El día 29 de diciembre de 2023 se suscribe por parte de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias y la Federación Canaria de Municipios (FECAM), un Protocolo General de Actuación, cuyo objeto es servir de marco para establecer la distribución de los créditos entre los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma para el año 2024, con el objetivo de dar continuidad a los programas que viene financiando la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias en el ámbito de los servicios sociales de atención primaria y comunitaria.
Protocolo General de Actuación, de fecha 29 de diciembre de 2023, sobre criterios y planificación de forma anticipada de la distribución de los créditos entre los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2024, a efectos de que los mismos puedan seguir dando continuidad a los programas que viene cofinanciando la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias en el ámbito de los Servicios Sociales de Atención Primaria y Comunitaria.
Orden nº 1573/2023, de 29 de diciembre de 2023, de la Consejera de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, por la que se aprueba, mediante tramitación anticipada, el gasto que conlleva las aportaciones dinerarias para 2024, a favor de los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Canarias, destinada a financiar parte de la actividad relativa a los servicios sociales de atención primaria y comunitaria, en las cantidades consignadas en el Protocolo General de Actuación suscrito el 29 de diciembre de 2023, entre este Departamento y la Federación Canaria de Municipios, se aprueban los formularios normalizados para la solicitud de la aportación y se establecen las condiciones de concesión, abono, justificación y reintegro de las mismas.
Orden nº 1266/2024 de 17 de diciembre de 2024, de la Consejera de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, por la que se autoriza y aprueba el gasto de 3.605.923,46 euros, que complementa al consignado en la Orden Departamental nº 1573 / 2023, de 29 de diciembre de 2023, por la que se aprueba, mediante tramitación anticipada, el gasto que conlleva las aportaciones dinerarias para 2024, a favor de los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Canarias para financiar parte de la actividad relativa a los servicios sociales de atención y se acuerda su concesión.
Las Entidades Locales interesadas en solicitar la aportación dineraria, deberán remitir a la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración:
Del 1 de enero de 2024 al 31 de marzo de 2025 los gastos realizados que se imputen con cargo a las aplicaciones presupuestarias 2307 231B 4500300 23407902, 2307 231B 4500300 23411501 y 2307 231B 4500300 234C8002 de la Comunidad Autónoma de Canarias, sin posibilidad de prórroga con posterioridad a esta fecha.
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024 los gastos realizados que se imputen con cargo a a las aplicaciones presupuestarias 2307 231B 4500300 4023004 de la Administración General del Estado, sin posibilidad de prórroga.
Se presentará por SIR (Sistema de interconexión de Registros), sede electrónica del Gobierno de Canarias o a través de nuevos procedimientos de gestión electrónica que se podrían habilitar al efecto, previa comunicación expresa a las corporaciones locales, dirigida a la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración al código A05045235 dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación de la orden en esta página web, del 15 de enero y hasta el 26 de enero de 2024 (ambos incluidos). El formato de los documentos tiene que ser pdf original con firma electrónica (no documentos escaneados).
A efectos de la justificación anual, las referidas Corporaciones Locales, deberán acreditar la realización de las actividades, la aplicación de los fondos públicos y su coste total, con la siguiente documentación, que deberán remitir por SIR (Sistema de interconexión de Registros), sede electrónica del Gobierno de Canarias o a través de nuevos procedimientos de gestión electrónica que se podrían habilitar al efecto, previa comunicación expresa a las corporaciones locales, dirigida a la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración al código A05045235, con fecha límite el 31 de abril de 2025 (el formato de los documentos tiene que ser pdf original con firma electrónica -no documentos escaneados):
a) Declaración responsable de la Presidencia de la entidad municipal en la que conste de forma expresa la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad para la que fue concedida, acompañada de informe emitido por la Intervención u órgano de control equivalente de la Entidad Local, que acredite la veracidad y la regularidad de los gastos y pagos justificativos de la subvención, así como su adecuación a la normativa reguladora de la acumulación de ayudas, debiendo contener los siguientes extremos:
Importe total justificado.
Coste real de la actividad, con el desglose de cada uno de los gastos incurridos.
Que se ha realizado la actividad subvencionada.
Que se han cumplido las condiciones establecidas en la presente Orden de concesión.
Que los fondos públicos concedidos se imputan a la realización de la actividad subvencionada.
Que no se ha concertado la ejecución total o parcial de las actividades subvencionadas con ninguna de las personas o entidades adjudicatarias incursas en algunas de las prohibiciones del artículo 29, apartado 7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y artículo 35, apartado 4 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo modificado mediante Decreto 5/2015, de 30 de enero y Decreto 151/2022 de 23 de junio, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.
b) Ficha de Evaluación del proyecto, conforme al Anexo IV, suscrita por el/la Presidente/a de la Corporación Local o persona facultada para ello.
c) En su caso, carta de pago de reintegro (Modelo-800), en el supuesto de remanentes no aplicados, así como de los intereses derivados de los mismos, cuyo cálculo deberá ser consensuado previamente con el órgano gestor.