Examinado el expediente administrativo tramitado por esta Secretaría General Técnica en relación con las subvenciones concedidas sin promover la concurrencia por la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, durante el segundo trimestre de 2024, de acuerdo con el siguiente
ANTECEDENTE DE HECHO
Único.- Durante el segundo trimestre de 2024 se han concedido por la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes diversas subvenciones sin promover la concurrencia.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- El artículo 7 del Decreto 41/2023, de 14 de julio, del Presidente, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías, establece que la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes asume las competencias que en materia de educación, formación profesional y deportes estaban atribuidas a la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, salvo en las relativas a materias de universidades, cultura y patrimonio cultural.
Por su parte, la disposición adicional primera (“Supresión de órganos”) del Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, establece que se suprime la Secretaría General Técnica de la extinta Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, cuyas competencias se asumen, atendiendo al sector funcional que se les atribuyen a las respectivas consejerías, por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes y por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura.
Por otra parte, el artículo 15 (“Competencias en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales”) del Decreto 84/2024, de 10 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, atribuye a la Secretaría General Técnica, entre otras competencias, requerir a los centros directivos y resto de órganos del Departamento la elaboración, puesta a disposición y, en su caso, actualización, de la información que debe hacerse pública en el Portal de Transparencia relativa al Departamento (letra b).
Segundo.- El artículo 31.1 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, dispone que la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, respecto de las ayudas y subvenciones de sus órganos y de los órganos de los organismos y entidades vinculadas o dependientes, hará pública y mantendrá actualizada la información de las ayudas y subvenciones incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
En la letra c) del citado artículo 31.1 del reseñado texto legal, se concreta la obligación de publicar la relación de ayudas y subvenciones concedidas a lo largo de cada ejercicio, indicando su importe, objetivo o finalidad y beneficiarios. Además, la relación de subvenciones concedidas sin promover la concurrencia, especificando la persona o entidad beneficiaria, el importe y el destino de las mismas se publicará trimestralmente en el Boletín Oficial de Canarias, dentro del mes siguiente a la finalización de cada trimestre natural. En el caso de ayudas y subvenciones que se concedan sin promover la concurrencia, se expresarán la razones o motivos que justifiquen la no existencia de convocatoria pública.
En atención a dicho mandato legal, se ha confeccionado la presente Resolución que recoge la subvenciones concedidas sin promover la concurrencia durante el segundo trimestre de 2024. En el anexo que se incorpora a esta Resolución, se relacionan las subvenciones concedidas, indicando que se han otorgado sin promover la concurrencia pública, dada la naturaleza específica de los programas subvencionados.
En su virtud,
RESUELVO:
Publicar en el Boletín Oficial de Canarias las subvenciones concedidas, sin promover la concurrencia, por la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, durante el segundo trimestre del año 2024, relacionadas en el anexo de la presente Resolución.
Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de agosto de 2024.- El Secretario General Técnico, p.s. (Orden n.º 447/2024, de 1.7.2024), el Jefe de Servicio de Régimen Jurídico, Daniel Matz Falero.
ANEXO
SUBVENCIONES CONCEDIDAS SIN PROMOVER LA CONCURRENCIA COMPETITIVA SEGUNDO TRIMESTRE DE 2024
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