El artículo 20 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que los órganos u organismos del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma.
En el plazo indicado en el apartado anterior, deberán publicar también en el Boletín Oficial de Canarias los anexos, adendas, prórrogas y otros actos de modificación o extinción del convenio.
En cumplimiento de los fundamentos jurídicos citados y con la finalidad de facilitar el público conocimiento de los compromisos asumidos en el ámbito de la actividad convencional del sector público autonómico,
RESUELVO:
Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la tercera Adenda de prórroga del Convenio de Cooperación entre la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes del Gobierno de Canarias y el Ayuntamiento de Santa Úrsula para la redacción del proyecto y ejecución de obra del “Pabellón cubierto en el IES Santa Úrsula”, término municipal de Santa Úrsula, Tenerife, suscrita el 30 de diciembre de 2024.
Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de enero de 2025.- El Secretario General Técnico, Manuel Peinado Bosch.
ANEXO
TERCERA ADENDA DE PRÓRROGA DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL, ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTES DEL GOBIERNO DE CANARIAS Y EL AYUNTAMIENTO DE SANTA ÚRSULA PARA LA REDACCIÓN DEL PROYECTO Y EJECUCIÓN DE OBRA DEL “PABELLÓN CUBIERTO EN EL IES SANTA ÚRSULA”, TÉRMINO MUNICIPAL SANTA ÚRSULA, TENERIFE.
En Canarias, a 30 de diciembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D. Hipólito Alejandro Suárez Nuez, Consejero de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes del Gobierno de Canarias, en su nombre y representación, interviene en el presente acto en el uso de las facultades y atribuciones que le confieren los artículos 16 y 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, en relación con el artículo 6.f) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, aprobado por Decreto 84/2024, de 10 de junio.
Y de otra, D. Juan Manuel Acosta Méndez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Úrsula, Tenerife, en nombre y representación del mismo, al amparo de lo dispuesto en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, facultado al efecto mediante acuerdo del Pleno Municipal en sesión celebrada el día 20 de diciembre de 2024.
Las personas comparecientes se reconocen, de manera mutua y recíproca, la capacidad jurídica y de obrar, así como la representación que ostentan para suscribir la presente Adenda de prórroga y, a tal fin,
EXPONEN
Primero.- Con fecha 20 de diciembre de 2021, las partes suscribieron un Convenio de Cooperación cuyo objeto es la redacción del proyecto y ejecución de la obra denominada “Pabellón cubierto en el IES Santa Úrsula”, término municipal de Santa Úrsula, Tenerife. El citado Convenio fue inscrito en el Registro de convenios de la Secretaría General Técnica de esta Consejería con el n.º 67, de fecha 21 de diciembre de 2021, y publicado en el Boletín Oficial de Canarias n.º 2, de 4 de enero de 2022.
Segundo.- Con fecha 30 de diciembre de 2022, las partes suscribieron una Adenda de prórroga y modificación del Convenio de Cooperación para la redacción del proyecto y ejecución de la obra denominada “Pabellón cubierto en el IES Santa Úrsula”, término municipal de Santa Úrsula, Tenerife. La citada Adenda del Convenio fue inscrita en el Registro de convenios de la Secretaría General Técnica de esta Consejería con el n.º 62, de fecha 30 de diciembre de 2022, y publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 20, de 30 de enero de 2023. La cláusula primera de la referida Adenda prorroga los plazos de ejecución y de justificación previstos en el Convenio quedando establecidos de la siguiente forma: las actuaciones deberán estar ejecutadas como máximo el 31 de diciembre de 2023 y el plazo de justificación finalizará el 30 de abril de 2024.
Tercero.- Con fecha 29 de diciembre de 2023, las partes suscribieron la segunda Adenda de prórroga y modificación del Convenio de Cooperación para la redacción del proyecto y ejecución de la obra denominada “Pabellón cubierto en el IES Santa Úrsula”, término municipal de Santa Úrsula, Tenerife. La citada Adenda del Convenio fue inscrita en el Registro de convenios de la Secretaría General Técnica de esta Consejería con el n.º 37, de fecha 29 de diciembre de 2023, y publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 15, de 22 de enero de 2024. La cláusula primera de la referida Adenda prorroga los plazos de ejecución y de justificación previstos en el Convenio quedando establecidos de la siguiente forma: las actuaciones deberán estar ejecutadas como máximo el 31 de diciembre de 2024 y el plazo de justificación finalizará el 30 de abril de 2025.
Cuarto.- Con fecha 30 de octubre de 2024, el Ayuntamiento de Santa Úrsula formula una solicitud de ampliación del plazo de ejecución del Convenio. El Ayuntamiento considera necesaria una ampliación del plazo de ejecución de las actuaciones hasta el 31 de diciembre de 2026 y del plazo de justificación hasta el 30 de abril de 2027.
Quinto.- Con fecha 26 de noviembre de 2024, la Unidad Técnica de Santa Cruz de Tenerife emite informe favorable a la solicitud formulada por el Ayuntamiento.
Sexto.- Con fecha 19 de diciembre de 2024, el Servicio de Régimen Jurídico de la Secretaría General Técnica emitió informe cuyo resultado obra en el expediente.
Por cuanto antecede, con el fin de dar continuidad a las actuaciones que constituyen el objeto del Convenio, las partes acuerdan la suscripción de la presente Adenda de prórroga, que se incorpora formando parte del Convenio principal, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.- Prorrogar el plazo estimado en la segunda Adenda de prórroga para la ejecución de las obras por un periodo de dos (2) años a contar desde la firma de la presente Adenda. La ejecución de la obra debe efectuarse antes del 31 de diciembre de 2026 y el plazo máximo de justificación es hasta el 30 de abril de 2027.
Segunda.- Las condiciones acordadas por las partes en el Convenio de Cooperación citado seguirán siendo las mismas y en los mismos términos, con las modificaciones introducidas por la presente Adenda.
Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, en el lugar y fecha indicados.- El Consejero de Educación, Formación Profesional Actividad Física y Deportes del Gobierno de Canarias, Hipólito Alejandro Suárez Nuez.- El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa Úrsula, Juan Manuel Acosta Méndez.- Conforme al artículo 55.1.a) de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias, el Secretario Accidental, Lorenzo Domingo Pérez Torres.
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