual AGROWEB REA

 

CANCELACION de la puesta en producción. INICIO del proceso de MARCHA-ATRAS y dejar operativo de nuevo AGRONET

No se han realizado los trabajos de actualización de la plataforma tecnológica en los procedimientos de “Certificados de Importación-Exportación de productos agrarios y alimenticios (AGRIM/AGREX y REA)”.

Se informará en este aviso de la nueva fecha programada para realizar estos trabajos de actualización.

Se puede continuar presentado solicitudes de certificados con normalidad.

Disculpen las molestias.

 

AVISO ACTUALIZACION PLATAFORMA TECNOLOGICA PARA LA SOLICITUD DE CERTIFICADOS DE AYUDA REA DEL GOBIERNO DE CANARIAS

Con motivo de la realización de trabajos de actualización de la plataforma tecnológica en los procedimientos de “Certificados de Importación-Exportación de productos agrarios y alimenticios (AGRIM/AGREX y REA)”, en el período comprendido entre el miércoles 07 de febrero (aproximadamente a las 13:00 horas) y el jueves 08 de febrero (aproximadamente a la 09:30 horas), no estarán operativos dichos procedimientos en la sede electrónica.Disculpen las molestias.

A partir de las 9.30 del 08 de febrero las solicitudes de CERTIFICADOS DE AYUDA REA se realizarán accediendo a la sede electrónica AGROWEB en el siguiente link:

https://pasarelaclave.minetur.gob.es/PClaveV2/Index.aspx?PSC=628&SIA=991025&MOD=4&DatosExtra=3

Puede consultar manual de instrucciones para la solicitud de certificados de ayuda REA accediendo a este link:

Manual AGROWEB REA

 

 

CANCELACION de la puesta en producción. INICIO del proceso de MARCHA-ATRAS y dejar operativo de nuevo AGRONET

Se informa que se ha CANCELADO el proceso de puesta en producción del nuevo sistema SI_AGRO. Se han encontrado problemas que no aseguran la puesta en producción del sistema con total garantía de funcionamiento.

 Por ello se hace lo siguiente:

  • Se ha iniciado el procedimiento de ROLLBACK (MARCHA-ATRÁS) de esta puesta en producción,  y el sistema AGRONET quedará operativo de nuevo totalmente el lunes 22-Enero sobre las 09:00 horas.
  • Se está  analizando el estado del proyecto para realizar una nueva planificación y propuesta de nueva fecha de puesta en producción.

Disculpen las molestias y saludos

 

AVISO ACTUALIZACION PLATAFORMA TECNOLOGICA PARA LA SOLICITUD DE CERTIFICADOS DE AYUDA REA DEL GOBIERNO DE CANARIAS

Con motivo de la realización de trabajos de actualización de la plataforma tecnológica en los procedimientos de “Certificados de Importación-Exportación de productos agrarios y alimenticios (AGRIM/AGREX y REA)”, en el período comprendido entre el viernes 19-Enero (aproximadamente a las 13.00 horas) y el lunes 22-Enero (aproximadamente a las 9.30 horas), no estarán operativos dichos procedimientos en la sede electrónica.

Disculpen las molestias.

 

A partir de las 9.30 del 22 de enero las solicitudes de CERTIFICADOS DE AYUDA REA se realizarán accediendo a la sede electrónica AGROWEB en el siguiente link:

https://pasarelaclave.minetur.gob.es/PClaveV2/Index.aspx?PSC=628&SIA=991025&MOD=4&DatosExtra=3

Puede consultar manual de instrucciones para la solicitud de certificados de ayuda REA accediendo a este link:

Manual AGROWEB REA

 

 

AVISO DE RENOVACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE OPERADORES DEL REA PARA LA CAMPAÑA 2024

 

Todas las empresas inscritas en el Registro de Operadores del Régimen Específico de Abastecimiento de las Islas Canarias (REA) tienen que renovar su inscripción anualmente, coincidiendo con el cambio de campaña. Para ello deberán cumplimentar el formulario que se encuentra en el siguiente enlace: https://sede.gobcan.es/sede/procedimientos_servicios/tramites/1256

 

Las solicitudes de renovación para la campaña REA 2024 tendrán que presentarse antes del 1 de diciembre de 2023

 

En caso de no cumplir con dicho plazo, a partir del 1 de enero de 2024, no se será posible expedir certificados de ayuda a aquellos operadores que no hayan obtenido previamente la resolución de renovación de su inscripción en el Registro de Operadores.

 

 

SOLICITUDES DE CERTIFICADOS DE AYUDAS DEL REA

Debido a labores de mantenimiento informático, la tramitación de solicitudes de certificados de ayudas del REA a través de la Sede Electrónica se encontrará temporalmente inoperativa el sábado 9 de septiembre de 2023 entre las 7:30 y las 18:00 horas.

