ANTECEDENTES
Primero.- Con fecha 21 de diciembre de 2021, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 1118/2021, de 20 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación de las estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Segundo.- Que con fecha 15 de junio de 2022, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 449/2022, de 14 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación de las estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares, en el marco del PRTR, y por el que se modifican diversos reales decretos en materia turística, en el cual se prevén las condiciones y requisitos para reconocer y otorgar las ayudas.
Tercero.- Que con fecha 6 de diciembre de 2022, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación de las estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y por el que se modifican diversos reales decretos en materia turística.
Cuarto.- Que con fecha de 3 de abril de 2023, se publica la Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Canarias, para la ejecución de la Estrategia de Resiliencia Turística, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, por el que se canaliza una subvención de concesión directa a favor de la Comunidad Autónoma de Canarias en el Real Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre, por importe de veinte millones (20.000.000,00) de euros para la ejecución del Plan Canarias 2021, Boletín Oficial de Estado n.º 79, de 3 de abril de 2023 (en adelante, Convenio 2021).
Quinto.- Que con fecha de 14 de abril de 2023, se publica la Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Canarias, para la ejecución de la Estrategia de Resiliencia Turística, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, por el que se canaliza una subvención de concesión directa a favor de la Comunidad Autónoma de Canarias en el Real Decreto 449/2022, de 14 de junio, por importe de cincuenta millones (50.000.000,00) de euros para la ejecución del Plan Canarias 2022, Boletín Oficial de Estado n.º 89, de 14 de abril de 2023 (en adelante, Convenio 2022).
Sexto.- Que con fecha de 14 de abril de 2023, se publica la Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Canarias, para la ejecución de la Estrategia de Resiliencia Turística, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, por el que se canaliza una subvención de concesión directa a favor de la Comunidad Autónoma de Canarias en el Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre, por importe de treinta millones (30.000.000,00) de euros para la ejecución del Plan Canarias 2023, Boletín Oficial de Estado n.º 89, de 14 de abril de 2023 (en adelante, Convenio 2023).
Séptimo.- Para el Componente 14 del Plan de Recuperación y la inversión 3 se ha incluido un objetivo, el CID 224 de la Decisión de Ejecución del Consejo de 13 de julio de 2021, para este subproyecto que es el siguiente: “Al menos 400 beneficiarios de los territorios extrapeninsulares (Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla) deberán haber completado proyectos para mejorar la competitividad y capacidad de adaptación a los cambios de los mercados internacionales”.
El cumplimiento del objetivo se establece para el segundo trimestre del año 2025 y, en este caso concreto, el Convenio pretende amparar que al menos 150 beneficiarios de Canarias deberán haber completado proyectos para mejorar la competitividad y capacidad de adaptación a los cambios de los mercados internacionales. Por otro lado, como mecanismo de verificación se prevé elaborar un documento resumen e informe que justifiquen debidamente cómo se cumplió el objetivo CID.
Octavo.- Con fecha 14 de noviembre de 2023, se aprueba por Orden departamental n.º 141/2023, el “Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo y Empleo para los ejercicios 2023-2025” (BOC n.º 233, de 27.11.2023). Dicho Plan Estratégico de Subvenciones fue el resultado de fusión de los Planes Estratégicos de Subvenciones de la extinta Consejería de Turismo, Industria y Comercio para los ejercicios 2023-2025 y de la extinta Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo para 2023-2025.
Dentro del Plan Estratégico de Subvenciones se recoge la Línea de Subvención 16.70.432H PILA 237G0234 denominada “Programa de actuaciones con entidades locales en infraestructuras turísticas”. El objetivo es promover la mejora de la competitividad de los destinos turísticos a través de la mejora del atractivo de los espacios públicos e infraestructuras privadas, gestión medioambiental, estructuración de productos turísticos y aquellos proyectos destinados a actuaciones de mejora de la calidad turística del destino. Asimismo, el efecto que se pretende para estas actuaciones es que Canarias se constituya como un destino turístico de primer orden, punto de referencia para el turismo nacional e internacional.
La disposición adicional primera de la Ley 4/2021, de 2 de agosto, para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación, denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias (en adelante, Ley 4/2021), dispone que el Instrumento de Planificación Estratégica (IPE) a que se refiere en su artículo 9, tiene la consideración de Plan Estratégico de Subvenciones. Con fecha 29 de diciembre de 2021, la Comisión de Planificación y Gobernanza de los Fondos «Next Generation EU» aprueba el Instrumento de Planificación Estratégica (IPE) de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio, para la gestión de los fondos referenciados. Este IPE tiene las características previstas en el artículo 9 de la Ley 4/2021.
