- Presidencia: La persona titular de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio.
- Vicepresidencia: La persona titular de la Viceconsejería de Industria, Comercio y Consumo.
- Vocales:
- La persona titular de la Dirección General de Comercio y Consumo.
- 5 personas en representación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, designadas a propuesta del consejero o consejera del departamento respectivo de entre quienes sean titulares de los órganos superiores, con competencia en cada una de las siguientes materias: turismo, industria, economía, empleo y tributos.
- 1 persona representante de la asociación de municipios más representativa.
- 1 persona representante de la asociación de Cabildos más representativa.
- 1 representante del Consejo General de Cámaras y, hasta su constitución, las personas representantes de cada una de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Canarias.
- 2 personas representantes de las organizaciones empresariales más representativas, conforme a la siguiente distribución:
- 2 personas representantes, una por cada provincia, de la organización empresarial con mayor implantación en el sector de empresas del pequeño y mediano comercio radicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma.
- 2 personas representantes, una por cada provincia, de la organización empresarial con mayor implantación en el sector de los supermercados radicados en el territorio de la Comunidad Autónoma.
- 2 representantes, uno por cada provincia, de la organización empresarial con mayor implantación en el sector de empresas de gran distribución comercial radicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma.
- 2 personas representantes de las organizaciones sindicales más representativas.
- 2 personas representantes, una por cada provincia, de las organizaciones de las personas consumidoras y usuarias de bienes y servicios más representativas en los respectivos ámbitos territoriales.
- 2 personas representantes, vinculadas al área de comercio, de las Universidades públicas de Canarias, una por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y otra por la de La Laguna.
- Secretaría: la persona designada por la presidencia del Observatorio de entre el personal funcionario de la Dirección General de Comercio y Consumo, que actuará con voz y sin voto.
Nombramientos:
Orden de 11 de agosto de 2008, por la que se designan las Organizaciones que habrán de integrarse en el Observatorio del Comercio de Canarias, en representación de empresarios, trabajadores y consumidores y usuarios. (BOC nº 169,25.08.08).
Orden de 13 de noviembre de 2008, por la que se nombran los miembros del Observatorio del Comercio de Canarias. (BOC nº 235, 24.11.08).
Corrección de errores, de la Orden de 13 de noviembre de 2008, por la que se nombran los miembros del Observatorio de Comercio de Canarias. (BOC nº 250, 16.12.08).