Examinado el expediente instruido a instancia del Director del Colegio de Educación Infantil y Primaria “Fray Albino”, código 38005716, sito en Rambla de Santa Cruz, 140, Santa Cruz de Tenerife, y de conformidad con la memoria propuesta de la Ilma. Sra. Directora General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa de fecha 13 de abril de 2023, y de conformidad con los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Con fecha 28 de marzo de 2023, se recibe escrito del Colegio de Educación Infantil y Primaria “Fray Albino” de Santa Cruz de Tenerife, en el que se solicita el cambio de la denominación específica del citado centro por Colegio de Educación Infantil y Primaria “Rambla de Santa Cruz”, en atención al acuerdo adoptado por mayoría del Consejo Escolar del colegio, reunido de forma extraordinaria el día 2 de marzo de 2023.
Segundo.- Con fecha 6 de abril de 2023, la Concejala Delegada en materia de Educación y Juventud del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife comunica la conformidad de la citada Corporación al cambio de la denominación específica del citado centro por Colegio de Educación Infantil y Primaria “Rambla de Santa Cruz”, y de conformidad con el siguiente
FUNDAMENTO DE DERECHO
Único.- Es de aplicación lo dispuesto en el artículo 5.1 del Decreto 81/2010, de 8 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los colegios docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias.
En virtud de las competencias atribuidas en el artículo 29.1.m) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, el artículo 5.1 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes aprobado por el Decreto 7/2021, de 18 de febrero,
RESUELVO:
Primero.- Autorizar el cambio de denominación específica del Colegio de Educación Infantil y Primaria “Fray Albino” de Santa Cruz de Tenerife, por el de Colegio de Educación Infantil y Primaria “Rambla de Santa Cruz”.
Segundo.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias en cumplimiento del artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden, significándole que en caso de interponer recurso potestativo de reposición, no podrá acudir a la vía contencioso-administrativo hasta que el mismo sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.
Santa Cruz de Tenerife, a 18 de abril de 2023.
LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN,
UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES,
Manuela de Armas Rodríguez.
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