La acreditación de Deportista de Alto Nivel se obtiene mediante resolución de la presidenta del CSD. La relación de Deportistas de Alto Nivel se publican en el BOE.
El Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento, define 7 niveles diferenciados de deportistas de alto rendimiento. Los deportistas de alto rendimiento no figuran en ninguna relación, ni salen publicados en el BOE. Pueden solicitar un certificado que acredite dicha condición los deportistas que cumplan los requisitos definidos en los apartados a), b), d) e) y f), a través de sus Federaciones Deportivas Españolas al Consejo Superior de Deportes, y los deportistas que cumplan los requisitos definidos en los apartados c) y g) a los organismos competentes en las Comunidades Autónomas.
La Ley 1/2019, de 30 de enero, de la actividad física y el deporte de Canarias considera al deportistas de alto rendimiento a aquellos deportistas que, reuniendo la condición política de canario y demás requisitos establecidos reglamentariamente, sean reconocidos como tales por la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias en función de sus resultados, proyección, nivel deportivo, expectativas de progreso e interés para el deporte canario.
El artículo 21 de la citada Ley está dedicada en exclusiva a los deportistas de alto rendimiento y practicantes de deporte autóctono de alto nivel.
Se está trabajando en el desarrollo normativo de este reconocimiento.