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Información y Solicitud

SUBVENCIONES CON CARÁCTER DE EMERGENCIA A LAS EMPRESAS Y PERSONAS AUTÓNOMAS PARA MITIGAR LOS PERJUICIOS ECONÓMICOS PRODUCIDOS POR LAS ERUPCIONES VOLCÁNICAS EN LA ISLA DE LA PALMA

 

NOVEDAD! Se ha publicado  el 12/05/2023 en el BOC nº 92 de 12/05/2023, la Resolución de 2 de mayo de 2023, por la que se acuerda la concesión, desestimación y desistimiento de subvenciones directas con destino a mitigar los perjuicios económicos producidos a empresas y personas autónomas por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma.

Se ha publicado el 17/03/2023 en el el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias el ANUNCIO SOBRE REQUERIMIENTO DE SUBSANACIÓN DE SOLICITUDES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES CON CARÁCTER DE EMERGENCIA A LAS EMPRESAS Y PERSONAS AUTÓNOMAS PARA MITIGAR LOS PERJUICIOS ECONÓMICOS PRODUCIDOS POR LAS ERUPCIONES VOLCÁNICAS EN LA ISLA DE LA PALMA

El PLAZO de subsanación finaliza el viernes 31 de marzo de 2023

La presentación de la documentación se realizará a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias (https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/7062).

 

Se ha publicado el 17/03/2023 en el el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias el ANUNCIO SOBRE REQUERIMIENTO DE SUBSANACIÓN DE EXPEDIENTES RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES CON CARÁCTER DE EMERGENCIA A LAS EMPRESAS Y PERSONAS AUTÓNOMAS PARA MITIGAR LOS PERJUICIOS ECONÓMICOS PRODUCIDOS POR LAS ERUPCIONES VOLCÁNICAS EN LA ISLA DE LA PALMA

El PLAZO de subsanación finaliza el viernes 31 de marzo de 2023

La presentación de la documentación se realizará a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias (https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/7062).

La falta de presentación de la documentación requerida determinará el inicio del procedimiento de reintegro del importe del segundo abono.

 

Se ha publicado en el BOC nº 244 de 14/12/2022 la segunda Resolución de la Dirección General de Promoción Económica por la que se acuerda la segunda concesión de subvenciones directas con destino a mitigar los perjuicios económicos producidos a empresas y personas autónomas por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma, así mismo se ha publicado el 14/12/2022 en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias.

Los beneficiarios incluidos en el Anexo I deberán presentar, en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de Canarias, la declaración responsable que figura en el Anexo II, finalizando dicho plazo el 21/12/2022.

En el caso de no presentar dicha declaración responsable, se entenderá que el beneficiario renuncia a la segunda concesión de la subvención.

Anexo II Declaración responsable

 

Se ha publicado el 02/12/2022 en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias Requerimiento de subsananción de solicitudes relativas al procedimiento de concesión de subvenciones con carácer de emergencia a las empresas y personas autónomas para mitigar los perjuicios económicos producidos por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma.

Plazo para presentar la documentación: hasta el 20/12/2022.

Forma de presentación de la documentación: será presentada por las personas y empresas interesadas a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (https://sede.gobcan.es/sede/tramites/7062).

Si tiene algún problema puede llamar al 012 o rellenar el fomulario disponible en https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/formulario_contacto 

- Declaración responsable (Anexo A)

Declaración responsable (Anexo B)

Entidad colaboradora para la gestión de las subvenciones: La Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Santa Cruz de Tenerife (en adelante, La Cámara).

Telefono de asesoramiento de La Cámara: será necesario solicitar cita previa en el 922 / 468 239.

Servicio de atención presencial en la delegación de La Palma de La Cámara:

Dirección: Avenida Carlos Francisco Lorenzo Navarro 56, Los Llanos de Aridane. 

