ANTECEDENTES DE HECHO
1.º) El 13 de enero de 2023 se publica en el Boletín Oficial de Canarias n.º 9, la Orden de 30 de diciembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas por parte del Servicio Canario de Empleo, destinadas al fomento de la inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo ordinario y en el mercado de trabajo protegido, en cumplimiento de la prevención contenida en los artículos 1, 2 y 8 del Real Decreto 818/2021, respectando el objeto, los criterios y las cuantías de referencia de subvención establecidos como comunes y de obligada observación.
2.º) Mediante Resolución de 8 de agosto de 2023 de la Directora, se establecían los plazos de presentación de solicitudes de las subvenciones reguladas en la Orden de 30 de diciembre de 2022, que aprueba las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas al fomento de la inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario y en el mercado de trabajo protegido para el ejercicio 2023 (BOC n.º 161, de 16.8.2023).
3.º) De conformidad con el punto 2 de la base sexta de la Orden de 30 de diciembre de 2022, deberá establecerse el plazo de presentación de solicitudes de subvenciones para las medidas A.1, A.2, A.3, B.1 y B.2, todas ellas sometidas al régimen de concesión directa, en cada ejercicio presupuestario.
4.º) Conforme a lo expuesto, procede establecer los plazos de presentación de solicitudes de subvenciones para las medidas A.1, A.2, A.3, B.1 y B.2, reguladas en la Orden de 30 de diciembre de 2022, que aprueba las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas al fomento de la inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario y en el mercado de trabajo protegido (BOC n.º 161, de 16.8.2023) para el ejercicio 2024.
Conforme a lo expuesto son de aplicación las siguientes
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
Primera.- El órgano competente para adoptar la presente Resolución es la Dirección del Servicio Canario de Empleo, de conformidad con lo previsto en la base reguladora sexta, punto 2, así como en la disposición adicional única de la Orden de 30 de diciembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas por parte del Servicio Canario de Empleo, destinadas al fomento de la inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido.
Segunda.- De conformidad con la prevención contemplada en el punto segundo de la base reguladora sexta, corresponde que, en cada ejercicio presupuestario, la Dirección del SCE dicte Resolución por la que se establezcan los plazos de presentación de solicitudes de subvención, para las medidas A.1, A.2, A.3, B.1 y B.2, todas ellas sometidas al régimen de concesión directa.
En su virtud, y en el ejercicio de la competencia que tengo atribuida,
RESUELVO:
Primero.- Establecer el plazo de presentación de solicitudes de subvenciones para las medidas A.1, A.2, A.3, B.1 y B.2, reguladas en la Orden de 30 de diciembre de 2022, todas ellas sometidas al régimen de concesión directa, para el ejercicio 2024, en los siguientes términos:
Las solicitudes, de acuerdo con la Orden de 30 de diciembre de 2022, deberán presentarse a través de los procedimientos electrónicos siguientes:
Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse por la persona interesada recurso de alzada ante la Consejería de Turismo y Empleo, en el plazo de un mes, que se computará a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación y concluirá el mismo día en que se produjo la notificación en el mes de vencimiento, conforme a lo dispuesto en los artículos 30, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente.
Santa Cruz de Tenerife, a 11 de enero de 2024.- La Dirección, p.s. (artículo 8.3 del Decreto 118/2004, de 29 de julio, por el que se aprueba la estructura orgánica y de funcionamiento del SCE), el Secretario General, Jesús Manuel García Benítez.
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