El artículo 31.1.c) de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, establece la obligación de publicar trimestralmente en el Boletín Oficial de Canarias la relación de ayudas y subvenciones concedidas sin promover la concurrencia, especificando la persona o entidad beneficiaria, así como el importe y destino de la misma, y el motivo por el que no se ha llevado a cabo convocatoria pública.
En cumplimiento del referido artículo, el Instituto Canario de la Vivienda hace públicas las subvenciones sin concurrencia concedidas en el tercer trimestre de 2024, cuyo contenido figura en el anexo adjunto.
Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de diciembre de 2024.- El Secretario, Huberto Suárez Hernández.
ANEXO
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