 

Se ha publicado en el BOC n.º 235 de 29/11/2022 la RESOLUCIÓN DE 18 DE NOVIEMBRE DE 2022 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN ECONÓMICA POR LA QUE SE ACUERDA LA CONCESIÓN, DESESTIMACIÓN Y DESISTIMIENTO DE SUBVENCIONES DIRECTAS CON DESTINO A MITIGAR LOS PERJUICIOS ECONÓMICOS PRODUCIDOS A EMPRESAS Y PERSONAS AUTÓNOMAS POR LAS ERUPCIONES VOLCÁNICAS EN LA ISLA DE LA PALMA.

 

Se ha publicado en el BOC n.º 231 de 23/11/2022 la RESOLUCIÓN DE 2 DE NOVIEMBRE DE 2022 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN ECONÓMICA POR LA QUE SE ACUERDA LA CONCESIÓN, DESESTIMACIÓN Y DESISTIMIENTO DE SUBVENCIONES DIRECTAS CON DESTINO A MITIGAR LOS PERJUICIOS ECONÓMICOS PRODUCIDOS A EMPRESAS Y PERSONAS AUTÓNOMAS POR LAS ERUPCIONES VOLCÁNICAS EN LA ISLA DE LA PALMA.

 

Se ha publicado el 26/10/2022 en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias Requerimiento de subsananción de solicitudes relativas al procedimiento de concesión de subvenciones con carácer de emergencia a las empresas y personas autónomas para mitigar los perjuicios económicos producidos por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma.

 

Se ha publicado el 21/09/2022 en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias Requerimiento de subsanación de solicitudes relativas al procedimiento de concesión de subvenciones con carácter de emergencia a las empresas y personas autónomas para mitigar los perjuicios económicos producidos por las eurpciones volcánicas en la isla de La Palma.

 

Se ha publicado el 18/08/2022 en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias Resolución de la Dirección General de Promoción Económica por la que se acuerda la concesión de subvenciones directas con destino a mitigar los perjuicios económicos producidos a empresas y personas autónomas por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma.

 

Se ha publicado el 22/07/2022 en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias Requerimiento de subsanción de solicitudes relativas al procedimiento de concesión de subvenciones con carácter de emergencia a las empresas y personas autónomas para mitigar los perjuicios económicos producidos por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma.

Plazo para presentar la documentación: hasta el 05/08/2022.

Forma de presentación de la documentación: será presentada por las personas y empresas interesadas a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (https://sede.gobcan.es/sede/tramites/7062).

Si tiene algún problema puede llamar al 012 o rellenar el fomulario disponible en https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/formulario_contacto 

Entidad colaboradora para la gestión de las subvenciones: La Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Santa Cruz de Tenerife (en adelante, La Cámara).

Telefono de asesoramiento de La Cámara: será necesario solicitar cita previa en el 922 / 468 239.

Servicio de atención presencial en la delegación de La Palma de La Cámara:

Dirección: Avenida Carlos Francisco Lorenzo Navarro 56, Los Llanos de Aridane. 

 

NOVEDAD! Se ha publicado en el BOC nº 143 de 20/07/2022 la primera Resolución de la Dirección General de Promoción Económica por la que se acuerda la segunda concesión de subvenciones directas con destino a mitigar los perjuicios económicos producidos a empresas y personas autónomas por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma, así mismo se ha publicado el 20/07/2022 en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias.

Los beneficiarios incluidos en el Anexo I deberán presentar, en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de Canarias, la declaración responsable que figura en el Anexo II, finalizando dicho plazo el 27/07/2022.

En el caso de no presentar dicha declaración responsable, se entenderá que el beneficiario renuncia a la segunda concesión de la subvención.