Noveno.- Con fecha 7 de noviembre de 2022, se propone la modificación del IPE y se incluye, dentro de la prioridad 1 “Modelo Turístico Sostenible y Resiliente”, el Subproyecto 1.2.3 “Infraestructuras turísticas resilientes”, con financiación prevista del MRR e Inversión integrada en el Componente 14 (Componente 14.I3), aprobada esta modificación por acuerdo de la Comisión de Planificación y Gobernanza de los Fondos «Next Generation UE» de 4 de mayo de 2023.
Décimo.- Con fecha 23 de noviembre de de 2023, la Dirección General de Asuntos Europeos ha emitido informe favorable en cumplimiento del artículo 9.3 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias y del artículo 43.2 de la Ley 4/2021.
Undécimo.- Mediante Orden de 29 de diciembre de 2023, de la Consejera de Turismo y Empleo, se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones para financiar proyectos de la Estrategia de Resiliencia Turística en Canarias, dentro del programa de actuaciones con entidades locales en infraestructuras turísticas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea «Next Generation EU» (BOC n.º 12, de 17.1.2024).
Duodécimo.- Por Orden de 9 de mayo de 2024, de la Consejera de Turismo y Empleo, se aprueba la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para los ejercicios 2023-2025 (BOC n.º 99, de 21.5.2024).
En dicha modificación se incluye la citada línea de subvención enmarcada en el Subproyecto “1.2.3 Infraestructuras Turísticas Resilientes” del Instrumento de Planificación Estratégica de la Consejería, aprobado por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los Fondos «Next Generation EU» el 29 de diciembre de 2021, y con modificación aprobada por la citada Comisión de fecha 4 de mayo de 2023.
La dotación económica que se propone de 500.000,00 euros incrementa la dotación económica en un principio prevista para estas subvenciones de 3.000.000,00 de euros a 16.000.000,00 de euros, respectivamente, cuyo importe total asciende a 19.500.000,00 euros, crédito previsto en el presupuesto de gastos de la Consejería de Turismo y Empleo para el ejercicio 2024, en la aplicación presupuestaria 1670 432H 7500400 Fondo 70M1601 PILA 237G0234, si bien las cuantías de 3.000.000,00 de euros y de 16.000.000,00 de euros están incluidas en la Orden de 19 de diciembre de 2023, Boletín Oficial de Canarias de 2 de enero de 2024, por la que se aprueba la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para los ejercicios 2023-2025.
Las actuaciones que incluyen estas subvenciones tienen como objeto promover la mejora de la competitividad de los destinos turísticos a través de la mejora del atractivo de los espacios públicos e infraestructuras privadas, gestión medioambiental, estructuración de productos turísticos y aquellos proyectos destinados a actuaciones de mejora de la calidad turística del destino.
Decimotercero.- Existe crédito adecuado y suficiente para atender las obligaciones derivadas del incremento del importe total máximo a conceder en las subvenciones objeto de convocatoria en el vigente presupuesto de gasto de la Consejería de Turismo y Empleo, en la citada aplicación presupuestaria 1670 432H 7500400 Fondo 70M1601 PILA 237G0234, previa tramitación de expediente de incorporación de crédito, en cuantía de 3.000.000,00 de euros, remanente del ejercicio 2023, así como expediente de generación de crédito, en cuantía de 500.000,00 euros. A nivel de financiación afectada, dichos créditos tienen su origen en el proyecto 2023/F/0000000016.
Decimocuarto.- Con fecha 21 de mayo de 2024, la Directora de Asistencia, Gestión y Control de la Unidad Administrativa Provisional de los Fondos Next Generation de la Consejería de Turismo y Empleo emite informe propuesta de resolución.
Decimoquinto.- Con fecha 2 de julio de 2024, la Intervención General emite informe favorable condicionado de fiscalización previa, en cumplimiento del artículo 43.2 de la Ley 4/2021, en concordancia con el artículo 9.1 del Decreto 36/2009, y conforme dispone la disposición adicional segunda de la Ley 4/2021, apartado primero, el Acuerdo de Gobierno de 29 de enero de 2024, por el que se suspenden durante el ejercicio 2024, para determinados ámbitos de gestión, expedientes y sujetos integrantes del sector público, la sustitución de la función interventora por el control financiero permanente, en su apartado primero, 2, letra a), por el que se establece que se encuentran sometidas a fiscalización, entre otras actuaciones, las siguientes:
«a) Gastos, de cualquier importe, correspondientes a: (…) Expedientes que implementen la aplicación de los Fondos de los Planes “Next Generation UE”, tanto los correspondientes al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia afecto al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Se incluirán aquellos expedientes que, aun no siendo directamente financiados con estos Fondos, su objeto guarde relación con la gestión de los mismos.»
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 16 y 27.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General, el expediente está sujeto fiscalización previa plena.
Decimosexto.- Con fecha 4 de julio de 2024, la Dirección General de Asuntos Europeos ha emitido informe favorable, en cumplimiento del artículo 9.3 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, y del artículo 43.2 de la Ley 4/2021.
