Visto el expediente para la modificación del “Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo y Empleo para los ejercicios 2023-2025”, y de acuerdo con los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Por Orden Departamental n.º 141/2023, de 14 de noviembre, se aprueba el “Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo y Empleo para los ejercicios 2023-2025” (BOC n.º 233, de 27.11.2023).
Dicho Plan Estratégico de Subvenciones fue el resultado de la fusión de los Planes Estratégicos de Subvenciones de la extinta Consejería de Turismo, Industria y Comercio para los ejercicios 2023-2025 y de la extinta Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo para 2023-2025.
Segundo.- Por Orden departamental n.º 215/2023, de 19 de diciembre, se aprueba la primera modificación del “Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo y Empleo para los ejercicios 2023-2025” (BOC n.º 1, de 2.1.2024).
Tercero.- Por Orden departamental n.º 137/2024, de 4 de abril, se aprueba la segunda modificación del “Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo y Empleo para los ejercicios 2023-2025” (BOC n.º 76, de 17.4.2024).
Cuarto.- Por Orden departamental n.º 231/2024, de 10 de mayo, se aprueba la tercera modificación del “Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo y Empleo para los ejercicios 2023-2025” (BOC n.º 99, de 21.5.2024).
Quinto.- Por Orden departamental n.º 523/2024, de 30 de septiembre, se aprueba la cuarta modificación del “Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo y Empleo para los ejercicios 2023-2025” (BOC n.º 203, de 11.10.2024).
Sexto.- Por Orden departamental n.º 566/2024, de 15 de octubre, se aprueba la quinta modificación del “Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo y Empleo para los ejercicios 2023-2025” (BOC n.º 213, de 24.10.2024).
Séptimo.- Por Orden departamental n.º 671/2024, de 8 de noviembre, se aprueba la sexta modificación del “Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo y Empleo para los ejercicios 2023-2025” (BOC n.º 232, de 20.11.2024).
Octavo.- Por Orden departamental n.º 788/2024, de 11 de diciembre, se aprueba la séptima modificación del “Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo y Empleo para los ejercicios 2023-2025” (BOC n.º 257, de 24.12.2024).
Noveno.- Por Orden departamental n.º 864/2024, de 27 de diciembre, se aprueba la octava modificación del “Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo y Empleo para los ejercicios 2023-2025” (BOC n.º 5, de 9.12.2025).
Décimo.- Por Orden departamental n.º 104/2025, de 11 de marzo, se aprueba la novena modificación del “Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo y Empleo para los ejercicios 2023-2025” (BOC n.º 56, de 20.3.2025).
Undécimo.- Por Orden departamental n.º 184/2025, de 9 de abril, se aprueba la décima modificación del “Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo y Empleo para los ejercicios 2023-2025” (BOC n.º 56, de 20.3.2025).
Duodécimo.- Por parte de la Unidad Administrativa Provisional de la Consejería de Turismo y Empleo, se ha propuesto, a través de memoria debidamente justificada, nueva línea de subvención para el ejercicio 2023-2025, contemplada en la Ley 5/2024, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2025. La memoria presentada indica lo siguiente:
Unidad Administrativa Provisional de la Consejería de Turismo y Empleo.
El artículo 6.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º 68, de 8.4.2009), establece que se aprobará un Plan Estratégico para cada Departamento. Por su parte el apartado 4 del mismo precepto fija, con carácter general, en tres años el periodo de vigencia, recogiendo la posibilidad de una duración diferente.
El artículo 7 del Decreto 36/2009 determina el contenido de los Planes Estratégicos y, a tal fin, estos deben referirse a los objetivos que se espera lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia del Plan, vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios y las líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación. A estos efectos, se deben determinar para cada línea de subvención, un conjunto de indicadores relacionados con los objetivos del Plan, que, recogidos periódicamente por los responsables de su seguimiento, permitan conocer el estado de la situación y los progresos conseguidos en el cumplimiento de los respectivos objetivos. No obstante, lo anterior, el contenido del Plan Estratégico podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en aquellos casos en que se concedan de forma directa.