Anexo II Declaración responsable

 

Se ha publicado el 07/06/2022 en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN ECONÓMICA POR LA QUE SE ACUERDA LA CONCESIÓN, DESESTIMACIÓN Y DESISTIMIENTO DE SUBVENCIONES DIRECTAS CON DESTINO A MITIGAR LOS PERJUICIOS ECONÓMICOS PRODUCIDOS A EMPRESAS Y PERSONAS AUTÓNOMAS POR LAS ERUPCIONES VOLCÁNICAS EN LA ISLA DE LA PALMA 

Aceptación de la subvención: La ACEPTACIÓN de la subvención se entenderá realizada por las empresas y personas beneficiarias, salvo que se aporte renuncia expresa en el plazo de cinco (5) días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Justificación de la subvención: Las subvenciones concedidas en virtud de esta Resolución no requieren otra justificación que la acreditación de encontrarse en la situación que motiva la concesión de la ayuda por cualquier medio admisible en derecho de dicha situación (artículo 16 Orden de 19 de noviembre de 2021). 

 

Se ha publicado el 07/06/2022 en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias REQUERIMIENTO DE SUBSANACIÓN DE SOLICITUDES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES CON CARÁCTER DE EMERGENCIA A LAS EMPRESA Y PERSONAS AUTÓNOMAS PARA MITIGAR LOS PERJUICIOS ECONÓMICOS PRODUCIDOS POR LAS ERUPCIONES VOLCÁNICAS EN LA ISLA DE LA PALMA.

Plazo para presentar la documentación: hasta el 21/06/2022.

Forma de presentación de la documentación: será presentada por las personas y empresas interesadas a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (https://sede.gobcan.es/sede/tramites/7062).

Si tiene algún problema puede llamar al 012 o rellenar el fomulario disponible en https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/formulario_contacto 

Entidad colaboradora para la gestión de las subvenciones: La Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Santa Cruz de Tenerife (en adelante, La Cámara).

Telefono de asesoramiento de La Cámara: será necesario solicitar cita previa en el 922 / 468 239.

Servicio de atención presencial en la delegación de La Palma de La Cámara:

Dirección: Avenida Carlos Francisco Lorenzo Navarro 56, Los Llanos de Aridane. 

 

Se ha publicado el 02/06/2022 en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias REQUERIMIENTO DE SUBSANACIÓN DE SOLICITUDES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES CON CARÁCTER DE EMERGENCIA A LAS EMPRESAS Y PERSONAS AUTÓNOMAS PARA MITIGAR LOS PERJUICIOS ECONÓMICOS PRODUCIDOS POR LAS ERUPCIONES VOLCÁNICAS EN LA ISLA DE LA PALMA

Plazo para presentar la documentación: hasta el 16/06/2022.

Forma de presentación de la documentación: será presentada por las personas y empresas interesadas a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (https://sede.gobcan.es/sede/tramites/7062).

Si tiene algún problema puede llamar al 012 o rellenar el fomulario disponible en https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/formulario_contacto 

Entidad colaboradora para la gestión de las subvenciones: La Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Santa Cruz de Tenerife (en adelante, La Cámara).

Telefono de asesoramiento de La Cámara: será necesario solicitar cita previa en el 922 / 468 239.

Servicio de atención presencial en la delegación de La Palma de La Cámara:

Dirección: Avenida Carlos Francisco Lorenzo Navarro 56, Los Llanos de Aridane. 

 

Se ha publicado el 28/04/2022 en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONCEDEN SUBVENCIONES DIRECTAS CON DESTINO A MITIGAR LOS PERJUICIOS ECONÓMICOS PRODUCIDOS A EMPRESAS Y PERSONAS AUTÓNOMAS POR LAS ERUPCIONES VOLCÁNICAS EN LA ISLA DE LA PALMA

 

Se ha publicado el 19/04/2022 en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias REQUERIMIENTO DE SUBSANACIÓN DE SOLICITUDES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES CON CARÁCTER DE EMERGENCIA A LAS EMPRESAS Y PERSONAS AUTÓNOMAS PARA MITIGAR LOS PERJUICIOS ECONÓMICOS PRODUCIDOS POR LAS ERUPCIONES VOLCÁNICAS EN LA ISLA DE LA PALMA

 

Se ha publicado el 28.03.2022 en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias la RESOLUCIÓN POR LA QUE SE CONCEDEN SUBVENCIONES DIRECTAS CON DESTINO A MITIGAR LOS PERJUICIOS ECONÓMICOS PRODUCIDOS A EMPRESAS Y PERSONAS AUTÓNOMAS POR LAS ERUPCIONES VOLCÁNICAS EN LA ISLA DE LA PALMA.