Decimoséptimo.- Con fecha 4 de julio de 2024, se verifica que la totalidad de la documentación del expediente se ha incorporado al Sistema de Gestión Económico Financiero y Logístico de la Comunidad Autónoma de Canarias (SEFLogIC).
Decimoctavo.- Con fecha 5 de julio de 2024, la Intervención General emite informe favorable de fiscalización previa, en cumplimiento del artículo 43.2 de la Ley 4/2021, en concordancia con el artículo 9.1 del Decreto 36/2009, y conforme dispone la disposición adicional segunda de la Ley 4/2021, apartado primero, el Acuerdo de Gobierno de 29 de enero de 2024.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera.- Las subvenciones convocadas se financian íntegramente con fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación, concretamente del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y dentro del PRTR, en su Componente 14 y la inversión 3, el Plan de Modernización y Competitividad del Sector Turístico, que integra una inversión tercera titulada “Estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares”, es decir, las Islas Canarias, las Illes Balears y las ciudades de Ceuta y Melilla, con el objeto de responder a los retos específicos a los que se enfrenta el sector turístico en esos territorios, la actuación está sujeta, en todo caso, al cumplimiento, ejecución y realización de los objetivos de dicho Plan.
Segunda.- Estas subvenciones quedaron reguladas por la Orden de 29 de diciembre de 2023, de la Consejera de Turismo y Empleo, que aprueba las bases reguladoras y convoca las subvenciones para financiar proyectos de la Estrategia de Resiliencia Turística en Canarias, dentro del programa de actuaciones con entidades locales en infraestructuras turísticas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea «Next Generation EU» .
Como se establece en el resuelvo segundo de la Orden y en la base segunda de las que rigen la convocatoria, el gasto aprobado podrá incrementarse con los créditos que se transfieran en el futuro a la Administración autonómica para la financiación de las mismas actuaciones. En los términos previstos en el artículo 46.1 de la Ley 4/2021, dicho incremento está exento de la aplicación de las reglas establecidas en el artículo 14.4 del Decreto 36/2009.
Tercera.- Los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el ejercicio 2024 recogen crédito correspondiente a la cantidad total asignada a dicha Comunidad Autónoma, existiendo, por tanto, crédito adecuado y suficiente en el vigente presupuesto de gasto de la Consejería de Turismo y Empleo, para dar cobertura a los gastos derivados de esta convocatoria en la aplicación presupuestaria 1670 432H 7500400 Fondo 70M1601 PILA 237G0234.
Cuarta.- De conformidad con lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 36/2009 en relación con el artículo 5 y siguientes del Decreto 37/2024, es competencia de la Consejera de Turismo y Empleo aprobar las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, acordar la convocatoria de las mismas, dictar las correspondientes resoluciones de concesión, tanto en procedimientos de concurrencia como en los de concesión directa.
Consecuencia de lo anterior, es competencia de la Consejera de Turismo y Empleo la modificación de las bases reguladoras y la convocatoria.
Por todo lo que antecede,
RESUELVO:
Primero.- Incrementar la dotación de la convocatoria de subvenciones aprobada mediante la Orden de la Consejera de Turismo y Empleo de 29 de diciembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones para financiar proyectos de la “Estrategia de Resiliencia Turística en Canarias”, en el marco del Componente 14 del Plan de Recuperación y la inversión 3, el Plan de Modernización y Competitividad del Sector Turístico (en adelante, el PMCST), que integra una inversión tercera titulada “Estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares”, es decir, las Islas Canarias, las Illes Balears y las ciudades de Ceuta y Melilla, en la cantidad de 3.500.000 euros adicionales, lo que supone que la dotación económica total para estas subvenciones asciende a diecinueve millones quinientos mil (19.500.000) euros.
Segundo.- Aprobar el gasto por importe de tres millones quinientos mil (3.500.000) euros con cargo al crédito consignado en el presupuesto de gastos de la Consejería de Turismo y Empleo para el ejercicio 2024, en la aplicación presupuestaria 1670 432H 7500400 Fondo 70M1601 PILA 237G0234, destinado a financiar las subvenciones convocadas en el marco de las bases reguladoras a las que se refiere la mencionada Orden de 29 de diciembre de 2023, de la Consejera de Turismo y Empleo, en el marco del PRTR.
Tercero.- Acordar la publicación de la Orden en el Boletín Oficial de Canarias y la remisión a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), surtiendo efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Turismo y Empleo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien directamente cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación. En caso de interponerse recurso potestativo de reposición, no se podrá acudir a la vía contencioso-administrativa hasta que aquel sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo en el plazo de un mes a contar desde que hubiera sido interpuesto el citado recurso. Todo ello sin perjuicio de cualesquiera otros recursos que se estime oportuno interponer.
Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de julio de 2024.
LA CONSEJERA DE TURISMO
Y EMPLEO,
Jéssica del Carmen de León Verdugo.
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