En este sentido, y en consonancia con la mencionada normativa vigente, la Dirección de Asistencia Técnica, Gestión y Control de fondos, en relación al programa 432H Planificación Turística y Sistema de Información, eleva propuesta para incorporar las siguientes modificaciones a las líneas de subvenciones ya incluidas en este Plan:
- “Programa de actuaciones con el sector privado en infraestructuras turísticas”.
La citada línea de subvención se enmarca en el subproyecto “1.2.3 Infraestructuras Turísticas Resilientes” del Instrumento de Planificación Estratégica de la Consejería, aprobado por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los fondos «Next Generation EU» el 29 de diciembre de 2021, con modificación aprobada por la citada Comisión, de fechas 4 de mayo de 2023 y 1 de julio de 2024.
El subproyecto se articula, en este caso, a través de subvenciones con procedimiento de concesión de concurrencia no competitiva, dirigido a entidades privadas.
La dotación económica para estas subvenciones es de 21.906.000,00 euros, de los cuales la cuantía de 20.000.000,00 euros corresponde al crédito previsto para el ejercicio 2024, con cargo a la aplicación presupuestaria 1670 432H 7700200 Fondo 70M1601 PILA 237G0236, y la cuantía de 1.906.000,00 euros corresponde al crédito previsto para el ejercicio 2025 en la citada aplicación presupuestaria.
Los fondos públicos destinados a tal fin, derivados de las modificaciones de crédito tramitadas, están financiados por la Unión Europea con fondos Next Generation EU (MRR).
Posteriormente, una vez acreditado que existe crédito adecuado y suficiente en el ejercicio 2025, así como lo dispuesto en la Resolución de 18 de septiembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica la Adenda modificativa de tres Convenios con la Comunidad Autónoma de Canarias, para la ejecución de la Estrategia de Resiliencia Turística, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE n.º 230, 23.9.2024) se propone ampliar la cuantía inicialmente propuesta en 594.000,00 euros, quedando la propuesta final en los siguientes términos:
La dotación económica para estas subvenciones es de 22.500.000,00 euros, de los cuales la cuantía de 20.000.000,00 euros corresponde al crédito previsto para el ejercicio 2024, con cargo a la aplicación presupuestaria 1670 432H 7700200 Fondo 70M1601 PILA 237G0236, y la cuantía de 2.500.000,00 euros corresponde al crédito previsto para el ejercicio 2025 en la citada aplicación presupuestaria.
Sexto.- A tenor de lo establecido en el artículo 7.3 del Decreto 36/2009 al determinar que “Los planes estratégicos de subvenciones tienen carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones; su efectividad quedará condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio”.
Séptimo.- Procede la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para los ejercicios 2023-2025, que fue aprobado por Orden Departamental n.º 141/2023, de 14 de noviembre de la Consejería de Turismo y Empleo y modificado por Orden 215/2023, de 19 de diciembre, Orden 137/2024, de 4 de abril, Orden 231/2024, de 10 de junio, Orden 523/2024, de 30 de septiembre, Orden 566/2024, de 15 de octubre, Orden 671/2024, de 8 de noviembre, Orden 788/2024 de 11 de diciembre, Orden 864/2024, de 27 de diciembre, Orden 104/25 de 11 de marzo, y Orden 184/2025, de 9 de abril.
Octavo.- Visto el informe favorable de la Dirección General de Planificación y Presupuesto.
En su virtud, en ejercicio de la competencia que tengo atribuida en el artículo 5.2.g) del Reglamento Orgánico del Departamento, aprobado por Decreto 37/2024, de 4 de marzo,
RESUELVO:
Modificar el “Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo y Empleo para los ejercicios 2023-2025”, en los términos recogidos en la presente Orden y sus anexos.
Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de mayo de 2025.
LA CONSEJERA DE TURISMO
Y EMPLEO,
Jéssica del Carmen de León Verdugo.
ANEXO I
MODIFICACIONES REALIZADAS
SUBVENCIÓN CONCURRENCIA NO COMPETITIVA
ANEXO II
TEXTO REFUNDIDO
SUBVENCIONES
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