 

INSTRUCCIONES SOBRE GESTION del BALANCE de 15.039.796 KILOS DE AZUCAR DE AYUDA DEL REA. MESES DE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DE 2021

 

Teniendo en cuenta que ha habido un incremento de 15 millones de kilos a principios del cuarto trimestre de la campaña 2021 y  lo ocurrido en otros años en los que el balance de azúcar objeto de Ayuda  se ha agotado al poco tiempo de iniciarse la campaña, la Dirección General de Comercio e Inversiones, dependiente de la Secretaría de Estado de Comercio, del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad,  en su condición de autoridad nacional responsable en la gestión del REA y la Dirección General de Promoción Económica del Gobierno de Canarias, en virtud del Convenio de Colaboración suscrito entre ambas administraciones, atendiendo a lo dispuesto en los artículos 11 y 12  del Reglamento de ejecución (UE) 180/2014 de la Comisión,  de 20 de febrero de 2014, por el que se establecen  disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 228/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión que dispone que:

“  Si el estado de ejecución de un plan de previsiones de abastecimiento indica un aumento importante del número de solicitudes de certificados de importación, de exención o de ayuda de un producto que pueda hacer peligrar la consecución de uno o varios de los objetivos del régimen específico de abastecimiento, el Estado miembro adoptará cuantas medidas sean necesarias, tras consultar a las autoridades de que se trate, para garantizar el abastecimiento de productos esenciales de la región ultraperiférica de que se trate, teniendo en cuenta las disponibilidades y las exigencias de los sectores”

 

 Y sobre  la Fijación de una cantidad máxima por solicitud de certificado cuando establece que:

“En la medida en que sea estrictamente necesario para evitar desajustes del mercado de la región ultraperiférica de que se trate o actuaciones de carácter especulativo que puedan afectar gravemente al correcto funcionamiento de los regímenes específicos de abastecimiento, las autoridades competentes podrán fijar la cantidad máxima por solicitud de certificado”

 

Considera procedente continuar con las instrucciones en vigor desde la campaña de 2017 para evitar desajustes y situaciones de acaparamiento en este balance en el sentido que:

1) El Balance finalmente aprobado se dividirá en el Programa AGRO en cuatro trimestres, cada uno con una cuarta parte del balance. En este caso la ampliación se dividirá entre los meses de noviembre y diciembre de 2021.

2) Cada semana, un operador puede presentar solicitudes semanales hasta un 30% del balance mensual.

3) Los certificados de azúcar de ayuda  se expedirán a las 13 horas siempre (12.00 hora canaria no pudiéndose expedir antes en ningún caso).

4)  Las solicitudes que, sumadas a las cantidades ya expedidas en la misma semana, sobrepasen las cantidades máximas serán rechazadas. Si se presentan varias solicitudes el mismo día que, sumadas a las cantidades ya expedidas en la misma semana,  sobrepasen las cantidades máximas serán rechazadas todas.

 

 

REA emisión certificados - Comunicado sobre el BREXIT

 

En relación a la solicitud de Certificados REA para mercancías procedentes de Reino Unido, les comunicamos lo siguiente:

 

- Hasta las 12h (hora de Canarias) del 31 de diciembre se podrán solicitar Certificados de Ayuda para aquellas mercancías que vayan a tener su salida efectiva de Reino Unido con anterioridad al 1 de enero de 2021. Para acreditar dicha salida del territorio de Reino Unido, y sin perjuicio del correspondiente documento que justifique el estatuto aduanero de mercancía de la Unión, se aportará con la solicitud del Certificado de Ayuda un documento de transporte (Conocimiento de Embarque, carta de porte aéreo o el documento de transporte multimodal) que deberá acreditar fecha de inicio del traslado desde Reino Unido antes del 1 de enero de 2021. Dicho documento de transporte deberá aportarse en todas las solicitudes de Certificado de Ayuda que se hagan a partir del 21 de diciembre de 2020.

 

- Para aquellas mercancías que salgan de Reino Unido (exceptuando Irlanda del Norte) a partir del 1 de enero de 2021, se podrá solicitar un Certificado de Exención para lo que se deberá aportar, junto con la factura, el Certificado de Origen de la mercancía y el correspondiente documento de transporte.

  

  

COMUNICADO

Segunda ampliación de balance de cereales para el consumo animal y alfalfa acordada para el 2 de noviembre de 2018.

 

Como continuación de nuestro anterior comunicado en el que se dictaban instrucciones de gestión del incremento de balance del REA del sector de los cereales en las siguientes cuantías:

  • cereales para el consumo animal (0713 10, 0713 50, etc. – Cebada, avena, maíz, etc.) en 10.000.000 kgs
  • forrajes (1214 10, 1214 90, etc. – Alfalfa, raigrás, etc.)  en 3.000.000 kgs.

acordándose la distribución de las cantidades entre los meses de octubre y noviembre tal y como se indica a continuación:

 

 

Ampliación 01/10/2018

Ampliación 02/11/2018

Ampliación Total

0713 10, 0713 50, 1003, 1004, 1005, 1206, 1209, 1212, 1214 90, 2303, 2304 y 2306 

Cereales consumo animal

6.000.000

4.000.000

10.000.000

1214 10, 1214 90 ; 23080090T885

Alfalfa y raigrás

1.800.000

1.200.000

3.000.000

 

No obstante, como consecuencia de un desajuste de carácter administrativo producido en la ampliación del 1 de octubre de 2018, en el que se emitieron cantidades superiores a las inicialmente previstas por 386.886 kg para la partida de cereales para el consumo animal y 20.935 kg de alfalfa y raigrás,  ha sido necesario reajustar la distribución de esas cantidades tal y como se muestran en el cuadro siguiente. En cualquier caso, se mantiene el total de las cantidades aprobadas para cada grupo de productos.

