INFORMACIÓN IMPORTANTE SOBRE COOKIES

Este portal web utiliza cookies propias y de terceros para recopilar información que ayuda a optimizar su visita. Las cookies no se utilizan para recoger información de carácter personal. Usted puede permitir su uso o rechazarlo, también puede cambiar su configuración siempre que lo desee. Dispone de más información en nuestra Política de Cookies.

Comunicado: Segundo pago del Ingreso Canario de Emergencia

Se ha aprobado por el Parlamento de Canarias la modificación del Decreto ley 9/2020, de 7 de mayo, de modificación del Decreto ley 6/2020, de 17 de abril, de medidas urgentes de carácter social dirigidas a las personas en situación de vulnerabilidad como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, pendiente de publicar en el Boletín Oficial de Canarias para su entrada en vigor, en el siguiente sentido:

El importe de la ayuda pasa a ser el doble de la inicialmente aprobada, por lo que aquellas solicitudes que hayan resultado concedidas, así como aquellas que de no habiendo resultado concedidas aún, así lo fueran, se les abonará un segundo pago, sin que se requiera la presentación de nueva documentación.

  • No se abre un nuevo plazo para solicitar el Ingreso Canario de Emergencia.
  • El segundo pago se realizará de manera automática (de oficio), sin necesidad de presentar nada.
  • Se abonará un segundo pago igual al ya recibido, o por recibir (en el caso de solicitudes en trámite de subsanación o pendientes de recurso).

Leer comunicado

 

Comunicado: Solicitudes sin cuenta bancaria

Para aquellas personas solicitantes del Ingreso Canario de Emergencia que les ha sido concedida dicha prestación, y cuya solicitud fue presentada sin cuenta bancaria disponible:

Se dispone de las tarjetas monedero en las sedes de la Cruz Roja Española, para las personas que se relacionan en el Anexo a este comunicado.

Si todavía no han contactado con usted, debe llamar al teléfono de la Cruz Roja que se asocia al lugar de recogida de cada persona, incorporados en el Anexo, para acordar día y hora de recogida

 

Recibirán las tarjetas prepago cargadas con el total de la cuantía actualizado a lo contemplado en la Ley 3/2020 de 27 de octubre.

 

Leer anexo con el listado de personas

 

Ingreso Canario de Emergencia

El Ingreso Canario de Emergencia es una herramienta (la primera comunidad autónoma que la pone en marcha) que quiere servir de "puente" hasta la entrada en vigor del Ingreso Mínimo Vital anunciado por el Estado.

 

El Decreto-Ley que regula este ingreso entrará en vigor el lunes 27 de abril de 2020 a partir de cuando se podrá solicitar la ayuda de forma escalonada, en función del número de personas que componen el hogar:

  • Del 27 abril al 4 de mayo: familias con dos o más menores y familias monomarentales y monoparentales.
  • Del 5 al 11 de mayo: familias con un menor.
  • Del 12 al 26 de mayo: resto de familias y personas.

 

 

Además, los servicios sociales de los Ayuntamientos jugarán un papel fundamental en la difusión, asesoramiento y cribado de las familias, pudiendo ayudar a personas o familias a solicitar la ayuda.

 

 

 

 

Requisitos

  1. Ser mayor de 18 años
     .
  2. Tener el padrón en algún municipio de Canarias.
     
  3. No tener ningún otro ingreso desde el mes de marzo, ni prestación, ni estar a la espera de alguno (Ejemplo: ERTE, prestación por desempleo o prestación para empleadas del hogar).
     
  4. No tener un patrimonio superior a 50.000€: ni el solicitante ni los miembros de la unidad familiar (sin contar la vivienda habitual).
     
  5. No se podrá estar alojado en un centro o establecimiento público, como una residencia.
     

 

 

 

Sede electrónica

acceder