 

Se ha publicado el 24.03.2022 en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias la RESOLUCIÓN POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN Nº. 1117/2021, DE 23 DE DICIEMBRE, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN ECONÓMICA, POR LA QUE SE CONCEDEN SUBVENCIONES DIRECTAS CON DESTINO A MITIGAR LOS PERJUICIOS ECONÓMICOS PRODUCIDOS A EMPRESAS Y PERSONAS AUTÓNOMAS POR LAS ERUPCIONES VOLCÁNICAS EN LA ISLA DE LA PALMA

 

Se ha publicado el 24.03.2022 en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias la RESOLUCIÓN POR LA QUE SE MODIFICA LA RESOLUCIÓN Nº 1153/2021, DEE 30 DE DICIEMBRE, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN ECONÓMICA, POR LA QUE SE CONCEDEN SUBVENCIONES DIRECTAS CON DESTINO A MITIGAR LOS PERJUICIOS ECONÓMICOS PRODUCIDOS A EMPRESAS Y PERSONAS AUTÓNOMAS POR LAS EURPCIONES VOLCÁNICAS EN LA ISLA DE LA PALMA.

 

Se ha publicado el 18/03/2022 en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias el REQUERIMIENTO DE SUBSANACIÓN DE SOLICITUDES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES CON CARÁCTER DE EMERGENCIA A LAS EMPRESAS Y PERSONAS AUTÓNOMAS PARA MITIGAR LOS PERJUICIOS ECONÓMICOS PRODUCIDOS POR LAS ERUPCIONES VOLCÁNICAS EN LA ISLA DE LA PALMA.

 
 

 

Se ha publicado el 16/02/2022 en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias el REQUERIMIENTO DE SUBSANACIÓN DE SOLICITUDES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES CON CARÁCTER DE EMERGENCIA A LAS EMPRESAS Y PERSONAS AUTÓNOMAS PARA MITIGAR LOS PERJUICIOS ECONÓMICOS PRODUCIDOS POR LAS ERUPCIONES VOLCÁNICAS EN LA ISLA DE LA PALMA.

 

Se ha publicado el 03/02/2022 en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias el REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN RELATIVO AL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES CON CARÁCTER DE EMERGENCIA A LAS EMPRESAS Y PERSONAS AUTÓNOMAS PARA MITIGAR LOS PERJUICIOS ECONÓMICOS PRODUCIDOS POR LAS ERUPCIONES VOLCÁNICAS EN LA ISLA DE LA PALMA.

 

Se ha publicaco el 12/01/2022 en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias el REQUERIMIENTO DE SUBSANACIÓN DE SOLICITUDES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES CON CARÁCTER DE EMERGENCIA A LAS EMPRESAS Y PERSONAS AUTÓNOMAS PARA MITIGAR LOS PERJUICIOS ECONÓMICOS PRODUCIDOS POR LAS ERUPCIONES VOLCÁNICAS EN LA ISLA DE LA PALMA

 

Se ha publicaco el 30/12/2021 en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias la RESOLUCIÓN Nº. 1153/2021, DE 30 DE DICIEMBRE, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN ECONÓMICA, POR LA QUE SE CONCEDEN SUBVENCIONES DIRECTAS CON DESTINO A MITIGAR LOS PERJUICIOS ECONÓMICOS PRODUCIDOS A EMPRESA Y PERSONAS AUTÓNOMAS POR LAS ERUPCIONES VOLCÁNICAS EN LA ISLA DE LA PALMA

