Mediante Orden Ministerial, de fecha 23 de agosto de 2022, se concede a la Comunidad Autónoma de Canarias, una subvención nominativa consignada en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, por importe de 35 millones de euros, destinada a la financiación del programa para la lucha contra la pobreza y las prestaciones básicas de servicios sociales en la Comunidad Autónoma de Canarias.
Con fecha 12 de diciembre de 2022, se suscribe un Protocolo General de Actuación, entre la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud y la Federación Canaria de Municipios (FECAM), cuyo objeto es servir de marco para establecer la distribución de parte del crédito de la referida subvención nominativa en la cuantía de 5.200.000 de euros, entre los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Canarias.
El objeto de las aportaciones dinerarias es financiar el refuerzo de las prestaciones sociales básicas de los servicios sociales municipales derivadas de la ejecución de las siguientes actuaciones:
Además, se prestará especial atención a actuaciones que impliquen la digitalización de los procedimientos y nuevas formas de atención no presencial, que supongan la activación de nuevos canales digitales (por ejemplo, apps.) o de servicios que resuelvan trámites administrativos y aporten valor a la intervención social y actuaciones para favorecer la implementación del Sistema de Información de Personas Usuarias de Servicios Sociales (SIUSS).
Las ayudas y prestaciones económicas tendrán un carácter complementario a esas prestaciones básicas de servicios sociales, por lo que los proyectos presentados estarán destinados a reforzar alguna de las actuaciones descritas.
Las Entidades Locales interesadas en solicitar la Aportación Dineraria, deberán remitir a la Dirección General de Derechos Sociales e Inmigración los siguientes anexos en los modelos establecidos:
El plazo de ejecución de los proyectos será desde el 1 de junio de 2022 hasta el 31 de mayo de 2023.
La documentación solicitada se dirigirá por registro electrónico a la Dirección General de Derechos Sociales e Inmigración al código A05033128 dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación de la orden en esta página web, del 16 de diciembre al 30 de diciembre inclusive.
A efectos de la justificación, las Corporaciones Locales, deberán remitir por registro electrónico a la Dirección General de Derechos Sociales e Inmigración al código A05033128 con fecha límite el 10 de junio de 2023, la siguiente documentación en los modelos establecidos:
La entidad beneficiaria podrá realizar voluntariamente la devolución parcial o total de la aportación dineraria concedida, sin el previo requerimiento de la Administración.
El reintegro o devolución de los fondos públicos percibidos indebidamente, exigirá el interés legal de demora, de conformidad con lo previsto en los artículos 37 y 38 de la Ley General de Subvenciones, devengado desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro por el órgano gestor, o la fecha en que la corporación local hace efectivo el ingreso, si es anterior a ésta.
La entidad beneficiaria habrá de efectuar el ingreso del remanente y de los intereses de demora, a través del modelo 800 de la Agencia Tributaria Canaria, que podrá descargar en la página https://sede.gobiernodecanarias.org/tributos/jsf/publico/sede/inicio_sede.jsp, debiendo remitir el ejemplar “para la Administración, así como el justificante del ingreso, a la Dirección General de Derechos Sociales e Inmigración, Sección de Servicios Sociales Comunitarios, a los efectos de su acreditación.