El Bono Social Térmico es una ayuda que se concede a los que son personas beneficiarias del bono de la luz de sus respectivas compañías suministradoras de la luz.
El Bono Social Térmico (BST) es una ayuda directa a personas consumidoras vulnerables destinada a compensar los gastos de suministro de energía para los usos térmicos, como calefacción, agua caliente sanitaria o cocina.
Su regulación se establece en el Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de las personas consumidoras. El Bono Social Térmico es gestionado por el Gobierno de Canarias y se abona con cargo al presupuesto del Ministerio para la Transición Ecológica.
Son personas beneficiarias de este Bono, sin necesidad de realizar ningún trámite ni solicitud, para el año 2024, aquellas que son beneficiarias del Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre de 2023:
La cuantía depende del grado de vulnerabilidad del consumidor y de la zona climática en la que se ubique su vivienda habitual.
En caso de querer renunciar a la ayuda, deberá hacerlo en el plazo de 10 días hábiles (excluyéndose del cómputo sábados, domingos y declarados festivos) desde la recepción de la comunicación de su condición de persona beneficiaria del BST.
Puede usted comunicar la renuncia a través de la Sede electrónica del Gobierno de Canarias D.N.I. electrónico o cualquier otro certificado de los aceptados por el Gobierno de Canarias, dirigido a la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración.
Si prefiere comunicarnos la modificación de datos bancarios por escrito, puede hacerlo enviando cumplimentado el modelo que indicamos en el apartado documentación a la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración del Gobierno de Canarias, C/Carlos R.J. Hamilton nº 14, 38007 Santa Cruz de Tenerife, en cualquier registro de las Administraciones Públicas, o en las Oficinas de Atención al Ciudadano u oficina de correos.
Llamando al teléfono de información del Gobierno de Canarias 012.