Se ha publicado el 27/12/2021 en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias la CORRECCIÓN DE ERRORES DE LA RESOLUCIÓN N.º 1117/2021, DE 23 DE DICIEMBRE, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN ECONÓMICA, POR LA QUE SE CONCEDEN SUBVENCIONES DIRECTAS CON DESTINO A MITIGAR LOS PERJUICIOS ECONÓMICOS PRODUCIDOS A EMPRESAS Y PERSONAS AUTÓNOMAS POR LAS ERUPCIONES VOLCÁNICAS EN LA ISLA DE LA PALMA 

 

Se ha publicado el 27/12/2021 en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias el REQUERIMIENTO DE SUBSANACIÓN DE LA SOLICITUD DE LA ENTIDAD “ADJOVIMAR LA PALMA, S.L.”, CON NIF/CIF N.º B76711233 Y EXPEDIENTE N.º 0078-2021, EN RELACIÓN AL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES CON CARÁCTER DE EMERGENCIA A LAS EMPRESAS Y PERSONAS AUTÓNOMAS PARA MITIGAR LOS PERJUICIOS ECONÓMICOS PRODUCIDOS POR LAS ERUPCIONES VOLCÁNICAS EN LA ISLA DE LA PALMA.

 

Se ha publicado el 23/12/2021 en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias la primera RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN ECONÓMICA POR LA QUE SE CONCEDEN SUBVENCIONES DIRECTAS CON DESTINO A MITIGAR LOS PERJUICIOS ECONÓMICOS PRODUCIDOS A EMPRESAS Y PERSONAS AUTÓNOMAS POR LAS ERUPCIONES VOLCÁNICAS EN LA ISLA DE LA PALMA.

La resolución de los expedientes respetará el orden de expediente completo y se resolverán hasta el agotamiento del crédito disponible.

Aceptación de la subvención: La ACEPTACIÓN de la subvención se entenderá realizada por las empresas y personas beneficiarias, salvo que se aporte renuncia expresa en el plazo de cinco (5) días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Justificación de la subvención: Las subvenciones concedidas en virtud de esta Resolución no requieren otra justificación que la acreditación de encontrarse en la situación que motiva la concesión de la ayuda por cualquier medio admisible en derecho de dicha situación (artículo 16 Orden de 19 de noviembre de 2021). 

 


Se ha publicado el 17/12/2021 en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Canarias ANUNCIO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN ECONÓMICA DE 16 DE DICIEMBRE DE 2021 DE REQUERIMIENTO DE SUBSANACION DE SOLICITUDES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO DE CONCESION DE SUBVENCIONES CON CARÁCTER DE EMERGENCIA A LAS EMPRESAS Y PERSONAS AUTÓNOMAS PARA MITIGAR LOS PERJUICIOS ECONÓMICOS PRODUCIDOS POR LAS ERUPCIONES VOLCÁNICAS EN LA ISLA DE LA PALMA 

 

Orden de 19 de noviembre de 2021, por la que se regula la concesión de subvenciones con carácter de emergencia a las empresas y personas autónomas para mitigar los perjuicios económicos producidos por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma.

 

Objeto de la subvención: regular el régimen de concesión de las subvenciones para compensar la pérdida total de ingresos de personas autónomas (empresarias o profesionales) y empresas derivada de las erupciones volcánicas en la isla de La Palma.

Dotación económica: 15.000.000 euros, distribuida en las siguientes anualidades:

Año 2021: 10.000.000 euros

Año 2022: 5.000.000 euros

Beneficiarios: las personas autónomas (empresarias o profesionales) y empresas que consten inscritas en el Registro de personas afectadas por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma.

Procedimiento de concesión: 

El procedimiento se impulsará de oficio en todos sus trámites. NO SERÁ NECESARIO PRESENTAR SOLICITUD. La Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo obtendrá los datos necesarios para el inicio del procedimiento de concesión del Registro de personas afectadas de aquellas personas y empresas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Ordende 19 de noviembre de 2021.