 

 

Ampliación 01/10/2018

Ampliación 02/11/2018

Ampliación Total

0713 10, 0713 50, 1003, 1004, 1005, 1206, 1209, 1212, 1214 90, 2303, 2304 y 2306 

Cereales consumo animal

6.386.886

3.613.114

10.000.000

1214 10, 1214 90 ; 23080090T885

Alfalfa y raigrás

1.820.935

1.179.065

3.000.000

 

 

 

COMUNICADO - Reposición de cantidades de cereales

 

En la reunión de la Comisión de Seguimiento del  REA celebrada el día 12 de septiembre de 2018 se acordó reponer al balance todas aquellas cantidades de cereales que no hayan sido efectivamente utilizadas a lo largo de esta campaña.

Dichas cantidades estarán disponibles para los operadores del REA a partir de las 00.01 am del día 20 de septiembre de 2018, hora de Canarias (01.01 am hora de la península)

 

 

NC REA CANARIAS 2017 – NUEVOS CÓDIGOS

 

A partir del 1 de enero de 2017 dejará de estar en vigor el Reglamento de Ejecución (UE) nº 1366/2014 de la Comisión por el que se publica la última versión de la nomenclatura de los productos agrarios para las restituciones por exportación establecida en el Reglamento (CEE) nº 3846/87.

 

Por ese motivo, y dado que los códigos de ayuda del REA han estado siempre asociados a la citada nomenclatura, la Administración de Aduanas e Impuestos Especiales ha procedido a reconvertir los códigos de restituciones correspondientes a los productos acogidos al REA en Códigos Adicionales Nacionales de tipo T-REA, sin que haya modificación alguna en las descripciones.

 

Adjuntamos fichero en el que se contiene esta nueva nomenclatura.

NC REA CANARIAS 2017.PDF

 

 INSTRUCCIONES DE GESTION DEL BALANCE DEL REA

PARA EL AZÚCAR

Para la campaña 2017, teniendo en cuenta  lo ocurrido en otros años en los que el balance de azúcar objeto de ayuda  se ha agotado al poco tiempo de iniciarse la campaña, la Dirección General de Promoción Económica y la Dirección General de Comercio e Inversiones, dependiente de la Secretaría de Estado de Comercio, del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, en su condición de autoridad nacional responsable en la gestión del REA, en virtud del Convenio de Colaboración suscrito entre ambas administraciones,  y  atendiendo a lo dispuesto en los artículos 11 y 12  del Reglamento de ejecución (UE) 180/2014 de la Comisión,  de 20 de febrero de 2014, por el que se establecen  disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 228/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión que dispone que:

“Si el estado de ejecución de un plan de previsiones de abastecimiento indica un aumento importante del número de solicitudes de certificados de importación, de exención o de ayuda de un producto que pueda hacer peligrar la consecución de uno o varios de los objetivos del régimen específico de abastecimiento, el Estado miembro adoptará cuantas medidas sean necesarias, tras consultar a las autoridades de que se trate, para garantizar el abastecimiento de productos esenciales de la región ultraperiférica de que se trate, teniendo en cuenta las disponibilidades y las exigencias de los sectores”

 

Y sobre la fijación de una cantidad máxima por solicitud de certificado cuando establece que:

 

“En la medida en que sea estrictamente necesario para evitar desajustes del mercado de la región ultraperiférica de que se trate o actuaciones de carácter especulativo que puedan afectar gravemente al correcto funcionamiento de los regímenes específicos de abastecimiento, las autoridades competentes podrán fijar la cantidad máxima por solicitud de certificado”

 

Consideran procedente adoptar las siguientes Instrucciones para evitar desajustes y situaciones de acaparamiento en este balance en el sentido que:

 

1) El Balance finalmente aprobado se dividirá en el Programa AGRO en cuatro trimestres, cada uno con una cuarta parte del balance.

2) Un operador puede hacer una solicitud semanal como máximo. En esta solicitud  se puede pedir hasta un 30% del balance trimestral.

3) Los certificados de azúcar con ayuda se expedirán a las 13 horas siempre (12 horas de Canarias), no pudiéndose expedir antes en ningún caso.

4) Las solicitudes que sobrepasen las cantidades máximas serán rechazadas.

 

 

Desplegar Modificación plan de abastecimiento campaña 2022

Desplegar Última Renovación de la inscripción en el Registro de Operadores del REA