Importe de la subvención

1. La cuantía de la subvención se calculará teniendo en cuenta la media de facturación mensual del ejercicio fiscal de referencia multiplicada por tres, al que se le aplicará un porcentaje corrector del 70%.


2. A efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, se entiende por volumen de facturación el declarado en el ejercicio 2019, como rendimiento de actividades económicas en estimación directa en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante,IRPF) o como cifra de negocios en el Impuesto sobre Sociedades (en lo sucesivo, IS).


No obstante, para aquellas personas y empresas beneficiarias que hayan iniciado su actividad entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020, el cálculo del volumen de facturación será el declarado en dicho ejercicio. Dicho volumen de facturación se ajustará elevándolo en la proporción del número de días en los que la empresa estuvo de alta en 2020.
En el caso de las empresas y personas beneficiarias que tributen en estimación objetiva, se realizá un cálculo teórico del volumen de facturación teniendo en cuenta los módulos declarados en las declaraciones fiscales.


Si el inicio de la actividad se produce en el año 2021, deberán aportar los correspondientes pagos fraccionados del IRPF o IS, salvo que por la naturaleza de la actividad no tenga la obligación de presentarlos, debiendo en esos casos aportar libros contables que acrediten el volumen de facturación o documentación alternativa.


3. En el caso de que las empresas y personas beneficiarias posean varios establecimientos permanentes, el cálculo de la ayuda se realizará teniendo en cuenta la proporción de las personas empleadas vinculadas a los establecimientos directamente afectados, en relación con el total de la plantilla.


4. Se establece una cuantía máxima de 45.000 euros por empresa y persona beneficiaria, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado siguiente.


5. Se podrá realizar un segundo abono por un importe idéntico al inicial si el impedimento para la realización de la actividad económica producida por las erupciones volcánicas persistiera más allá de tres meses contados a partir de la fecha de la primera resolución de concesión, siempre y cuando exista crédito que permita efectuar este segundo abono y no exista ningún expediente pendiente de resolución por el periodo inicial de 3 meses.


El importe acumulado de ambos abonos no será superior, en ningún caso, a 90.000 euros.

Abono de la subvención: El pago de las subvenciones se realizará mediante transferencia a la correspondiente cuenta bancaria que conste en la Base de Datos de Terceros del Sistema Económico- Financiero y Logístico de Canarias (SEFLogiC).

Documentación a presentar por los solicitantes: 

- Declaración responsable (Anexo A)

Declaración responsable (Anexo B)

- Alta IAE: sólo es necesario en caso de no autorización en la declaración responsable (Anexo A).

- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): sólo es necesario en caso de que el solicitante sea autónomo (ver artículo 7.2 de la Orden).

- Impuesto sobre Sociedades (IS): sólo es necesario en caso de que el solicitante sea una persona jurídica (ver artículo 7.2 de la Orden). 

- Libros contables o documentación alternativa: sólo es necesario en caso de inicio de la actividad en 2021 y que el solicitante no tenga la obligación de presentar IRPF o IS (ver artículo 7.2 de la Orden). 

- Informe de Trabajadores de Alta (ITA): sólo es necesario en caso de disponer de varios establecimientos permanentes (ver artículo 7.3 de la Orden). 

- Cualquier otra documentación que el solicitante estime necesario.

Forma de presentación de la documentación: será presentada por las personas y empresas interesadas a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (https://sede.gobcan.es/sede/tramites/7062).

Si tiene algún problema puede llamar al 012 o rellenar el fomulario disponible en https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/formulario_contacto 

Entidad colaboradora para la gestión de las subvenciones: La Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Santa Cruz de Tenerife (en adelante, La Cámara).    

Telefono de asesoramiento de La Cámara: será necesario solicitar cita previa en el 922 / 468 239.
 
Servicio de atención presencial en la delegación de La Palma de La Cámara:
 
Dirección: Avenida Carlos Francisco Lorenzo Navarro 56, Los Llanos de Aridane. 

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